STSJ Comunidad Valenciana 1591/2013, 25 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1591/2013
Fecha25 Junio 2013

1 Recurso de Suplicación nº 3.236/2012

RECURSO SUPLICACIÓN - 003236/2012

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Manuel José Pons Gil

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Antonio Vicente Cots Díaz

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Gema Palomar Chalver

En Valencia, a veinticinco de junio de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1.591 DE 2013

En el RECURSO SUPLICACION - 003236/2012, interpuesto contra la sentencia de fecha 15/6/2012, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 10 DE VALENCIA, en los autos 000214/2011, seguidos sobre encuadramiento Régimen, a instancia de Carlos María asistido por el letrado D. Julián Suárez Córcoles, contra Alberto, MUTUA IBERMUTUAMUR representada por la letrada Dª Mª Antonia Castillo Pastor, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente Carlos María, ha actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Manuel José Pons Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por D. Carlos María el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Ibermutuamury la empresa Manuel Pérez Cabrera,debo absolver y absuelvo a los demandados de las peticiones de la demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO.- D. Carlos María, prestaba sus servicios profesionales para la empresa Manuel Pérez Cabrera, dedicada a la actividad de la construcción. En 28-1-1999, cuando el actor se encontraba trabajando en una piscina en la localidad de Javea, sufrió un accidente de trabajo al caer desde un desnivel de 3 ms. Como consecuencia del mismo, el actor sufrió traumatismo craneoencefálico y lesión medular. El Sr. Carlos María recibió tratamiento médico y quirúrgico, tardando 370 días en curar y quedando como secuela tetraparesia moderada. Cuando se produjo el citado accidente, el trabajador no se encontraba de alta en la Seguridad Social. SEGUNDO.- En 28-11-2002 previa petición del actor efectuada en el mes de Agosto de ese año, se reconoció a éste, integrado en el Régimen Especial Agrario, en situación de incapacidad permanente absoluta con efectos de 28-8-2002 con una base reguladora 436,72#. TERCERO.- Por sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Benidorm de 30-11-2009 se condenó a Alberto por la comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y por una falta de lesiones por imprudencia leve. CUARTO.- En 15-1-2010 y como consecuencia de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Benidorm, el actor solicitó una incapacidad permanente absoluta, siéndole reconocida dicha incapacidad derivada de accidente de trabajo dentro del Régimen General de la Seguridad Social por resolución del INSS de 4-11-2010, con una base reguladora de 927,33# y efectos de 16-10-2009, con responsabilidad de la empresa y anticipo a cargo de la Mutua Ibermutuamur por el cuadro clínico de fragmentos que improntan en canal medular y...

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