STSJ Cataluña 758/2013, 31 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución758/2013
Fecha31 Enero 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2011 - 8027886

EPC

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMA. SRA. MARIA PILAR MARTIN ABELLA

En Barcelona a 31 de enero de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 758/2013

En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social frente a la Sentencia del Juzgado Social 7 Barcelona de fecha 1 de febrero de 2012 dictada en el procedimiento Demandas nº 576/2011 y siendo recurrido/a Laureano . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 16-6-11 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 1 de febrero de 2012 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando la demanda promovida por Laureano contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, declaro que la parte actora se encuentra en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE, en su grado de ABSOLUTA, derivada de enfermedad común.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º.- Laureano, nacido el NUM000 -1952, con DNI nº NUM001, de profesión habitual PERITO TASADOR DE COCHES, del Régimen Especial de Trabajadores Autónomo, causó baja en el mismo el 30-11-08 y alta en Convenio especial el 1-1-11, solicitando la prestación de incapacidad permanente el 8-3-11.

  1. - Resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 20-4-11 declaraba que la parte actora no se encontraba en ninguno de los grados de situación de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, teniendo acreditado el período mínimo de cotización, por no reunir el requisito de incapacidad permanente. Se valoraron las lesiones dictaminadas en fecha 31-3-11: "CARDIOPATIA ISQUEMICA CRONICA CON ANGINA ESTABLE CLASE FUNCIONAL III; DISNEA DE ESFUERZO; ARTRODESIS CERVICAL E I.Q. EN CUATRO OCASIONES DE RAQUIS LUMBAR; LIMITACIÓN MUY MARCADA EN RAQUIS CERVICAL Y MAS INTENSA EN RAQUIS LUMBAR, CON IRRADIACION RADICULAR A EID; PROTUSION GLOBAL DISCAL L4-L5; ESPONDILODISCARTROSIS SEVERA L5-S1 CON SIGNOS DE ARACNOIDITIS POSTCIRUGIA; SEVERA ATROFIA MUSCULATURA PARA VERTEBRAL POSTERIOR". La base reguladora que se declara en el expediente: 536,27 # (período 02/2003 a 01/2011 -con bases 0 desde 12/2008, y de 850,20 en-11).

  2. - La parte actora padece:

    --Cardiopatía isquémica -infarto en agosto 2008, enfermedad de 2 vasos y colocación stent- con angina estable y disnea de esfuerzo. Clase funcional III (disnea a mínimos esfuerzos - Pacientes con acusada limitación de la actividad física; cualquier actividad física provoca la aparición de los síntomas). No candidato a revascularización percutánea.

    --Espondiloartrosis cervical y lumbar avanzadas, con antecedentes de artrodesis cervical y cuatro intervenciones quirúrgicas sobre raquis lumbar. Severa atrofia musculatura paravertebral posterior. Deambulación con cojera y uso de bastón. Lassegue y Bragard positivos. Movilidad raquis limitada.

    ---- Artritis soriásica

  3. - El trabajo del actor, como PERITO TASADOR DE COCHES, consiste en acudir a los talleres de reparación -diariamente- para verificar los daños y/o controlar las reparaciones. Se trata de ver el estado de la chapa y el motor y constatar el estado general de todo el vehículo. Tasados los daños se generaba el informe que se traslada a la compañía aseguradora. Las tareas administrativas abarcan el 10-15% de la jornada.

  4. - Por Sentencia de 16-9-09 el actor era declarado en situación de incapacidad permanente total cualificada; sentencia revocada por la STSJ Cataluña de 17-11-10 . La base reguladora declarada en la sentencia de instancia ascendió a 794,76 #. Las lesiones valoradas fueron: "Discopatía...

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