STSJ Andalucía 3639/2012, 13 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3639/2012
Fecha13 Diciembre 2012

Rº. 1469/12 mba

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA

Iltmos. Señores:

DÑA. ELENA DIAZ ALONSO: Presidenta

DÑA. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA ( ponente)

D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a trece de diciembre de dos mil doce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 3639/12

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Jose Enrique Y Agapito contra Cesareo Y Fidel se celebró el Juicio y se dictó sentencia el 20/09/11 por el Juzgado de referencia en la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

PRIMERO

D. Agapito, N.I.F. NUM000, vino prestando servicios bajo las órdenes y la dependencia del Notario D. Fidel, con una antigüedad de 27.11.2000, con la categoría profesional de oficial 2ª, con un salario diario a efectos de despido de 117,27 euros (salario base: 1992,14 euros; antigüedad: 298,82 euros; plus: 180,87 euros; incentivos: 473,47 euros; p.p. extra:572,74 euros), en virtud de contrato de trabajo por tiempo indefinido, a tiempo completo.

El Sr. Agapito estuvo prestando servicios para:

Patricio de 1.2.1973 a 30.09.1974.

Jose Ignacio de 2.10.1974 a 28.2.1974.

Victor Manuel de 1.3.1978 a 31.10.1980.

Casiano de 1.11.1980 a 30.11.1981.

Florencio de 1.12.1991 a 22.3.1985.

Manuel de 23.3.1985 a 17.7.1985.

Samuel de 29.10.1985 a 31.3.1986. Jesús Manuel de 1.4.1986 a 30.09.1998.

S.I. Grupo de Corredores Asunción 34 de 1.10.1998 a 14.12.2000.

Fidel desde 27.11.2000 a 28.10.2010, percibiendo desde el 29.10.2010 la prestación por desempleo.

SEGUNDO

D. Fidel comunicó por escrito de 14.10.2010 al Sr. Agapito :

"Por la presente le comunico, que habiendo cesado la actividad que desarrollaba en Sevilla, y habiendo salido mi nuevo destino, como se puede verificar por el nombramiento publicado en el B.O.J.A. número 200, de fecha 13 de Octubre, del cual adjunto fotocopia, en virtud de la legislación vigente le comunico, a los efectos oportunos, la finalización de la relación laboral que le une con esta empresa, siendo efectiva con fecha de 28 de Octubre, quedando a su disposición con esa fecha, la Liquidación Finiquita correspondiente a los haberes devengados hasta la fecha.

Sin otro particular y agradeciendo los servicios prestados hacia la entidad, sírvase firmar el duplicado de la presente al solo efecto del recibo de la misma..." El trabajador hizo constar su no conformidad.

TERCERO

En fecha de 28.10.2010 el Sr. Fidel le comunicó por escrito al Sr. Agapito :

"Por medio de la presente y como continuación de nuestra anterior carta de día dieciocho de octubre de 2010, le comunico que, con ocasión de mi traslado, debido a la situación de pérdidas que atravieso, a Notaría sita en Dos Hermanas (Sevilla), en la que tomaré posesión el día veintinueve de octubre de 2010, en virtud de Resolución de 3 de agosto de 2010, y publicada en el BOJA en fecha 13 de octubre de 2010, la relación laboral que le vincula a mi persona quedará extinguida con efectos del día veintiocho de octubre de 2010.

En este sentido, y en atención a lo dispuesto en el artículo 55 del I Convenio colectivo Estatal de Notarios y Personal Empleado (BOE 23/08/2010), usted tiene derecho a percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con prorrateos de los períodos inferiores al año y límite de 12 mensualidades, al no encontrarse usted, salvo error u omisión, en ninguna de las situaciones descritas, en el citado artículo que impliquen la extinción no indemnizada al contrato.

Por ello, en el presente acto pongo a su disposición la indemnización por la extinción de la relación laboral, que en su caso asciende a la cantidad de VEINTIÚN MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON TREINTA EUROS (21.147,30 Euros), para hacerla efectiva en el plazo que estime conveniente". Se adjunta un cheque por importe de 21.147,30 euros, firmando el trabajador su no conformidad.

CUARTO

D. Jose Enrique, N.I.F. NUM001, vino prestando servicios bajo las órdenes y la dependencia del Notario D. Fidel, desde el 9.12.1997, con la categoría profesional de copista, con un salario diario a efectos de despido de 85,36 euros (salario base: 1.499,79 euros; antigüedad: 524,93 euros; folios 30 euros; p.p. extra: 506,18 euros), en virtud de contrato de trabajo ordinario por tiempo indefinido y a tiempo completo. El Sr. Jose Enrique figura en el Censo Oficial de Empleados de Notarías con una antigüedad de

1.1988 con la categoría de subalterno.

El Sr. Jose Enrique estuvo prestando servicios para:

Joaquín del 17.3.1988 a 31.12.1988;

Rodolfo del 1.1.1989 a 14.8.1997 (prestación por desempleo de 15.8.1997 a 8.12.1997);

Fidel del 9.12.1997 a 28.10.2010, percibiendo desde el 29.10.2010 la prestación por desempleo. En concreto se le ha reconocido una prestación por desempleo de nivel contributivo con inicio de 29.10.2010, base reguladora de 83,82 euros, 720 días reconocidos y 242 días consumidos a 30.6.2011, percibiendo, caso de no concurrir ninguno de los supuestos de extinción o suspensión de la prestación y de mantenerse las actuales retenciones y/o aportaciones, de acuerdo con la normativa aplicable vigente, un importe líquido mensual de

1.181,39 euros. En concreto se le ha reconocido una prestación por desempleo de nivel contributivo con inicio de 29.10.2010, base reguladora de 104,64 euros, 720 días reconocidos y 242 días consumidos a 30.6.2011, percibiendo, caso de no concurrir ninguno de los supuestos de extinción o suspensión de la prestación y de mantenerse las actuales retenciones y/o aportaciones, de acuerdo con la normativa aplicable vigente, un importe líquido mensual de 981,09 euros.

QUINTO

D. Fidel comunicó por escrito de 14.10.2010 al Sr. Jose Enrique :

"Por la presente le comunico, que habiendo cesado la actividad que desarrollaba en Sevilla, y habiendo salido mi nuevo destino, como se puede verificar por el nombramiento publicado en el B.O.J.A. número 200, de fecha 13 de Octubre, del cual adjunto fotocopia, en virtud de la legislación vigente le comunico, a los efectos oportunos, la finalización de la relación laboral que le une con esta empresa, siendo efectiva con fecha de 28 de Octubre, quedando a su disposición con esa fecha, la Liquidación Finiquita correspondiente a los haberes devengados hasta la fecha.

Sin otro particular y agradeciendo los servicios prestados hacia la entidad, sírvase firmar el duplicado de la presente al solo efecto del recibo de la misma..." El trabajador hizo constar su no conformidad.

SEXTO

En fecha de 28.10.2010 el Sr. Fidel le comunicó por escrito al Sr. Jose Enrique :

"Por medio de la presente y como continuación de nuestra anterior carta de día dieciocho de octubre de 2010, le comunico que, con ocasión de mi traslado, debido a la situación de pérdidas que atravieso, a Notaría sita en Dos Hermanas (Sevilla), en la que tomaré posesión el día veintinueve de octubre de 2010, en virtud de Resolución de 3 de agosto de 2010, y publicada en el BOJA en fecha 13 de octubre de 2010, la relación laboral que le vincula a mi persona quedará extinguida con efectos del día veintiocho de octubre de 2010.

En este sentido, y en atención a lo dispuesto en el artículo 55 del I Convenio colectivo Estatal de Notarios y Personal Empleado (BOE 23/08/2010), usted tiene derecho a percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con prorrateos de los períodos inferiores al año y límite de 12 mensualidades, al no encontrarse usted, salvo error u omisión, en ninguna de las situaciones descritas, en el citado artículo que impliquen la extinción no indemnizada al contrato.

Por ello, en el presente acto pongo a su disposición la indemnización por la extinción de la relación laboral, que en su caso asciende a la cantidad de VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS QUINCE CON SESENTA Y CINCO EUROS (21.915,65 Euros), para hacerla efectiva en el plazo que estime conveniente". Se adjunta un cheque por importe de 21.915,65 euros.

SÉPTIMO

El ofrecimiento a ambos trabajadores se volvió a reitera en el acto de conciliación ante el CMAC y fue rechazado por ambos.

OCTAVO

D. Fidel tomó posesión de su notaría de Sevilla el día 12.11.1997, nombrado por Resolución de la Dirección General de Instituciones y Justicia de la Junta de Andalucía de 30.10.1997. Fue el sucesor en el protocolo de D. Rodolfo . D. Fidel, en virtud de Resolución de Secretario General para la Justicia de la Junta de Andalucía de fecha de 18.09.2010, por la que es nombrado Notario de Dos Hermanas, cesa como notario de Sevilla el día 28.10.2010 y toma posesión de su Notaría en Dos Hermanas el día 29.10.2010.

NOVENO

Con fecha de 27.11.1995 se practicó la inscripción correspondiente a la denuncia del Convenio colectivo suscrito por la Asociación de Notarios Empleadores de Andalucía Occidental y la Asociación de Empleados de Notarías de Andalucía Occidental. En fecha de 14.11.2008 se denegó el registro de la denuncia presentada por la Asociación de Notarios Empleadores de Andalucía Occidental al Convenio Colectivo suscrito entre dicha entidad y la Asociación de Empleados de Notarías de Andalucía Occidental, porque con fecha de 27.11.1995 se había practicado la denuncia del citado convenio.

DÉCIMO

Dicho convenio colectivo de Andalucía Occidental fue firmado el 20.12.1990. Fue presentado en el Registro General de la Consejería de Empleo el 11.1.1991; se...

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