STSJ Galicia 14/2012, 29 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución14/2012
Fecha29 Marzo 2012

T.S.J.GALICIA SALA CIV/PE

A CORUÑA

SENTENCIA: 00014/2012

S E N T E N C I a Núm.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

Sala de lo Civil y Penal

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Juan José Reigosa González

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Pablo Saavedra Rodríguez

Don José Antonio Ballestero Pascual.

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A Coruña, veintinueve de marzo de dos mil doce.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los magistrados expresados en el encabezamiento, vio el recurso de casación número 48/2011, interpuesto, en nombre y representación de don Luis Carlos , por la procuradora doña Francisca María Rodríguez Ambrosio y aquí representado por el Procurador D. Miguel Vilariño García, bajo la dirección de la letrada doña María Alicia Novoa Valcárcel, contra la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, el 28 de junio de 2011, en el rollo número 127/2011 , conociendo en segunda instancia de los autos del Juicio Verbal número 228/2011 sobre servidumbre de paso, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Estrada; siendo recurrido don Luis Carlos y doña Sara , representados por la procuradora doña María Dolores Villar Pispieiro y asistidos por la letrada doña Inés Barreiro Reboredo.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. José Antonio Ballestero Pascual.

Antecedentes de hecho
PRIMERO

La procuradora doña Raquel Puente Fernández, interpuso con fecha 28 de junio de 2010 demanda de Juicio Verbal ante el Juzgado de Primera Instancia de A Estrada, la que fue turnada al Juzgado nº 1, y en la que, tras las alegaciones fácticas y de derecho correspondientes, terminó suplicando se dictase sentencia por la que se declare el derecho de mis mandantes a variar a su costa la servidumbre actualmente existente sobre la finca NUM000 ene l modo y forma que se indica en el plano del informe pericial unido a la presente demanda, y subsidiariamente en el que determine el Perito judicial, condenando a los demandados a estar y pasar por tal declaración consintiendo la variación resultante de la misma, todo ello con expresa imposición de costas para el caso de oposición.

Admitida a trámite la demanda por decreto de 14 de julio de 2010, se dio traslado de la misma a los demandados citando a las partes para la celebración del juicio para el siguiente día 24 de septiembre, con el resultado que obra en las actuaciones y quedaron los autos conclusos para sentencia, la que fue dictada el 9 de noviembre de 2010 y cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Que debo estimar la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Raquel Puente Fernández, en nombre de Dª. Amalia frente a D. Luis Carlos representado por la procuradora Dª. Magdalena Méndez-Benegassi Gamallo: Declarar el derecho a variar, a su costa, la servidumbre actualmente existente sobre la finca nº NUM000 en el modo y forma que se indica en el informe pericial unido a los autos. También correrá a costa de la demandante la realización de las siguientes obras en la zona inmediata al acceso, dentro del perímetro de la finca nº NUM001 ; un pilar de hormigón para fijar el marco batiente del portal de corredera, una guía empotrada en el pavimento, pavimento que estará formado por recortes de piedra de distintos tipos, el cierre de la entrada actual existente con un muro de bloques, el traslado del portal de corredera siempre que ello fuera posible, sino la sustitución por otro de iguales condiciones y características.

Se imponen las costas de conformidad con lo establecido en el fundamento jurídico cuarto: cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso apelación la parte demandante. Con fecha 28 de junio de 2011 la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña , dictó sentencia con el siguiente fallo:

Estimar en parte el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Raquel Puente Fernández, en nombre de Dª. Encarnacion y D. Simón , asimismo estimar parcialmente a impugnación deducida por la Procuradora Magdalena Méndez Benegassi Gamallo, en nombre de D. Luis Carlos , y revocar en parte la sentencia impugnada, dictada en fecha 9 de noviembre de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de A Estrada , estimando la demanda y declarando el derecho de variar, a su costa, la servidumbre de paso que grava la finca número NUM000 de su propiedad,...

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