STSJ Andalucía 697/2012, 29 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución697/2012
Fecha29 Febrero 2012

Recurso.- 1367/11(L), sent. 697/12

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO, Presidente

Dª. MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veintinueve de febrero de dos mil doce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 697 /12

En el recurso de suplicación interpuesto por la CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, representado por el Letrado del Gabinete Jurídico, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Huelva en sus autos núm. 14/2.011; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente fue demandado por D. Emiliano, en demanda de despido, se celebró el juicio y el 10 de noviembre de dos mil diez se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión, declarando nulo el despido por vulneración de la garantía de indemnidad.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"I.- D. Emiliano, mayor de edad, con DNI NUM000, viene prestando servicios por cuenta y bajo dependencia de la Consejería demandada con categoría de Bachiller Superior, Técnico en Informática, centro de trabajo sito en el Departamento de Inserción Profesional "Programa Solidaridad de los Andaluces" del Servicio de Acción e Inserción Social, formalizándose por escrito los siguientes contratos:

  1. - Contrato de Asistencia de fecha 01.07.05 suscrito con la Dirección General de Servicios Sociales e Inclusión de la Conserjería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, conforme a las prescripciones técnicas al folio 36 (por reproducido) con duración desde el 01.07.05 al 10.10.05.

  2. - Contrato de Asistencia de fecha 17.10.05 suscrito con la Dirección General de Servicios Sociales e Inclusión de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, conforme a las prescripciones técnicas al folio 37 (por reproducido) con duración desde el 17.10.05 al 30.12.05. 3.- Contrato de Asistencia de fecha 13.0 1.06 suscrito con la Dirección General de Servicios Sociales e Inclusión de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, conforme a las prescripciones técnicas al folio 38 (por reproducido) con duración desde el 18.0 1.06 al 16.07.06.

  3. - Contrato de Asistencia de fecha 17.07.06 suscrito con la Dirección General de Servicios Sociales e Inclusión de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, conforme a las prescripciones técnicas al folio 39 (por reproducido) con duración desde el 17.07.06 al 29.12.06.

  4. - Contrato de Consultoría y Asistencia de fecha 01.02.07 suscrito con la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, conforme a memoria justificativa a los folios 47 y 48 (por reproducidos) con duración desde el 01.02.07 al 3 1.07.07.

  5. - Contrato de Consultoría y Asistencia de fecha 01.08.07 suscrito con la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, que obra a los folios 51 a 53 (por reproducidos), expediente n0 NUM001, con duración desde el 01.08.07 al 31.12.07, con sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares a los folios 60 y ss. (por reproducidos).

  6. - Contrato de Consultoría y Asistencia de fecha 15.04.08 suscrito con la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, expediente n0 NUM002, con duración desde el 15.04.08 al 31.07.08. Dicho contrato fue prorrogado al amparo de cláusula adicional de prórroga de fecha 01.08.08 (folios 137 y ss., por reproducidos) hasta el 16.11.08.

  7. -Contrato menor de servicios suscrito con la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía de 11.02.09 con duración desde esa fecha hasta el

    30.06.09 y que obra a los folios 159-160 (por reproducidos).

  8. -Contrato menor de servicios suscrito con la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía de 01.07.09 con duración desde esa fecha hasta el

    31.12.09 y que obra a los folios 200 y ss. (por reproducidos).

  9. -Contrato menor de servicios suscrito con la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía de 13.01.10 con duración desde esa fecha hasta el

    30.06.10 y que obra a los folios 235 y ss. (por reproducidos).

    1. El actor ha prestado servicios de manera ininterrumpida con la categoría reseñada en el Hecho anterior desde el 01.07.05, incluso en los

      intervalos de tiempos entre los contratos reseñados en los apartados 1 y 2, 2 y 3, 4 y 5, 6 y 7, 7 y 8, y 9 y 10.

    2. Desde el 01.06.05 el demandante consta de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

    3. El Sr. Emiliano ha venido prestando sus servicios en una mesa que tenía asignada en las dependencias del Departamento de Inserción Profesional, 5 días a la semana, de lunes a viernes, de 08#00-15#00 horas en horario de invierno y de 08#00 a 14#00 horas en horario de verano, compartiendo sala con otros compañeros, funcionarios y contratados laborales del mentado Departamento. Para ello, disponía de ordenador, teléfono, etc. facilitados por la entidad demandada. Empleaba material de oficina (bolígrafos, papel, etc.), fotocopiadora, faxes, impresora etc. puestos a su disposición por la Consejería. Accedía al programa informático de la Consejería a través de su propia clave, tenía su propia dirección de correo ( DIRECCION000 ) y un número de teléfono asignado a su persona ( NUM003 ) que aparecía en el listado correspondiente al Servicio de Acción e Inserción Social.

    4. El actor recibía órdenes y directrices y estaba bajo la supervisión de un administrativo y, por encima, como superior jerárquico, tenía al Jefe del Departamento.

      Estaba sometido a un control horario mediante firma diaria en la entrada y salida del centro de trabajo.

    5. Disfrutaba de vacaciones conforme a un planning establecido con todos los compañeros del Departamento de Inserción Profesional, que debían ser autorizadas desde arriba.

    6. Desde el comienzo de la relación contractual, el actor ha percibido una retribución mensual periódica, previa presentación de factura girada a la Consejería, incrementada por el porcentaje de IVA correspondiente.

    7. - Las funciones que ha desarrollado han sido, en síntesis, las que siguen: - apoyo, organización y gestión del Programa de Solidaridad, seguimiento y control de programas sociales, atención a las personas, asociaciones y colectivos atendidos desde la Dirección General y sus Delegaciones Provinciales.

      -gestión administrativa de nuevos expedientes.

      -ampliación y apoyo a la grabación de base de datos actual para integrar los nuevos solicitantes.

      - creación de una base de datos que incluyera todos los beneficiarios del Programa de Solidaridad, ciudadanos de la UE pero no eran nacionales españoles.

      -estudio y elaboración de informes, planes, anteproyectos, estudios, proyectos técnicos, organizativos, económicos, o sociales, relacionados con las materias competencias del Servicio de Acción e Inserción Social.

      -elaboración de tablas estadísticas que recogieran datos necesarios para elaborar cuadros y gráficos que habían de ser presentados en las Comisiones de Valoración.

      -realización de balances mensuales, trimestrales, semestrales y anuales, pedidos por la Delegación, don se recogían los datos económicos y administrativos del Programa de Solidaridad.

      -relación económica por separada de municipios de las diferentes comisiones.

      -emisión de citaciones para las Precomisiones y Comisiones de los organismos intervinientes en las mismas.

      -en períodos vacacionales o de ausencias del anterior Jefe de Departamento, D. Abilio, ha llegado a realizar parte de su trabajo, como control de expedientes.

      -apoyo al Grupo Administrativo, al de Trabajadores Sociales y al Equipo Económico, en cualquier ámbito dentro del Sistema Integrado de Servicios Sociales.

      -publicaciones en BOJA y Ayuntamientos de los documentos de los expedientes que no han recogido la documentación enviada por el Programa de Solidaridad a los interesados.

      -archivo de acuses de recibo de los expedientes informados de algún tipo de incidencia con el Programa, Resoluciones, requerimientos, etc.

      -atención al público para el asesoramiento de ayuda y requisitos para la percepción de las ayudas, cuando ha faltado el personal destinado a tal menester.

    8. Los días 22, 27 y 30 de abril del año, en curso el actor formuló denuncia y ampliación de la mismas, ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (folios 428 y ss., por reproducidos), iniciándose actuaciones inspectoras por parte de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, emitiendo el funcionario actuante, en expediente n0 NUM004, Informe de fecha 04.11.10 (folios 273-278, por reproducidos) en el que se ponía de manifiesto, entre otras cuestiones, que se había celebrado con el actor un total de 10 contratos desde 2005, deduciéndose que los trabajos desarrollados por el Sr. Emiliano no respondían a una necesidad ocasional sino prolongada en el tiempo que podía ser calificada de permanente. Asimismo, el actor carecía de medios personales y materiales suficientes para la ejecución de los contratos, siendo puestos a su disposición por la delegación, realizando sus...

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