STSJ Cataluña 3206/2012, 30 de Abril de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Abril 2012
Número de resolución3206/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

M.E.

IL·LM. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL

IL·LM. SR. DANIEL BARTOMEUS PLANA

IL·LM. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

Barcelona, 30 d'abril de 2012

La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats més amunt,

EN NOM DEL REI

ha dictat la següent

SENTÈNCIA NÚM. 3206/2012

En el recurs de suplicació interposat per Adriana, Delia, Lorena, Salome, Amparo, Emma

, Maribel, Trinidad, Camino, Francisca, Palmira, María Teresa, Custodia, Lourdes, Soledad

, Aurelia, Fermina, Paloma, Juan Carlos, Adela, Elisabeth i Marisa a la sentència del Jutjat Social 16 Barcelona de data 25 de maig de 2010 dictada en el procediment núm. 858/2009, en el qual s'ha recorregut contra la part Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona, Segurcaixa Holding, S.A., Segur Caixa, S.A. de Seguros y Reaseguros, María Antonieta, Coral, Lina, Tatiana, Camila, Agencaixa S.A., Vida Caixa S.A. de Seguros y Reaseguros, Juana, Sara, Candelaria, Jacinta, Sandra i Belen, ha actuat com a ponent Il·lm. Sr. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ.

ANTECEDENTS DE FET

Primer

En data 8 de setembre de 2009 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre reclamacio drets contracte treball, la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 25 de maig de 2010, que contenia la decició següent:

" Que desestimando la demanda en reconocimiento de derecho interpuesta por DÑA. Adela, DÑA. Elisabeth, DÑA. María Antonieta, DÑA. Coral, DÑA. Lina, DÑA. Marisa, DÑA. Tatiana, DÑA. Camila, DÑA. Adriana, DÑA. Delia, DÑA. Lorena, DÑA. Salome, DÑA. Amparo, DÑA. Emma, DÑA. Maribel, DÑA. Belen, DÑA. Trinidad, DÑA. Camino, DÑA. Francisca, DÑA. Juana, DÑA. Palmira

, DÑA. María Teresa, DÑA. Custodia, DÑA. Sandra, DÑA. Lourdes, DÑA. Soledad, DÑA. Aurelia, DÑA. Fermina, DÑA. Paloma, D. Juan Carlos, DÑA. Jacinta, DÑA. Sara y DÑA. Candelaria frente a AGENCAIXA, S.A. y CAIXA D'ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las peticiones formuladas en su contra. "

Segon

En aquesta sentència es declaran com a provats els fets següents:

  1. - Las actoras prestan servicios para Agencaixa, S.A., ostentando la antigüedad, categoría y salarios mensuales siguientes:

    Adela, 7.1.02, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.854,39.- #

    Elisabeth, 2.9.96, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.086,87.- #

    María Antonieta, 15.1.01, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.567,77.- #

    Coral, 5.2.01, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.183,33.- #.

    Lina, 8.2.99, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.991,58.- #

    Marisa, 13.1.03, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.692,66.- #

    Tatiana, 2.9.96, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.550,73.- #

    Camila, 20.3.90, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.906,93.- #

    Adriana, 1.2.99, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.396,23.- #

    Delia, 2.9.96, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.929,03.- #

    Lorena, 14.9.98, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.557,15.- #

    Salome, 4.9.00, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.385,81.- #

    Amparo, 5.10.99, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.755,45.- #

    Emma, 14.9.98, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.016,66.- #

    Maribel, 3.9.01, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.551,76.- #.

    Belen, 1.8.90, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.787,06.- #

    Trinidad, 21.1.08, Subgrupo V C-2 Nivel 6, 1.289,28.- #

    Camino, 18.2.08, Subgrupo V C-2 Nivel 6, 1.249,95.- #

    Francisca, 18.2.08, Subgrupo V C-2 Nivel 6, 1.254,44.- #

    Juana, 21.1.02, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.519,80.- #

    Palmira, inició la prestación de servicios mediante un contrato de agencia el 1.01.89, pasando el 5.2.90 a ser contratada por cuenta ajena. Subgrupo V C-1 Nivel 5. 2,136,32.- #

    María Teresa, 18.2.08, Subgrupo V C-2 Nivel 6, 1.277,77.- #

    Custodia, 19.4.93, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.545,00.- #

    Sandra, 14.2.98, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.016,66.- #.

    Lourdes, inició la prestación el día 2.9.99 mediante una ETT, pasando el 4.10.99 a ser contratada por la demandada. Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.623,69.- #.

    Soledad, 24.2.97, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.378,70.- #

    Aurelia, 3.9.01, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.172,65.- #

    Fermina, 2.9.02, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.458,10.- #

    Paloma, inició la prestación de servicios mediante un contrato de agencia el 14.12.88, pasando el

    5.2.90 a ser contratada por cuenta ajena. Subgrupo V C-1 Nivel 5, 2.573,00.- #

    Juan Carlos, 3.9.01, Subgrupo V C-1 Nivel 5,, 2.772,09.- #

    Jacinta, 1.8.90, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.680,33.- #

    Sara, 4.10.99, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.921,01.- #

    Candelaria, 22.1.90, Subgrupo V C-1 Nivel 5, 1.990,90.- #

    Docs. nº 655 a 712 parte actora. 2º.- SegurCaixa Holding, S.A. se estructura a través de tres entidades: SegurCaixa, S.A., VidaCaixa, S.A. y AgenCaixa, S.A., asociadas en en una Agrupación de Interés Económico bajo la denominación de Grupo Asegurador A.I.E. Hecho incontrovertido.

  2. - AgenCaixa, S.A. y VidaCaixa, S.A. en fecha 1.8.1992, suscribieron un contrato de agencia que faculta a la primera a comercializar productos de seguro de la segunda. Docs. nº 2 y 3 de AgenCaixa.

  3. - AgenCaixa, S.A. y SegurCaixa, S.A. en fecha 1.8.1991, suscribieron un contrato de agencia que faculta a la primera a comercializar productos de seguro de la segunda. Docs. nº 4 y 5 de AgenCaixa.

  4. - La Caixa y VidaCaixa, S.A. en fecha 3.5.1992, suscribieron un contrato de agencia que faculta a la primera a comercializar productos de seguro de la segunda. Doc. nº 3 de La Caixa.

  5. - La Caixa y SegurCaixa, S.A. en fecha 3.5.1992, suscribieron un contrato de agencia que faculta a la primera a comercializar productos de seguro de la segunda. Doc. nº 4 de La Caixa.

  6. - En fecha 4.3.2008, La Caixa, como arrendadora, y AgenCaixa, S.A., como arrendataria, suscribieron un contrato de arrendamiento de espacios y uso de determinados bienes muebles, con una renta anual de

    1.090.480,00.- #. Se da el mismo por íntegramente reproducido. Dos. nº 6 de AgenCaixa y nº 1 de La Caixa.

  7. - En la Normativa 021.33 de AgenCaixa de 9.4.2001, se definen las funciones del Delegado Comercial estando, entre otras, comunicar y consensuar con los asesores los objetivos individuales, realizar el seguimiento de los objetivos pactados, dar soporte técnico y comercial a los asesores, realizar con los mismos reuniones formativas e informativas y canalizar a Servicios Centrales las necesidades, sugerencias o incidencias que les comuniquen los asesores. Entre las funciones de los asesores están cumplimentar las instrucciones relativas al control de su gestión, según las pautas de la Delegación Comercial, informando al Delegado Comercial de cualquier propuesta, información, petición, etc. que sobrepase las normas de actuación definidas en el documento y que pueda generarse por parte del personal de "la Caixa", promocionar y comercializar los productos de seguros de VidaCaixa y SegurCaixa en las oficinas de "la Caixa" dirigiéndose al cliente e identificándose claramente como Asesor Comercial de AgenCaixa, tanto verbalmente como a partir de un elemento identificador. se da por íntegramente reproducido. Doc. nº 14 de AgenCaixa.

  8. - En fecha 11.1.2007, AgenCaixa y la representación legal de los trabajadores suscribieron un acuerdo sobre el Sistema de Retribución Variable de los asesores comerciales de AgenCaixa. Se da por íntegramente reproducido. Doc. nº 15 de AgenCaixa.

  9. - En fecha 27.9.2005, AgenCaixa y la representación legal de los trabajadores suscribieron un acuerdo sobre reglamentación de jornada y horario laboral, rotación de oficinas adscritas y abono del kilometraje. Doc. nº 19 de AgenCaixa.

  10. - AgenCaixa tiene una red de veinte Delegados Comerciales por toda España cuyo coste asciende a 2.139.280,00.- #. Doc. nº 21 de AgenCaixa.

  11. - En fecha 6.2.2009, AgenCaixa comunicó a sus Asesores Comerciales la Normativa de Actuación en Oficinas, como recordatorio de lo previsto en la Normativa 021.33. Doc. nº 23 de AgenCaixa.

  12. - Los trabajadores de AgenCaixa disponen de la Normativa en materia de liquidación de gastos de viaje, de la Normativa en materia de solicitud a cuenta de incentivos, así como del procedimiento a seguir en materia de comunicación y justificación de bajas médicas. Docs. nº 24, 26 y 27 de AgenCaixa.

  13. - Los trabajadores de AgenCaixa tienen a su disposición la aplicación informática "Portal del Asesor" en la que consta información sobre el convenio colectivo, formularios, adhesión al plan de pensiones, solicitud de cambio de oficina e información en materia de prevención de riesgos laborales. Doc. nº 30 de AgenCaixa.

  14. - Así mismo, disponen del aplicativo denominado "e-people" para gestionar sus vacaciones, permisos, ausencias, etc. Docs. nº 33 y 34 de AgenCaixa.

  15. - Los trabajadores disponen desde el año 2007 de un ordenador portátil facilitado por AgenCaixa desde el cual únicamente pueden realizar seguros. Doc. nº 35 de AgenCaixa y testifical a su instancia.

  16. - Los Asesores Comerciales de AgenCaixa, tienen restringido el acceso a las aplicaciones alojadas en el terminal financiero de "la Caixa" que no están relacionados con la gestión de seguros. Doc. nº 38 de AgenCaixa. 18º.- Los empleados de "la Caixa" realizan todo tipo de operaciones financieras así como seguros, mientras que los de AgenCaixa únicamente se dedican a comercializar seguros entre los que se encuentran los planes de pensiones. Testifical a instancia de ambas partes.

  17. - Los Delegados Comerciales de AgenCaixa, mantienen contacto verbal o por e-mail con sus Asesores Comerciales, reuniones semanales o mensuales, les dan las instrucciones concretas a seguir y evalúan y controlan su rendimiento. Testifical a instancia de AgenCaixa.

  18. - Los Asesores Comerciales de AgenCaixa, solicitan las vacaciones, permisos, ausencias a su Delegado Comercial, le informan sobre el desempeño de su actividad semanalmente y le informan sobre bajas por enfermedad. Testifical a instancias de AgenCaixa.

  19. - Los Delegados Comerciales de AgenCaixa,...

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