STSJ Castilla y León , 23 de Mayo de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 23 Mayo 2012 |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 01003/2012
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID
C/ANGUSTIAS S/N
Tfno: 983413204-208
Fax:983.25.42.04
NIG: 24115 44 4 2011 0000445
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000794 /2012
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000717 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de PONFERRADA
Recurrente/s: INSS Y TGSS
Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL Recurrido/s: Alexander
Abogado/a: JOSE LUIS CORRAL GONZALEZ Procurador/a: FERNANDO VELASCO NIETO Iltmos. Sres.:
D. Gabriel Coullaut Ariño Presidente de la Sala
D. Manuel Mª Benito López
Dª. Susana Mª Molina Gutiérrez /
En Valladolid a Veintitrés de Mayo de dos mil doce.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación núm. 794/2012, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 2 de Ponferrada, de fecha 13 de Octubre de 2011, (Autos núm. 717/2010), dictada a virtud de demanda promovida por D. Alexander contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre INCAPACIDAD PERMANENTE EN GRADO DE GRAN INVALIDEZ.
Ha actuado como Ponente la Iltma. Sra. DOÑA Susana Mª Molina Gutiérrez.
Con fecha 15-10-2010 se presentó en el Juzgado de lo Social Nº 2 de Ponferrada demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos que constan en su parte dispositiva.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:
" PRIMERO.- Don Alexander, con DNI NUM000, nacido el NUM001 /1963, afiliado a la Seguridad social con el nº NUM002, encuadrado en el Régimen Especial de Autónomos, solicitó con fecha 2 de agosto de 2010, la prestación de incapacidad permanente, iniciándose el procedimiento para evaluar su situación en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas correspondientes.
Mediante resolución de fecha 26 de agosto de 2010 la Dirección Provincial del INSS declara al actor afecto a incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, con derecho a percibir una prestación correspondiente al 100% de la base reguladora de 728,34 euros, con fecha de efectos de 24 de agosto de 2010.
No conforme con dicha resolución la parte actora interpuso Reclamación Previa en fecha 9/09/10 siendo desestimada la misma por el INSS en
fecha 20/09/10, confirmando en todos sus extremos la resolución impugnada.
La parte actora padece el siguiente cuadro clínico residual: Antiguo traumatismo craneoencefálico (2008) con afectación de región periarbitaria y frontotemporal izquierda, herida en pierna izquierda (baremado en octubre de 2008), hemorragia temporal derecha secundaria a aneurisma de comunicante posterior derecha, neumonía nosocomial y las siguientes limitaciones anatómicas y funcionales: Bradispsiquia, hemiparesia izquierda, secuelas de craneoplastia derecha.
Con fecha 13 de abril de 2011 por la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de León, se dicta resolución por la que se reconoce a D. Alexander discapacidad de 87%, por discapacidad psíquica desde el 13/09/2010, concediendo al mismo 64 puntos en el apartado de
"necesidad de concurso de tercera persona", con derecho a percibir la prestación correspondiente. SEXTO.- La base Reguladora de la prestación que se solicita es de 728,34 euros mensuales, la fecha de efectos de 24/8/2010, y la fecha de revisión febrero de 2013, datos con los que las partes están conformes".
Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia...
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