SAP Zaragoza 179/2012, 20 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 179/2012 |
Fecha | 20 Junio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00179/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de ZARAGOZA
Domicilio: C/ COSO, 1
Telf: 976 208 367
Fax: 976 208 787
N.I.G.: 50297 48 2 2010 0201448
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000123 /2012
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 5 de ZARAGOZA
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000251 /2011
RECURRENTE: Isidoro
Procurador/a: BEGOÑA URIARTE GONZÁLEZ
Letrado/a: PEDRO SANTISTEVE ROCHE
RECURRIDO/A: ador/a: trado/a:
SENTENCIA NÚM. 179/2012
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ILMOS. SEÑORES
PRESIDENTE
D. JULIO ARENERE BAYO
MAGISTRADOS
D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN
D. FCO JAVIER CANTERO ARÍZTEGUI
En Zaragoza, a veinte de junio de dos mil doce.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias núm. 251/2011, procedentes del Juzgado de lo Penal número 5 de Zaragoza, Rollo de Apelación núm. 123/2012, seguidas por dos delitos de lesiones-malos tratos en el ámbito familiar, contra Isidoro, con D.N.I. nº NUM000, nacido el NUM001 -1989, hijo de Emilia, natural de Zaragoza, de solvencia no acreditada formalmente, con antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa; representado por la Procuradora Dª Begoña Uriarte González y defendido por el Letrado D. Pedro Santisteve Roche. Siendo parte acusadora el MINISTERIO FISCAL y Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Presidente Don JULIO ARENERE BAYO, quien expresa el parecer del Tribunal.
En los citados autos recayó sentencia con fecha 22-3-2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que debo condenar y condeno al acusado, Isidoro, como autor penalmente responsable de dos delitos de violencia contra la mujer del art. 153.1 y 3 del CP, ya definidos, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas, para cada uno de los delitos, de NUEVE MESES DE PRISION, con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de dos años, y prohibición de que en adelante se aproxime a Camila o a su domicilio, o lugar de trabajo, a menos de 200 metros, y de comunicación con la misma por cualquier medio o procedimiento, todo ello durante un plazo de un año y nueve meses.
Y le condeno asimismo al pago de las costas procesales causadas en esta instancia".
La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "HECHOS PROBADOS: 1º.-Ha resultado probado, y así se declara, que sobre las 18,00 horas del día 2 de octubre de 2010, el acusado Isidoro, mayor de edad y sin antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, se encontraba en compañía de su pareja sentimental, Camila, en el que era en ese momento su domicilio, sito en la c/ DIRECCION000 núm. NUM002, NUM003 de Zaragoza, y mantuvo una discusión con ella, en cuyo transcurso, recurriendo a un inadecuado uso de la fuerza y con ánimo de menoscabar la integridad física de su compañera, la agredió golpeándola con un objeto alargado similar a una vara o palo; todo ello en presencia del hijo menor de la pareja que en ese momento contaba con un año de edad aproximadamente. Posteriormente, en la misma vivienda, sobre las 20,50 horas, el acusado volvió a golpear a su compañera, esta vez con sus manos, y agarrándola por los pelos, a consecuencia e lo cual, Marta, quien desde la ventana de la galería de su domicilio había presenciado ambas agresiones, llamó a la Policía.
-
- Camila como consecuencia de estos incidentes, al menos sufrió unas lesiones consistentes en erosiones en pómulo y nariz, que fueron apreciadas por los Agentes de la Policía Nacional que se desplazaron hasta su domicilio. La lesionada negó haber sido agredida, no quiso ser atendida, de forma que se concluye que las lesiones que sufrió no precisaron asistencia facultativa para su curación, no reclamando por las mismas...
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