SAP Orense 280/2012, 28 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 280/2012 |
Fecha | 28 Junio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
OURENSE
SENTENCIA: 00280/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de OURENSE
Domicilio: PZA. CONCEPCION ARENAL, 1
Telf: 988687072/988687068
Fax: 988687075
Modelo: N54550
N.I.G.: 32085 41 2 2011 0103037
ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000422 /2012- T
Juzgado procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de VERIN
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000170 /2011
RECURRENTE: Germán
Procurador/a:
Letrado/a: ANA CARNICERO LOPEZ
RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL, Palmira, Leandro
Procurador/a:,,
Letrado/a:, JOSE CALVO MARTINEZ, JOSE CALVO MARTINEZ
Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000422 /2012
SENTENCIA nº 280/12
Ilma. Sra. MAGISTRADA Dña. AMPARO LOMO DEL OLMO.
En OURENSE, a veintiocho de Junio de dos mil doce.
La Sala 002 de la Audiencia Provincial de OURENSE ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas nº 170/11 del Juzgado de 1ª Inst. e Instrucción nº 1 de Verín, Rollo de apelación nº 422/12, siendo las partes en esta instancia, como apelante, Germán, asistido por la Letrada ANA CARNICERO LÓPEZ, y como apelados, Palmira y Leandro, asistidos por el Letrado JOSÉ CALVO MARTÍNEZ, y el MINISTERIO FISCAL en la representación que le es propia. Sobre falta de daños.
La Juez del Juzgado de 1ª Inst. e Instrucción nº 1 de VERIN, con fecha 3 de febrero de 2012, dictó sentencia en el Juicio de Faltas nº 170/11 del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:
"Que el día 27 de septiembre de dos mil once en la población de Camba (Laza) en el paraje de " DIRECCION000 " se encuentra una finca propiedad de Germán . El citado predio estaba cultivado con berza blanca.
Por la citada finca y el día ya señalado circuló un tractor para acceder a una finca de los denunciados. Consecuencia de ese paso del vehículo tractor resultaron dañadas algunas plantas de berza."
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A DOÑA Palmira Y DON Leandro de la falta de DAÑOS de la que venían siendo acusados con declaración de las costas de oficio.
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la Letrada Ana Carnicero López en defensa de Germán, que fue admitido en ambos efectos e impugnado por el Ministerio Fiscal, y por Palmira y Leandro, y practicadas las diligencias oportunas, las actuaciones fueron elevadas a este órgano judicial, donde se registraron, se formó rollo de Sala y se turnaron de ponencia.
No habiéndose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los hechos declarados probados de la sentencia recurrida.
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