STSJ Murcia 820/2012, 22 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución820/2012
Fecha22 Octubre 2012

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00820/2012

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PASEO GARAY, 7. PLANTA 2

Tfno: 968229215-18

Fax:968229213

NIG: 30016 44 4 2011 0306940

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000419 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SEGURIDAD SOCIAL 0000964 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de CARTAGENA

Recurrente/s: Isidro

Abogado/a: PALOMA BAS BERNAL

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: BYCOWORK S.L., MUTUA IBERMUTUAMUR IBERMUTUAMUR, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a: MARIA ELENA AMOSTEGUI FERNANDEZ, JUAN ANTONIO VICTORIA ROS

Procurador/a:

Graduado/a Social:

En MURCIA, a veintidós de Octubre de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Isidro, contra la sentencia número 0413/2011 del Juzgado de lo Social número 3 de Cartagena, de fecha 23 de Diciembre, dictada en proceso número 0964/2011, sobre ALTA MÉDICA, y entablado por Isidro frente a BYCOWOR S.L.; MUTUA IBERMUTUAMUR; INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante, D. Isidro, nacido el día NUM000 de 1970, se encuentra afiliado y en alta en el régimen general de la Seguridad Social con el n° NUM001 . SEGUNDO. En fecha 26 de octubre de 2010, el demandante sufrió un accidente de trabajo cuando se desplazaba a su trabajo en el vehículo de la empresa en el que viajaba como ocupante, al ser alcanzado por una furgoneta en el lateral izquierdo cuando el conductor se disponía a girar hacia la izquierda. En el citado accidente el demandante resultó lesionado. TERCERO. El demandante trabajaba para la empresa Bycowork, S.L desde el día 27 de enero de 1998 como peón en una empresa de "preparación de terrenos" dedicada a la obra civil. CUARTO. Como consecuencia de las lesiones sufridas en el accidente anteriormente citado, el demandante fue dado de baja por los servicios médicos de la Mutua Ibermutuamur con fecha 26 de octubre de 2010 con diagnóstico de "Policontusión con dolor cervical". QUINTO. La Mutua Ibermutuamur emitió el alta médica del demandante en fecha 5 de abril de 2011 por curación. SEXTO. El demandante impugnó el alta médica con fecha 17 de mayo de 2011. Con fecha 17 de mayo de 2011 se dicta resolución por la que se acuerda anular el alta médica por curación. SÉPTIMO. En fecha 6 de julio de 2011 se procedió al alta por mejoría del demandante por parte de los servicios médicos de la Mutua Ibermutuamur. OCTAVO. El demandante interpuso reclamación previa el 8 de julio de 2011 que fue desestimada por resolución de fecha 1 de agosto de 2011. NO VENO. A la fecha del alta que se impugna, el demandante presentaba las dolencias siguientes: Lumbalgia. Cervicalgia posterior sin irradiación a miembros inferiores. Exploración neurológica sin déficit, lasegue negativo. Trofismo muscular bueno. En cuanto a RM cervical: discopatía cervical baja sin compromiso radicular ni medular; RM lumbar: discopatía antigua a nivel L4-L5 y L5-S1 sin compromiso radicular. Por parte de Neurocirugía no precisa tratamientos ni revisiones"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que DESESTIMO la demanda interpuesta por D. Isidro, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD, contra "IBERMUTUAMUR, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n° 274" y contra la empresa "Bycowork, S.L" y, en consecuencia, absuelvo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña Paloma Bas Bernal, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado don Juan Antonio Victoria Ros, en representación de la Mutua demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- El actor don Isidro, de 42 años de edad y de profesión habitual peón en una empresa de preparación de terrenos dedicada a obra civil, presentó demanda, sobre alta médica, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Ibermutuamur y la empresa Bycowork, S.L., en reclamación de que se dejase sin efecto el alta médica por mejoría emitida en 6 de julio de 2011 por los servicios médicos de la Mutua demandada; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que, en la fecha del alta médica, el actor podía efectuar su trabajo habitual, siendo...

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