SAP A Coruña 147/2012, 26 de Julio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 147/2012 |
Fecha | 26 Julio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00147/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de A CORUÑA
Domicilio: RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N
Telf: 981 18 20 74/75/36
Fax: 981 18 20 73
Modelo: N54550
N.I.G.: 15030 43 2 2011 0020372
ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000893 /2012
Juzgado procedencia: XDO. INSTRUCION N. 4 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000504 /2011
RECURRENTE: Agustina
Procurador/a: DIEGO RAMOS RODRÍGUEZ
Letrado/a: LUIS MIGUEL GUDE TROITIÑO
RECURRIDOS/A: Edurne, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:MARIA TERESA RIOS LOPEZ
SENTENCIA Nº 147
En A Coruña, a veintiséis de julio de dos mil doce.
El Ilmo. Magistrado DON LUIS BARRIENTOS MONGE, como Tribunal Unipersonal de la SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA,
En nombre de S.M. el Rey
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Nº 4 de los de A CORUÑA, en el Juicio de Faltas Nº 504/11, seguido por una falta de amenazas, siendo parte apelante Agustina, representada por el procurador Sr. Ramos Rodríguez y defendido por el letrado Sr. Gude Troitiño y como apelado Edurne, defendida por la letrada Sra. Ríos López habiendo intervenido el MINISTERIO FISCAL en el ejercicio de la acusación pública.
Que por el Juzgado de Instrucción anteriormente citado, se ha dictado sentencia en fecha
10.05.2012, cuya parte dispositiva dice así:" FALLO : Que debo absolver y absuelvo libremente a Edurne de las faltas objeto de la denuncia, declarándose las costas de oficio."
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de Apelación por Agustina, que fue admitido a trámite en ambos efectos y conferidos por el Instructor los traslados a las restantes partes, tal como establece el artículo 795.4º, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y una vez trascurridos los plazos establecidos, se elevaron las actuaciones a la oficina de registro y reparto de la Audiencia Provincial, correspondiendo por reparto a esta Sección Segunda el presente recurso, que fue registrado como Rollo (RJ) Nº 893/12 .
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.
HECHOS PROBADOS
Se acepta, en lo sustancial y a los efectos del presente recurso de apelación, el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducido, en aras de la brevedad.
En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de instancia, que contiene un pronunciamiento absolutorio, y cuya revocación se pretende con el presente recurso, en el que se hacen una serie de alegaciones previas que, de manera respetuosa, se estima que no son relevantes ni de recibo en la presente jurisdicción penal. La...
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