STSJ Aragón 5/2009, 2 de Enero de 2009
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 5/2009 |
Fecha | 02 Enero 2009 |
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.1
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00005/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
- SECCIÓN TERCERA DE REFUERZO -RECURSO Nº: 540-05-D
S E N T E N C I A Nº DE 2009
ILUSTRÍSIMOS SEÑORES
PRESIDENTE
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LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ
MAGISTRADOS:
-
LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH
DÑA. CARMEN SAMANES ARA
D.IGNACIO MARTÍNEZ LASIERRA
En Zaragoza, a dos de enero de dos mil nueve.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el presente recurso contencioso-administrativo número 540/05-D, seguido entre partes, de una como demandante SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA,S.A. representada por el Procurador D.Luis Gallego Coiduras y dirigida por la Letrada Dª. Carmen Chinchilla Marín y D. Javier Manchado de Armas, y de la otra como demandada las CORTES DE ARAGÓN, representada y dirigida por la Letrada de las Cortes, versando el juicio sobre Acuerdo de la Mesa de las Cortes de fecha 27 de octubre de 2005 resolviendo el contrato de protección de personas y otros extremos, suscrito el 1 de agosto de 2005.
Cuantía del pleito: Indeterminada
Procedimiento: Ordinario
Ponente: Ilma. Sra. Magistrada Dª CARMEN SAMANES ARA
El Procurador D.Luis Gallego Coiduras en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso-administrativo contra la resolución indicada en el encabezamiento de esta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 27 de diciembre de 2005 .
Admitido a trámite el recurso, y tras a recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se declare la nulidad del Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Aragón, de 27 de octubre de 2005, por el que se acordó resolver el contrato de servicios de protección de personas, suscrito con fecha de 1 de agosto de 2005 con la parte actora; imponer a ésta la prohibición de contratar con las Cortes de Aragón durante un plazo de cinco años; comunicar el acuerdo de prohibición de contratar a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa para su declaración con carácter general y reclamar a la actora una indemnización por daños y perjuicios; y se declare, asimismo, el pago de la indemnización por los daños y perjuicios irrogados a SECURITAS con motivo de la indebida resolución del contrato y la liquidación por los servicios efectivamente prestados en los términos expuestos en el escrito de demanda.
Efectuado el traslado de la demanda, la Letrada de la Cortes en nombre y representación de la Administración demandada contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se desestimara íntegramente el recurso interpuesto; todo ello con expresa imposición en costas a la parte actora.
En fecha 22 de septiembre de 2006 se presentó escrito de desistimiento por el Procurador
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Serafín Andrés Laborda en nombre y representación de la entidad mercantil GARDA SERVICIOS DE SEGURIDAD,S.A. En Auto de fecha 25 de octubre de 2006 la Sala acuerda declarar apartado y desistido de la prosecución del recurso a la parte codemandada, continuándose el procedimiento con las demás partes personadas.
Recibido el pleito a prueba, se declaró innecesario el pronunciamiento respecto de la documental en los apartados I) y II) propuestas por la parte actora; se declaró innecesario el pronunciamiento respecto de la documental propuesta en el apartado A), admitir la del apartado B) e inadmitir la del apartado
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propuestas por la parte demandada, con el resultado que obra en autos y una vez terminado el período de prueba, se formularon conclusiones escritas, por la parte actora y demandada, fijándose para votación y fallo el día 16 de diciembre de 2008.
Es objeto del presente procedimiento la impugnación del Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Aragón de 27 de octubre de 2005 por el que se acordó: resolver el contrato de servicios de protección de personas suscrito en 1 de agosto de 2005 con la actora, SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑOLA S.A.; imponer a dicha empresa la prohibición de contratar con las Cortes de Aragón durante un plazo de cinco años: comunicar el acuerdo de prohibición de contratar a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa para su declaración con carácter general, e imponer a la citada empresa una indemnización por daños y perjuicios.
Afirma la actora en el primero de los apartados que dedica a los fundamentos jurídicos, que el Acuerdo atacado es nulo de pleno derecho por cuanto, habiéndose formulado oposición por parte del contratista, se ha dictado sin que con carácter previo se...
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