STSJ Aragón 1/2010, 11 de Enero de 2010

PonenteLUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH
ECLIES:TSJAR:2010:894
Número de Recurso30/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1/2010
Fecha de Resolución11 de Enero de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.1

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00001/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

- SECCIÓN TERCERA DE REFUERZO RECURSO Nº: 30/07-D

S E N T E N C I A Nº 1 DE 2010

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ

MAGISTRADOS:

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH

DÑA. CARMEN SAMANES ARA

D.IGNACIO MARTÍNEZ LASIERRA

===================================

En Zaragoza, a once de enero de dos mil diez.

En nombre de S.M. el Rey.

La Sección tercera, funcional de refuerzo, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, integrada por los Magistrados de la Sala de lo Civil y Penal citados al margen, HA VISTO el presente recurso número 30/07-D seguido entre la parte demandante el AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE CINCA representada por la Procuradora Dª. Sonia Peire Blasco y dirigida por la Letrada de la Diputación Provincial de Huesca, Dª. Eloisa Contin Trillo-Figueroa y la demandada la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN representada y defendida por el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón. Se ha seguido el procedimiento conforme a los trámites legalmente previstos para el procedimiento ordinario en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y tiene por objeto la resolución de fecha 14 de noviembre de 2006 del Director General de Medio Natural sobre reintegro parcial de la Subvención concedida para la realización del proyecto "rehabilitación de edificio para centro de interpretación en Pomar del Cinca".

La cuantía del procedimiento ha quedado fijada en 10.245,52 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora Dª. Sonia Peire Blasco, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso administrativo contra la resolución indicada en el encabezamiento de esta Sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal el día 18 de enero de 2007 .

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo demanda basada en los hechos y fundamentos de derecho que constan en las actuaciones y que contenía su solicitud en el suplico recogido en los siguientes términos: >

TERCERO

De la demanda presentada se dio el traslado legalmente previsto a la Administración demandada, en cuya representación el Letrado actuante presentó contestación a la demanda mediante escrito cuyo suplico es del tenor literal siguiente: >

CUARTO

Por providencia de día 16 de febrero de 2007 fue designado ponente del presente procedimiento la Ilmo. Sr. D. Jesús María Arias Juana, se recibió el pleito a prueba, una vez terminado el período legalmente establecido y en virtud de la adscripción de Magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del mismo Tribunal, por providencia del día 14 de diciembre de 2009 fue designado nuevo ponente el Magistrado de la Sala Civil y Penal el Ilmo. Sr. D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH, fijándose para votación y fallo el día 22 de diciembre de 2009.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Según resulta del expediente administrativo remitido, es antecedente de la resolución impugnada la concesión por Orden de 26 de julio de 2004 del Consejero de Medio Ambiente de la subvención por importe de 69.000# al recurrente. Luego, una vez que fueron hechas y justificadas por cuantía de 69.151,79 # las obras subvencionadas, por Orden de la misma autoridad de 17 diciembre de 2004 se acordó, sin embargo, reducir la subvención a la cantidad de 55.321,43 #, sin trámite previo alguno ni audiencia del Ayuntamiento interesado, y con fundamento en que el importe de la subvención debía ser del 80 por ciento y no del cien...

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