STSJ Galicia 2076/2013, 16 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2076/2013
Fecha16 Abril 2013

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

- PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15030 44 4 2012 0001190

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000472 /2013 CRS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000243 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de A CORUÑA

Recurrente/s: Florentino

Abogado/a: NATALIA ERVITI ALVAREZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: V2 GESTION DE EMPLEO TEMPORAL ETT SA

Abogado/a: MARIA ASUNCION MARTINEZ CALDERON DE LA BARCA

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMOS/AS SRES/AS. MAGISTRADOS.AS

D MANUEL DOMINGUEZ LÓPEZ

Dª Mª ANTONIA REY EIBE

Dª ISABEL OLMOS PARÉS.

En A CORUÑA, a dieciséis de Abril de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000472 /2013, formalizado por la letrado Natalia Erviti Álvarez, en nombre y representación de Florentino, contra la sentencia número 614 /2012 dictada por XDO. DO SOCIAL

N. 1 de A CORUÑA en el procedimiento DEMANDA 0000243 /2012, seguidos a instancia de Florentino, frente a V2 GESTIÓN DE EMPLEO TEMPORAL ETT S.A., siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/ Dª ISABEL OLMOS PARÉS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Florentino, presentó demanda contra V2 GESTIÓN DE EMPLEO TEMPORAL ETT S.A., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 614/2012, de fecha veintisiete de Julio de dos mil doce, por la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

El demandante D Florentino, con D.N.I. nº NUM000, comenzó a trabajar para V2 GESTION DE EMPLEO TEMPORAL ETT,S.A., en fecha 31-5-11, mediante contrato por obra o servicios determinado, a tiempo parcial, con jornada de 20 horas semanales, y salario de 7,04 # brutos por hora efectivamente trabajada, para prestar servicios como mozo, nivel I, en la empresa usuaria EQUIPAMIENTO VENTA DIRECTA, Y en la obra consistente en "carga, descarga y almacenaje de mercancía" (cláusula sexta), con duración "hasta fin de obra" (documento 2 del ramo de prueba documental de la parte actora y documento 2 del ramo de prueba de la demandada). 2.- En fecha 28 de junio de 2011, el actor firmó con la demandada un nuevo contrato por obra, a tiempo completo, para prestar servicios como mozo, nivel I, en la empresa usuaria EQUIPAMIENTO VENTA DIRECTA, y en la obra consistente en "carga y descarga de .camiones" (cláusula sexta), con duración "hasta fin de obra" (documento 2 del ramo de prueba documental de la parte actora y documento 4 del ramo de prueba de la demandada).3.- En fecha 5 de julio de 2011, el actor firmó con la demandada otro contrato por obra, a tiempo parcial, para prestar servicios como mozo, nivel I, en la empresa usuaria EQUIPAMIENTO VENTA DIRECTA, y en la obra consistente en "carga, descarga y almacenaje de mercancía del 5 al 07.07.2011", con duración "hasta fin de obra" (cláusula sexta) (documento 2 del ramo de prueba documental_de la parte actora y documento 7 del ramo de prueba de la demandada).4.- En fecha 13 de julio de 2011, el actor firmó con la demandada un último contrato por obra, a tiempo completo, para prestar servicios como mozo, nivel I, en la empresa usuaria EQUIPAMIENTO VENTA DIRECTA, y en la obra consistente en "carga, descarga y almacenaje de mercancía nueva línea", con duración "hasta fin de obra" (cláusula sexta) (documento 2 del ramo de prueba documental de la parte actora y documento 9 del ramo de prueba de la demandada). 5.- En las mismas fechas expuestas (31.05.2011, 28.06.2011, 05.07.2011 y 13.07.2011), V2 GESTIÓN DE EMPLEO TEMPORAL ETT, S.A. firmó contratos de puesta a disposición con la empresa EQUIPAMIENTO VENTA DIRECTA -dedicada a la venta y distribución de electrodomésticos-, que tenían por objeto la contratación temporal del actor, para prestar servicios como mozo, "hasta fin de obra" (documentos 3; 5, 6, 8 y 10 del ramo de prueba de la demandada). 6.- El actor inició un proceso de IT por accidente de trabajo el 26.07.2011, situación en la que permaneció hasta el 03.02.2012, fecha en que causó alta por mejoría (documentos 4 y 5 del ramo de prueba de la parte actora). 7.- En fecha 12 de enero de 2012, EQUIPAMIENTO VENTA DIRECTA le comunicó a la demandada por correo electrónico, la finalización de los trabajos relacionados con la carga, descarga y almacenaje de mercancía Nueva Línea (documento 12 del ramo de prueba de la demandada). 8.-Al día siguiente 13 de enero de 2012, la demandada le notificó al actor mediante burofax la extinción de su contrato, con efectos de 12 de enero, por finalización de la obra para la que había sido contratado (documento 1 del ramo de prueba documental de la parte actora y documento 1 del ramo de prueba de la demandada. 9.-No consta que el trabajador ostentase cargo de representación legal o sindical, ni que lo hubiera ostentado en el último año (hecho no controvertido). 10.- El demandante formuló papeleta de conciliación por despido, en fecha 6-2-12, celebrándose el acto conciliatorio, el 27-2-12, con el resultado de intentado sin efecto, por la incomparecencia de la demandada, que no obstante se excusó por escrito (prueba documental aportada con la demanda).

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por DON Florentino, con D.N.I. nº NUM000 contra la empresa V2 GESTION DE EMPLEO TEMORAL ETT, S.A., debo declarar y declaro no haber lugar a ella, absolviendo a la demandad de las pretensiones deducidas en su contra. CUARTO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte actora, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia, después de desestimar la demanda, declaró ajustada a derecho la extinción del contrato de trabajo del actor absolviendo a la empresa demandada "V2 GESTIÓN DE EMPLEO TEMPORAL ETT S.A." de las pretensiones en su contra deducidas. Contra la referida sentencia, recurre la parte actora en base a dos motivos; el primero de los motivos de Suplicación lo es al amparo del art. 191 letra

b), de la Ley Procesal Laboral, solicitando la supresión del hecho probado séptimo. El segundo motivo que se invoca es al amparo del apartado c) del art. 191 de la L.P.L ....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR