STSJ Canarias 35/2013, 12 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución35/2013
Fecha12 Abril 2013

SENTENCIA

SENTENCIA Nº

ILMOS SRES

D. César José García Otero

Presidente

Dña Cristina Páez Martínez Virel

D. Javier Varona Gómez Acedo

Magistrados

Las Palmas de Gran Canaria a 12 de abril de 2013

Vistos, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el recurso contencioso administrativo nº 31/ 11 en el que interviene como parte demandante Dña Sagrario, Dña Silvia D. Eladio, y Dña Tamara representados por la Procuradora Dña Dolores Moreno Santana y demandado Comisión de Valoraciones representada por el Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias y codemandado Ayuntamiento de Telde representado por el Procurador D. Gerardo Pérez Almeida, sobre justiprecio, siendo indeterminada la cuantía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se impugna el Acuerdo de la Comisión de Valoraciones de Canarias de fecha 6 de julio de 2010 por el que se procedía a inadmitir la solicitud de fijación de justiprecio formulada con fecha 28 de abril de 2009 ante la inactividad del Ayuntamiento de Telde en la continuación del expediente de fijación de justiprecio de los terrenos afectados por el expediente de expropiación nº 5/00 con motivo de la ejecución del Sistema General 7 Cementerio del Lomo Gordo.

SEGUNDO

Por la parte actora se formula demanda con la súplica de que se dicte sentencia anulando los actos administrativo impugnados y reconociendo su derecho a que por la Comisión de Valoraciones de Canarias se fije el justiprecio de la finca objeto del expediente litigioso.

TERCERO

La demandada y codemandada interesaron la desestimación del recurso contencioso administrativo.

Siendo ponente la Ilma Sra. Dña Cristina Páez Martínez Virel

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna el Acuerdo de la Comisión de Valoraciones de Canarias de fecha 6 de julio de 2010 por el que se procedía a inadmitir la solicitud de fijación de justiprecio formulada con fecha 28 de abril de 2009 ante la inactividad del Ayuntamiento de Telde en la continuación del expediente de fijación de justiprecio de los terrenos afectados por el expediente de expropiación nº 5/00 con motivo de la ejecución del Sistema General 7 Cementerio del Lomo Gordo.

SEGUNDO

La parte demandante esgrime los siguientes argumentos en apoyo de su pretensión: en el presente caso nos encontramos ante un expediente no iniciado por ministerio de la Ley en el momento de su incoación pero sí en cuanto su impulsión. Al haber sido iniciado por la Administración expropiante era obvio la innecesariedad de que ésta fuera advertida en base al artículo 138 del TR sin que pudiera ser exigible ante el incumplimiento de la Administración la advertencia y esperar luego el transcurso de un año para presentar la Hoja de Aprecio, pues al no haberse logrado el Mutuo Acuerdo, ello no obstaba para que frente a esa pasividad de la Administración pueda formular directamente su Hoja de Aprecio y de no ser aceptada dirigirse a la Comisión de Valoraciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 163. 2 del TR.LOTENc00.

Sin embargo, la Comisión de Valoraciones no lo ha entendido así con el simple argumento de que no consta un acuerdo de iniciación del expediente expropiatorio sino una citación para intentar el acuerdo.

Considera que el ayuntamiento no ha adoptado acuerdo alguno de necesidad de ocupación de los terrenos ni se ha publicado ni notificado de forma individual ni el particular ha presentado un requerimiento para que se compute el año sin que el Ayuntamiento haya incoado el procedimiento expropiatorio para así incoarlo por ministerio de la Ley. Lo único que ha ocurrido es que los actores dirigieron escrito al Ayuntamiento en fecha 30 de enero de 2009 concretando hoja de aprecio desde que recibieran la comunicación del Ayuntamiento de Telde obrante al folio 312 citándoles a una comparecencia con objeto de intentar un mutuo acuerdo.

TERCERO

Puede constatarse al folio 132 del expediente administrativo que el Ayuntamiento comunicó a la parte recurrente ( fecha de salida 1 de junio de 2000) lo siguiente: " Por la presente le comunicamos que con fecha 26/11/98 definitivamente se aprobó por el Pleno Corporativo el Plan Especial para el desarrollo del Sistema General Cementerio de Lomo Gordo previsto en el PGOU de Telde.

Para la adquisición de dicho suelo, la Ley y el Plan General de Ordenación Urbana de Telde, prevé el sistema de...

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