SAP Asturias 197/2012, 28 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha28 Marzo 2012
Número de resolución197/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OVIEDO

SENTENCIA: 00197/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OVIEDO

Sección nº 002

PALACIO DE JUSTICIA DE OVIEDO, C/ COMTE. CABALLERO S/N-SALA DE VISTAS Nº 1 EN PLANTA 2ª

Tfno.: 985.96.87.63-64-65 Fax: 985.96.87.66

08090 NOTIFICACION A PROCURADOR (UNO)

Número de Identificación Único: 33044 39 2 2009 0001814

Rollo : 0000068 /2009

Órgano Procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION. N.2 de OVIEDO

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000123 /2001

Contra: Primitivo

Procurador/a: FRANCISCO JAVIER FUMANAL FERNANDEZ

Abogado/a: MARIA JOSE CALDERON FERNANDEZ

SENTENCIA Nº 197/2012

ILMO. SR. PRESIDENTE

JULIO GARCIA BRAGA PUMARADA

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS

DOÑA COVADONGA VÁZQUEZ LLORENS

DOÑA MARIA LUISA BARRIO BERNARDO RÚA

En Oviedo, a veintiocho de marzo de dos mil doce.

VISTOS en Juicio Oral y público, por la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial los presentes autos procedentes del Juzgado de Instrucción nº 2 de Oviedo, seguidos por delitos de falsedad documental y estafa, con el número 123/07 de Procedimiento Abreviado (Rollo de Sala número 68/09), contra: Primitivo, con D.N.I. NUM000, de 52 años de edad, hijo de Joaquín y de Josefa, natural y vecino de Oviedo, soltero, mecánico, con instrucción, sin antecedentes penales, solvente, en libertad provisional por esta causa de la que permaneció privado el día 17 de mayo de 2006; representado por el Procurador de los Tribunales D. Francisco

J. Fumanal Fernández, bajo la dirección de la Letrado Dña. María José Calderón Fernández; Amadeo con D.N.I. NUM001, de 68 años de edad, hijo de Gustavo y Rosalía, natural y vecino de Oviedo, soltero, industrial, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional con fianza de 3000 euros, por esta causa, de la que permaneció privado del 17 al 19 de mayo de 2006, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jesús Vázquez Telenti, bajo la dirección de la Letrado Dña. Yolanda Calzón Maroto; Eugenio con D.N.I. NUM002, de 58 años de edad, hijo de José y Dolores, natural de Lugo y vecino de Oviedo, viudo, jubilado, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa de la que permaneció privado del 22 al 23 de mayo de 2006, representado por el Procurador de los Tribunales D. José Manuel Tahoces Blanco, bajo la dirección del Letrado D. Andrés Martínez Ceyanes; Leovigildo con D.N.I. NUM003, de 62 años de edad, hijo de Francisco y de María Luisa, natural y vecino de Oviedo, viudo, pensionista, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa de la que permaneció privado el día 19 de mayo de 2006, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Teresa Carnero Díaz, bajo la dirección de la Letrado Dña. Adoración Martínez Díaz; Jose Ignacio con D.N.I. NUM004, de 46 años de edad, hijo de Paulino y Guadalupe, natural y vecino de Oviedo, soltero, transportista, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa de la que permaneció privado el 18 de mayo de 2006, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Dolores Álvarez-Sala Sanjuan, bajo la dirección del Letrado D. Carlos Miguel Pendas Ruiz; Armando con D.N.I. NUM005, de 43 años de edad, hijo de Francisco y Paulina, natural y vecino de Oviedo, soltero, transportista, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Carmen María López Álvarez, bajo la dirección de la Letrado Dña. María Begoña Carneado Peruyera; Pilar con D.N.I. NUM006, de 45 años de edad, hija de José María y María Luisa, natural de Siero y vecina de Oviedo, divorciada, camarera, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Pilar Montero Ordóñez, bajo la dirección del Letrado D. José J. Martín Fernández; Gregorio con D.N.I. NUM007, de 23 años de edad, hijo de Rafael y de Esther, natural de Avilés y vecino de Oviedo, soltero, peón de la construcción, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Antonio Álvarez Arias de Velasco, bajo la dirección de la Letrado Dña. Lucia Juan de Dios Camiña; Pio con D.N.I. NUM008, de 54 años de edad, hijo de José Luis y de María del Carmen, natural y vecino de Oviedo, soltero, operario de limpiezas, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Victoria Arguelles Landeta, bajo la dirección del Letrado D. Arturo Méndez García; Jesus Miguel con D.N.I. NUM009, de 43 años de edad, hijo de Emilio y Amelia, natural de Almería y vecino de Oviedo, soltero, agente comercial, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, de la que permaneció privado del 19 al 20 de julio de 2006, representado por el Procurador de los Tribunales D. Rafael Serrano Martínez, bajo la dirección de la Letrado Dña. Raquel Robalén, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dña. MARIA LUISA BARRIO BERNARDO RÚA, procede dictar sentencia fundada en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran HECHOS PROBADOS, los que a continuación se relacionan:

El acusado Amadeo se puso de acuerdo con los también acusados Primitivo, Eugenio y Leovigildo para llevar a efecto una serie de acuerdos y transacciones comerciales que les permitieron hacerse con productos cárnicos adquiridos, sin el abono del correspondiente precio, en determinadas empresas del sector, a nombre de empresas inexistentes o de terceras personas ajenas al entramado, los que recibían en las direcciones facilitadas, ya fueran domicilios o la empresa Fridalsa, y posteriormente distribuyeron obteniendo pingües beneficios con su venta. Esas terceras personas de las que se valían fueron captadas por los citados entre aquellas que se encontraban en sin empleo, como lo fue en el caso de Jose Ignacio, Armando, Pilar y Gregorio, tras ofrecerles la posibilidad de obtener rendimientos económicos con su participación en el negocio, para lo que fueron dados de alta como autónomos en la seguridad social y les abrieron cuentas a su nombre, con un importe mínimo de dinero, en determinadas entidades bancarias de las que obtuvieron cheques y pagarés que se utilizaron en las transacciones llevadas a cabo como medio de pago.

Así sucedió, en el mes de julio de 2005, con Gregorio a cuyo nombre se abrieron dos cuentas corrientes: una en la oficina del BBVA de San Lázaro con el número NUM010 y otra en el Banco Herrero también de San Lázaro en Oviedo. También fue contratada a su nombre el alquiler de una cámara frigorífica en la empresa FRIDALSA situada en el Polígono de Silvota de Oviedo destinada a recibir y almacenar los productos alimenticios procedentes de las empresas a las que realizaban los pedidos, ocasionando unos gastos que no consta hayan sido abonados y tampoco consta su importe. Utilizando su documentación procedieron a realizar diferentes pedidos a su nombre con cargo a las referidas cuentas, recibiendo el 24 de agosto de 2005 de la

entidad PUSAN SECADEROS con domicilio en Las Torres de Cotillas en Murcia, mercancía por importe de

7.154,54 euros, que posteriormente hubo de ser abonada por la aseguradora Crédito y Caución, habiendo generado unos gastos por impago de 143,09 euros. Igualmente recibieron, con fecha 16 de septiembre de 2005, mercancía de la empresa VIP VENTA INFORMATICA Y PAPELERÍA de Alcantarilla en Murcia, por importe de 6.974,50 euros que generaron unos gastos de 436,68 euros. Cantidad que también fue abonada por la aseguradora Crédito y Caución. Por el mismo procedimiento obtuvieron el 5 de agosto de 2005 mercancía de la empresa LUMAGIMUR S.L., con domicilio en Murcia, por importe de 12.850,81 euros, que generaron unos gastos de devolución de 257,02 euros, cantidad que no ha sido pagada; de la empresa COMERCIAL SAN ROQUE 2003 S.L.U. con domicilio en Murcia obtuvieron mercancía documentada en dos facturas, la primera de fecha 25 de agosto de 2005 por importe de 10.354,97 euros, ocasionando unos gastos por impago de 207,10 euros, y la segunda de fecha 31 de agosto de 2005 por importe de 6.719,24 euros, que no han sido pagadas. De la empresa OLMEDO Y MEDINA S.L. con fecha 16 de septiembre de 2005 recibieron mercancía por importe de 6.974,50 euros y que ocasionaron unos gastos por impago de 436,68 euros que no se han pagado.

A las 13'20 horas del día 9 de agosto de 2005, Gregorio retiró de la cámara de Fridalsa un palet de jamones, de 615 kilos de peso y el mismo día Pio retiró otro palet de jamones de 615 kilos de peso, haciéndose constar en ambos casos el D.N.I de éste último que firmó los albaranes de recibo. Ese mismo mes Gregorio también recogió mercancía de una vivienda sita en San Esteban de las Cruces, propiedad de Sabino, quien se la había dejado a Amadeo, sin que conste conociese la ilícita actividad desarrollada.

En noviembre de 2005, contactaron con el acusado Armando, le dieron de alta como autónomo y fue abierta una cuenta corriente a su nombre en la entidad Caja España situada en la calle Alonso Quintanilla nº 3 de Oviedo, con el número NUM011, la que utilizaron junto con su documentación para contratar con la empresa MUCARNSA S.L., de la que figura como socio único y administrador Benigno, con domicilio social en la calle Italia s/n de Pliego-Murcia, quien en noviembre y diciembre de 2005 le vendió mercancía, para cuyo pago le...

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