STSJ Murcia 1067/2012, 17 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1067/2012
EmisorTribunal Superior de Justicia de Región de Murcia, sala social
Fecha17 Diciembre 2012

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 01067/2012

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PASEO GARAY, 7. PLANTA 2

Tfno: 968229215-18

Fax:968229213

NIG: 30030 44 4 2011 0007914

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000772 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000820 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de MURCIA

Recurrente/s: Bernabe

Abogado/a: RAUL NO GUERA GALLEGO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: CEM AUTOMATICOS S.L.

Abogado/a: ANGELES MARTINEZ BURGOS

Procurador/a:

Graduado/a Social:

En MURCIA, a diecisiete de Diciembre de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Bernabe, contra la sentencia número 0081/2012 del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 23 de Febrero, dictada en proceso número 0820/2011, sobre DESPIDO, y entablado por Bernabe frente a CEM AUTOMÁTICOS SL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El demandante D. Bernabe, con DNI nº NUM000, ha venido prestando servicios para la empresa demandada CEM AUTOMÁTICOS SL, dedicada a la actividad del metal, desde el 24-11-2005, con categoría profesional de Oficial 1ª, y el salario mensual de 1.486,07 # con prorrata de pagas extraordinarias, a efectos de indemnización, y diario de 49,53 # a efectos de salarios de tramitación. SEGUNDO: La empresa demandada, mediante carta de fecha 12 de agosto de 2011 comunicó al demandante su despido por causas objetivas con efectos del día 31 de agosto de 2011, del siguiente tenor literal:

"Muy Sr. Mío:

Por medio de la presente, le comunico que esta empresa procederá a su despido por causas objetivas, económicas, técnicas, organizativas y de producción, con efectos desde el próximo día 31/08/2011 en base a lo preceptuado en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores .

Las causas que motivan esta decisión se traducen en el aspecto económico y financiero de la empresa, y provoca que se adopte la medida de amortizar su puesto de trabajo a fin de conducir o contribuir a la superación de esta situación.

La mercantil CEM AUTOMATISMOS S.L., se constituyó como sociedad el 23 de Diciembre del 2004, comenzando su actividad en el año siguiente. Su domicilio social es Senda de En medio nº 36 bajo 30009 Murcia. Su objeto social es Instalaciones eléctricas, su reparación y mantenimiento, así como la automatización de maquinaria industrial.

La documentación de trabajo manejada para la elaboración de esta carta han sido los datos económicos de los años 2007, 2008, 2009, 2010 y avance al 30 de Junio del 2.011.

En el resumen adjunto al presente informe se detallan extractos de determinadas partidas de los documentos correspondientes a los ejercicios 2007,2008, 2009 y 2010 presentados por la entidad al Registro mercantil de la provincia de Murcia, cumpliendo así con las disposiciones legales en materia de publicidad de los datos contables a las que CEN AUTOMATISMOS, S.L. esta obligada por su condición, normas que ha cumplido en tiempo y forma durante toda su existencia.

También se ha tenido acceso a un balance provisional del 2011, al 30 de Junio que aun no se encuentra presentado, por no tratarse de unas cuentas anuales completas.

Según las Cuentas de Pérdidas y Ganancias depositadas en el Registro Mercantil, y aportadas para la realización de esta carta, la evolución de la cifra de negocios de la empresa es claramente descendente entre el periodo de referencia, tal y como se puede observar en la gráfica incluida en los documentos anexos.

Análisis de las cifras de ventas:

Períodos de comparación Diferencias de Ventas Variación

2011 con mitad 2007 -30.313,51 -11,03%

2011 con mitad 2008 -37.850,67 -13,40%

2011 con mitad 2009 -29.635,66 -10,80%

Podemos, por tanto, observar un 11,03% de disminución total de las ventas ocurrido desde el ejercicio 2007 hasta el 2011. Observamos que CEM AUTOMATISMOS, S.L no sólo no incrementó sus ventas sino que además su cartera de pedidos de clientes ha ido disminuyendo en los periodos analizados, manteniendo la tendencia a la baja de las ventas.

La bajada de ventas no ha podido se amortiguada por bajadas de los gastos generales, y los recortes de personal han sido insuficientes para amortiguar la caída de ventas. Por ello, una bajada de las ventas provoca una diferencia en los resultados.

PERIODO Benef/Perdid %S/Ventas

2009 3.606,10 0,66%

2010 4.025,61 0,81%

2011 -69.766,25 -28,53% La empresa ha tenido en 2011 unas perdidas del 28,53 % sobre las ventas, por lo que si la empresa sigue sin tomar medidas estructurales y contención del gasto, tendrá un resultado negativo tan grande que puede hacer peligrar la estabilidad de la empresa, así como su existencia después de esta crisis. CEM AUTOMATISMOS, S.L. se encuentra con la imposibilidad de aumentar las ventas debido a la actual coyuntura económica, por tanto nos encontramos con una situación de inviabilidad manifiesta en caso de que no sean adoptadas medidas para reducir costes y adecuarlos a las circunstancias actuales de la demanda del mercado.

A la vista de los documentos de trabajo indicados, queda en evidencia una disminución progresiva de la cifra de negocios, así como la aparición desastrosa de las pérdidas, hace que no tomar las medidas adecuadas, podrían desembocar en que las mismas sean irreversibles poniendo en peligro la supervivencia de la empresa al no concurrir las circunstancias de mercado favorables para una expansión de su volumen de negocios.

Por todo lo expuesto la empresa ha decidido tramitar su despido por causas económicas con efectos 31/08/2011 y poner a su disposición en este acto la cantidad de 12 días de salario por año de servicio, la cual asciende a 3.588,90 Euros, correspondiente al 60% de la indemnización legalmente establecida en el art.

53.1.b) del Estatuto de los Trabajadores de 20 días de salario por año de servicio. El 40% restante deberá usted solicitarlo con la documentación que se acompaña ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así mismo, le indicamos que a partir de la recepción de esta carta y, hasta la fecha de efectos del despido, podrá disfrutar de un descanso retribuido semanal de 6 horas, destinado a la búsqueda de otro empleo y conforme a la normativa vigente.

Sin otro particular, le...

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