STSJ Cataluña 1404/2013, 26 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1404/2013
Fecha26 Febrero 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 17066 - 44 - 4 - 2012 - 8002326

JSP

ILMO. SR. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER

ILMA. SRA. MATILDE ARAGÓ GASSIOT

ILMO. SR. ENRIQUE JIMÉNEZ ASENJO GÓMEZ

En Barcelona a 26 de febrero de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1404/2013

En el recurso de suplicación interpuesto por Juan Pablo frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Figueres de fecha 15 de mayo de 2012 dictada en el procedimiento Demandas nº 27/2012 y siendo recurridos Fons de Garantía Salarial, Àrids i Transformats, S.L., Pimpim Lat, S.L., La Primera Cuenta, S.L., Blondix, S.L. y Amador . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18 de enero de 2012 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Extinción a instància del trabajador, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 15 de mayo de 2012 que contenía el siguiente Fallo: " Que, estimando la demanda de extinción de contrato contractual que da origen a estras actuaciones, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que vincula a las partes a fecha de esta resolución, condenando la empresa ÁRIDS I TRANSFORMATS, S.L. a abonar a D. Juan Pablo una indemnización de 93.856,10 euros, y, estimando parcialmente la petición de reclamación de cantidad, condeno a la empresa ÁRIDS I TRANSFORMATS S.L., a que abone a D. Juan Pablo la cantidad de 64.877,53 euros, asi como el interès moratorio del 10% anual .

Asimismo, debo absolver a los codemandados PIMPIM LAT, S.L. LA PRIMERA CUENTA, S.L., BLONDIX 21, S.L. y a DON Amador de las pretensiones deducidas en su contra . No se efectua pronunciamiento respecto del Fondo de Garantia Salarial "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

D. Juan Pablo, provisto de DNI n° NUM000, viene prestando servicios por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de la empresa ÁRIDS 1 TRANSFORMATS, S.L., con antigüedad de 9-10-2009, ostentando la categoría profesional de "Gerente" y percibiendo un salario bruto mensual de

6.692,31 euros, cuyo salario diario calculado en cómputo anual es de 257,14 euros. (El Salario se ha obtenido al sumar las cantidades brutas que figuran en las nóminas de las folios 674 a 696; el salario diario se ha obtenido téniendo en cuenta la carta de despido de los folios 627 a 632,y en base a la siguiente fórmula:

[

28:121*20=46,66 días de indemnización

11.998,32/46,66=257,14# diarios

El resto es Incontrovertido)

SEGUNDO

En el contrato, con inicio de vigencia el 15 102009 y duración indefinida, las partes pactaron una retribución total de 3.600 euros netos por 15 pagas, revisable anualmente en función de las variaciones al alza que experimente el IPC. Además, se pactó una retribución variable consistente en una comisión del 0,5% de las ventas de la empresa (la comisión se liquidará por trimestres naturales, abonándose el día 20 del mes siguiente>; en la cláusula adicional cuarta se estipula que "si se produce la extinción de contrato por incumplimiento del empresario o por cualquier otra causa diferente a un despido disciplinario declarado procedente, la indemnización que tendrá derecho a percibir el trabajador por la extinción de la relación será equivalente a las retribuciones mentadas los 12 meses precedentes a la extinción si ésta se produce en los 5 primeros años de la relación laboral". (Folios 671 y 672)

TERCERO

Don Juan Pablo causó baja laboral el 30-3-2011 por un dolor inespecífico en el pecho, persistiendo en la situación de IT en el momento de presentar la demanda (Incontrovertido)

CUARTO

Hasta esta fecha, la empresa ÁRIDS I TRANSFORMATS, S.L. ha abonado a D. Juan Pablo la cantidad de 1.803,46# el día 8-7-2011 y de 4.000# el día l5-9-2011 más el abono por parte de Fremap de

18.146,99# . (Folio 757 y 758) .

QUINTO

La empresa ÁRIDS i TRANSFORMATS, S.L. no ha abonado a D. Juan Pablo las siguientes cantidades:

-58.701,83 cantidad que queda pendiente en concepto de salarios correspondientes a los meses de abril, mayo, junio, extra de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre, extra de diciembre y del 1 al 16 de enero de 2012.

-7.764,55# en concepto de comisiones año 2011. (Folios 177, 178,179 y 184).

El total adeudado asciende a 64.877,53#.

(La empresa no niega el impago de todas cantidades, sólo su procedencia al entender que sólo procede el abono del complemento del 25% a partir del segundo mes)

SEXTO

Las ventas de ARIDS i TRANSFORMATS, S.L. en el período 1-9-2011 a 31-12-2011 fueron los siguientes:

10 Trimestre 295.650,12# (Folio 177)

20 Trimestre 210.588,67# (Folio 178)

30 Trimestre 248.916,57# (Folio 179)

4° Trimestre 430.273,09# (Folio 184)

SÉPTIMO

El día 30-1-2012, la empresa ARIDS i TRANSNFORMATS, S.L., comunicó por escrito a D. Juan Pablo su despido por razones de producción, organizativas y económicas con efectos desde el mismo día 26-1-2012, cuyo contenido obra en autos y se da por reproducido al no haber sido objeto de controveria por las partes. La empresa no ha puesto a disposició del actor las cantidades objeto de indemn.izacion (carjta de despido folios 36 a 42).

OCTAVO

ARIDS i TRANSFORNATS, S.L., cuyo objeto social es la extracción de arenas y gravas, tratamiento y calificación de áridos y fabricación de morteros y hormigones, y actividades accesorias y complementarias. Tiene su domicilio social en la Calle Afueras, S/N. de la localidad de Sant Mori (Girona) . Su administrador único es el Sr. Amador . (Folios 252 a 259)

NOVENO

PIM PIM LAT, S.L. cuyo objeto social es promocionar, adquirir, transmitir, enajenar, urbanizar, dividir, y parcelar toda clase de inmuebles, terrenos y fincas rústicas y urbanas, así como la construcción y arriendo no financiero de tales bienes, en cualquiera de las formas admitidas en derecho. También podrá ejecutar obras por cuenta propia o de terceros y en general, realizar toda clase de operaciones de carácter inmobiliario, sin ninguna excepción. Tiene su domicilio social en la Calle Nápoles, 148-6-2; CP 0813 Barcelona. Su administrador único es Don. Amador . Pim Pim Lat, S.L. arrienda a Árids 1 Transformats, la Finca la Devesa, en donde ésta ejerce su actividad. (Folios 460 a 486)

DÉCIMO

LA PRIMERA CUENTA, S.L. cuyo objeto social es la explotación electrónica por cuenta de terceros. Tiene su domicilio social en la Calle Afueras, S/N de la localidad de Sant Mori (Girona) Su administrador único es Don. Amador . La Primera Cuenta, S.L. arrienda sus servicios a Árids i Transformats. (Folios 805 a 815)

UNDÉCIMO

BLONDIX 21, S.L. cuyo objeto social es la explotación inmobiliaria. Tiene su domicilio social en la Calle Afueras, S/N de la localidad de Sant Mori (Girona) . Su administrador único es Don. Amador . (Folios 760 a 769)

DUODÉCIMO

ÁRIDS i TRANSFORMATS, 5. L., arroj a el resultado contable siguiente:

Ejercicio Cifra de negocio Resu1tado

2008 3.249.827,12# ganancias: 262.340,62#

2009 2.098.227,98# pérdidas: -314.718,46#

2010 1.828.132,00# pérdidas: -5.355,54#

2011 1.185.428,45# no consta

+(Impuesto de sociedades de los folios 191 a 232 e informe pericial del folio 184)

DÉCIMOTERCERO

En fecha 23-12-201 tuvo entrada en el CMAC papeleta de conciliación respecto de la extinción por el artículo 50 ET, celebrándose la misma sin avenencia el día 16-01- 2012 (folio 8)

En fecha 13-2-2012 tuvo entrada en el CMAC pápeleta de conciliación respecto del despido, celebrándose la misma sin avenencia el día 29-2- 2012 (folio 60)

DÉCIMOCUARTO

D. Juan Pablo no ostenta ni ha ostentado consideración de representante sindical (no controvertido)

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia de instancia estima en parte la demanda de la parte actora, estimando la acción de extinción del contrato de trabajo a instancia del trabajador demandante condenando al pago de una indemnización de 93.856,10 Euros y también, en parte la de reclamación de cantidad condenando en este caso a la empresa codemandada Arids i Transformats SL a abonar al actor la suma de 64.877,53 euros más el incremento por mora del 10% .El pronunciamiento condenatorio se limita a la referida codemandada absolviendo a las demás sociedades incluidas en la demanda de las pretensiones de la misma .

Por su parte la parte demandada en su escrito de impugnación formula pretensión de modificación de hechos probados y alega causas de oposición subsidiaria a lo que le autoriza el art. 197 de la LRJS, escrito del que se dio traslado a la parte actora que no formuló alegación alguna .

Nos ocuparemos en primer lugar del recurso de la demandante para pasar después al examen de la impugnación.

Segundo

Como primer motivo del recurso la parte actora solicita la modificación del relato fáctico concretamente del ordinal noveno en relación con el domicilio social de Pimpim Lat SL . El recurso de suplicación es un recurso extraordinario en el cual la alteración de la declaración de hechos probados solo puede lograrse en base a documentos o pericias que...

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