STSJ Andalucía 612/2012, 7 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución612/2012
Fecha07 Marzo 2012

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

OL

SENT. NÚM. 612/12

ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZALEZ

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSÉ VILLAR DEL MORAL

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a siete de marzo de dos mil doce

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 2977/11, interpuesto por Macarena contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Nº 3 DE GRANADA en fecha 4/10/11 en Autos núm. 1082/10, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JORGE LUIS FERRER GONZALEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Macarena en reclamación sobre INCAPACIDAD PERMANENTE contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 4/10/11, por la que se desestimó la demanda interpuesta por Doña Macarena contra el INSS, absolviendo a la parte demandada lo pretendido en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. .- La demandante, Dª Macarena, con DNI nº NUM000, afiliada al REASS, c/ajena, con el nº NUM001, por Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Granada, de fecha 5/04/05, dictada en autos 525/04, que se da por reproducida (folios 53 y ss de autos), fue declarada afecta de Incapacidad Permanente Absoluta, por la contingencia de enfermedad común, con derecho a la correspondiente pensión, por presentar el siguiente cuadro clínico y de limitaciones: "Absceso corneal recidivante en ojo derecho. Blefaritis crónica en ambos ojos. Cataratas en evolución. Agudeza visual de 0#1 en ojo derecho y 0#3 en ojo izquierdo. BMC leucoma corneal en ojo derecho y blefaritis crónica. Leucomas corneales antiguos y opacidad capsular en ojo izquierdo. Porcentaje de pérdida de visión binocular del 51% según la escala Wecker. Debe evitar ambientes pulvígenos. Menoscabo permanente en relación con lo descrito. Proceso crónico de evolución tórpida que le obliga a acudir a urgencias con frecuencia.

2 º. Solicitada por la actora revisión de grado, en reconocimiento de una gran invalidez, por el INSS, tras Informe Propuesta del EVI de fecha 31/08/10, que se reproduce (folio 4 de autos) se dictó Resolución denegatoria en 1/09/10, por no haber experimentado agravación la incapacidad que dio origen a su situación de pensionista de IP.

3 º. Disconforme la actora, formuló reclamación previa en fecha 13.10.10, que fue desestimada, habiéndose presentado la demanda de autos en fecha 02.12.10.

4 º. La actora presenta actualmente un cuadro clínico de "Blefaritis y leucomas corneales en ambos ojos. Y Distrofia miotónica de Steiner" .- Con las siguientes limitaciones: "Paciente diagnosticado de blefaritis y leucomas corneales en ambos ojos, con una mayor agudeza visual corregida de movimientos de la mano en OD y de 0,15 en OI, que se corresponde con una deficiencia del sistema visual para ambos ojos del 70% (equivalente a una deficiencia corporal total del 66%), sin un déficit del campo visual. La motilidad ocular es normal y con afaquia. Diagnosticada además de distrofia miotónica de Steiner, sin precisar tratamiento por el momento y con sintomatología muscular leve, sin evidencia de afectación sistémica significativa. Discapacidad para la actividad laboral en general. Aptitud solo para algunas actividades especificas. Independiente para la mayoría de las actividades mas básicas de la vida diaria (índice de Barthel 90 puntos)" .

5 º. Por Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, Dictada en Expte. SAAD01-18/3931565/2011-19, que se da por reproducida (ramo actora), se reconoció a la actora el Grado I Nivel I de dependencia moderada, con derecho a los servicios y prestaciones que le correspondan .

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Macarena, recurso que posteriormente formalizó, no siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La demandante nacida el NUM002 -1953, afiliada al REASS, c/ajena, por Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Granada, de fecha 5/04/05, dictada en los autos 525/04, fue declarada afecta de Incapacidad Permanente Absoluta, por la contingencia de enfermedad común, con derecho a la correspondiente pensión, por presentar el siguiente cuadro clínico y de limitaciones: "Absceso corneal recidivante en ojo derecho. Blefaritis crónica en ambos ojos. Cataratas en evolución. Agudeza visual de 0#1 en ojo derecho y 0#3 en ojo izquierdo. BMC leucoma corneal en ojo derecho y blefaritis crónica. Leucomas corneales antiguos y opacidad capsular en ojo izquierdo. Porcentaje de pérdida de visión binocular del 51% según la escala Wecker. Debe evitar ambientes pulvígenos. Menoscabo permanente en relación con lo descrito. Proceso crónico de evolución tórpida que le obliga a acudir a urgencias con frecuencia.

Interesada la revisión de grado, solicitando la Gran Invalidez, con el complemento regulado por el artículo 139.4 LGSS por sentencia dictada en la instancia se deniega, al estimarse que aun partiendo de la gravedad del cuadro clínico y de las limitaciones que aqueja la solicitante, sin embargo, no se acredita la necesidad de asistencia de un tercera persona para realizar los actos esenciales de la vida.

Así el cuadro clínico que fue apreciado en dicha Sentencia, según el hecho probado cuarto fue:

"4º. La actora presenta actualmente un cuadro clínico de "Blefaritis y leucomas corneales en ambos ojos. Y Distrofia miotónica de Steiner" .- Con las siguientes limitaciones: "Paciente diagnosticado de blefaritis y leucomas corneales en ambos ojos, con una mayor agudeza visual corregida de movimientos de la mano en OD y de 0,15 en OI, que se corresponde con una deficiencia del sistema visual para ambos ojos del 70% (equivalente a una deficiencia corporal total del 66%), sin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Andalucía 334/2023, 23 de Febrero de 2023
    • España
    • February 23, 2023
    ...que la actualmente acreditada entiende que procede la Gran Invalidez. El propio TSJ de Andalucía (Granada) en su Sentencia Nº 612/2012, de 7 de marzo de 2012, reconoció la Gran Invalidez a una señora con una agudeza visual de 0,15 en OI y menos de 0,1 en OD. La agudeza visual del actor es m......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR