STSJ Extremadura 331/2013, 23 de Julio de 2013

PonenteMANUELA ESLAVA RODRIGUEZ
ECLIES:TSJEXT:2013:1333
Número de Recurso253/2013
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución331/2013
Fecha de Resolución23 de Julio de 2013
EmisorSala de lo Social

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL

CACERES

SENTENCIA: 00331/2013

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIALCACERES

C/PEÑA S/Nº (TFNº 927 620 236 FAX 927 620 246)CACERES

Tfno: 927 62 02 36-37-42

Fax:927 62 02 46

NIG: 10037 34 4 2013 0100383

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000253 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000344 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de BADAJOZ

Recurrente/s: AYUNTAMIENTO DE BERLANGA

Abogado/a: FRANCISCO MENDOZA SANCHEZ

Procurador/a: JORGE CAMPILLO ALVAREZ

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Jesus Miguel, MINISTERIO FISCAL MINISTERIO FISCAL

Abogado/a: MARIA TERESA VALENCIA PAZ,

Procurador/a: VICENTA GARCIA VERA,

Graduado/a Social:,

En CACERES, a veintitrés de Julio de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA DE LO SOCIAL DEL T.S.J.EXTREMADURA, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 331/13

En el RECURSO SUPLICACION 253/2013, formalizado por el SR. LETRADO D. FRANCISCO MENDOZA SÁNCHEZ, en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE BERLANGA, contra la sentencia número 53 /2013 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de BADAJOZ en el procedimiento DEMANDA 344 /2012, seguidos a instancia de D. Jesus Miguel, parte representada por la Sra. Letrado D.ª MARIA TERESA VALENCIA PAZ frente a la recurrente, siendo parte el MINISTERIO FISCAL, siendo MagistradoPonente la Ilma Sra. Dª MANUELA ESLAVA RODRÍGUEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Jesus Miguel, presentó demanda contra AYUNTAMIENTO DE BERLANGA, MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 53/2013, de fecha quince de Febrero de dos mil trece .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:"PRIMERO. D. Jesus Miguel, prestó servicios laborales para la empresa el Excmo. Ayuntamiento de Berlanga. A los efectos de este procedimiento, la categoría profesional del trabajador era la de maestro de la villa - encargado de obras, su salario de 1.713,92# mensuales (incluida p.

p. extra) y su antigüedad de 1 de diciembre de 2010.SEGUNDO. El puesto de Maestro de la Villa- encargado de obras que ocupaba el demandante fue creado por el Excmo. Ayuntamiento de Berlanga, en la relación de puestos de trabajo de la corporación aprobada por el Pleno del ayuntamiento en la sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2007.La plaza, en régimen laboral fijo, fue ocupada por Jesus Miguel tras superar el concurso oposición publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 14 de julio de 2010 Proceso de selección que fue convocado y resuelto cuando era otro el partido político mayoritario en el ayuntamiento. TERCERO. El ayuntamiento demandado comunicó al trabajador, el día 17 de enero de 2012, la finalización de la relación laboral en los siguientes términos:"En Berlanga, a 16 de enero de 2012Muy Sr. Mío. La dirección de esta empresa de conformidad con lo establecido en los artículos 52 c ) y 53 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores le comunica la extinción de la relación laboral que nos vincula, en un plazo de 15 días, por causas objetivas al amparo de 1 primero de los preceptos mencionados, fundamentándose esta decisión en la necesidad de amortizar su puesto de trabajo por causas económicas. Del análisis de los parámetros de liquidación realizada por el Ayuntamiento de Berlanga correspondiente al ejercicio de 2010 se desprende una situación de déficit en términos de capacidad de financiación por importe de - 685.522,9 euros. Dicha situación ha hecho necesario la elaboración y aprobación por el Pleno de la Corporación de un Plan Económico Financiero para la corrección del desequilibrio, cuyo contenido puede consultar en estas dependencias, que recoge una serie de medidas de gestión, tributarias, financieras y presupuestarias, entre las cuales se encuentra la amortización de su puesto de trabajo. En cumplimiento de lo señalado en el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, se pone a su disposición una indemnización de 20 días de salario por año de servicio en la empresa y que asciende, salvo error u omisión, a 1442,97 euros (mil cuatrocientos cuarenta y dos euros con noventa y siete céntimos), la cual se transferirá al número de cuenta que Ud. nos tiene indicado. Además se le entregará copia de esta comunicación al representante de los trabajadores. Atentamente, y rogándole firme el duplicado a efectos de recibí y constancia."CUARTO. Las funciones propias del puesto de trabajo de Maestro de la Villa- Encargado de obras, entre otras, son: a) Será el responsable directo del personal tanto fijo como eventual y subcontratado adscrito a los trabajos de servicios múltiples, obras de todo tipo, colaboraciones con el TNEM, Empleo social protegido, reinserción, etc.b) Organizará, distribuirá y controlará todos los trabajos y tareas entre todos los trabajadores a su cargo y el rendimiento de los mismos.e) Coordinará los diferentes equipos de trabajo que se puedan formar, para mejor gestión y eficacia del servicio.d) Priorizará, de acuerdo con el Alcalde y/o con el Concejal Delegado de Urbanismo y Obras o aquél otro que asuma esta tarea, el orden de los trabajos a realizar.e) Vigilará y controlará toda la maquinaria, herramientas, vehículos etc. pertenecientes a su servicio.

f) Será responsable de la firma y control de todos los vales de compra de materiales, prendas de trabajo, etc.g) Supervisará, organizará y controlará, además, los trabajos correspondientes a los trabajadores de servicios múltiples, y cuantas funciones le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.h) Encargado de la cloración del agua potable en los depósitos municipales de lunes a domingo.i) Encargado de todos los trabajos de mantenimiento, reparación y conservación de la red de suministro de agua potable de la población, así como la supervisión e inspección de todas sus acometidas, tanto particulares como públicas, del pago de las tasas correspondientes.j) Prever las necesidades de personal y de los distintos materiales necesarios para su desarrollo así como de los trabajos exteriores que necesiten planificándose y controlándolos.k) Planificar el orden de ejecución de las distintas obras previendo sus cotes y los acopios necesarios de materiales.

1) Instruir al personal a su cargo sobre la mejor forma de llevar a cabo su trabajo, resolviendo las incidencias que surjan.m) Comprobación de problemas denunciados por particulares: goteras, baches de calles, problemas de urbanismo, a través de la visita al efecto.o) En general las funciones que le encomienden respecto a las obras y servicios que afecten al Ayuntamiento, realizando un control y supervisión de las mismas. QUINTO. El plan económico financiero del Excmo. Ayuntamiento de Berlanga para los años 2012-2014, aprobado por el Pleno en la sesión celebrada el día 13 de enero de 2012, señalaba que una actuación responsable exigía la inmediata adopción de medidas de ajuste que debían concretarse en una reducción de la plantilla y relación de puestos de trabajo de personal laboral del Ayuntamiento.También indicaba, en relación al puesto de trabajo del demandante, que las funciones asignadas a tal puesto de trabajo, en general referidas a la supervisión, organización, coordinación, control de obras de titularidad municipal o disciplina urbanística sufren en estos momentos una sustancial merma de contenido, pudiendo recurrirse a otros empleados de plantilla municipal de mayor antigüedad y cuyos constes salariales son considerablemente más reducidos. SEXTO. El Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Berlanga nombró, por medio de resolución de 22 de septiembre de 2011, a D. Hernan Personal de Apoyo a la Alcaldía, a jornada completa, percibiendo unas retribuciones de 16.397,50 # brutos anuales.Las funciones asignadas para este puesto de trabajo eran las de apoyo a la Alcaldía en el conocimiento e información sobre la ejecución de programas, planes e iniciativas y servicios municipales El Sr. Hernan, a partir de su nombramiento, es la persona que da instrucciones a los operarios encargados de ejecutar las obras, controla al personal asignado a las obras, vigila y controla la maquinaria, herramientas de las obras y el material de las obras, y firma y controla los vales de compra de material. SÉPTIMO. El Excmo. Ayuntamiento de Berlanga, en la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 21 de septiembre de 2011, acordó aprobar la modificación de la plantilla y relación de puestos de trabajo del ejercicio de 2011, que incluía, entre otras medidas, suprimir el puesto de capataz vigilante y creación del puesto de persona! eventual de Personal de Apoyo a la Alcaldía. OCTAVO. Las obras de AEPSA que se van a ejecutar por el Excma-Ayuntamiento de Berlanga, en el periodo 2012-2013 ascienden a la cantidad de435.000 E, correspondiendo a mano de obra y Seguridad Social 360.000 # En los años 2011, 2012 y 2013 se han realizado en el Excmo. Ayuntamiento de Berlanga las siguientes obras municipales: por contrata, mantenimiento de edificios municipales, reforma del consultorio médico, Red Natura, pavimentación de la Calle Calera, señalización y paso elevados, pavimentación Calle Cruce y otras. Por la administración, se ha ejecutado la obra de los nichos del Cementerio Municipal. Está pendiente de ejecutar, por contrata: obra soterramiento línea media tensión. NOVENO. En el momento del despido, el trabajador estaba afiliado al sindicato Comisiones Obreras. DÉCIMO. D. Jesus Miguel mantuvo una reunión con el Sr. Alcalde el día 29 de junio de 2011 para que le informaran por...

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