STSJ Comunidad de Madrid 801/2011, 1 de Diciembre de 2011

PonenteFERNANDO MUÑOZ ESTEBAN
ECLIES:TSJM:2011:13690
Número de Recurso3021/2011
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución801/2011
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2011
EmisorSala de lo Social

RSU 0003021/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00801/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2011 0047508, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003021/2011-P

Materia: OTROS DESPIDOS

Recurrente/s: Ismael, CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL DE LA CAM CAM

Recurrido/s: Ismael, CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL DE LA CAM CAM, GSS VENTURE SL, GSS GLOBAL SERVICE, SALES SOLUTIONS LINE SL, HERMANOS ALONSO GARRAN SL

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de MADRID de DEMANDA 0001060 /2010

Sentencia número:801

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

MANUEL RUIZ PONTONES

FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En MADRID, a uno de Diciembre de dos mil once, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en los RECURSOS de SUPLICACION seguidos al número 3021/2011, formalizados por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. MARIA CONCEPCION ARRANZ PERDIGUERO, en nombre y representación de Ismael y por el Sr. LETRADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en nombre y representación de la CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL DE LA CAM, contra la sentencia de fecha 27 de diciembre de dos mil diez, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 003 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0001060/2010, seguidos a instancia de Ismael frente a CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL DE LA CAM, GSS VENTURE SL, GSS GLOBAL SERVICE, SALES SOLUTIONS LINE SL y HERMANOS ALONSO GARRAN SL, en reclamación por despido, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente en cuyo fallo constaba lo siguiente:

"Que desestimo las excepciones planteadas, de incompetencia de la jurisdicción social, falta de acción y de legitimación pasiva, estimando la demanda formulada por D. Ismael contra LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO en su petición subsidiaria, debo declarar y declaro la extinción de su último contrato (30/6/2010) como despido improcedente, condenando a la entidad demandada a que, a su opción, en plazo de cinco días a partir de su notificación de la presente resolución, le readmita en su puesto de trabajo, o le indemnice en cuantía de

11.914,61 euros con abono de salarios de tramitación desde la fecha de efectos del despido hasta la fecha de notificación de la sentencia o hasta la readmisión en caso de que ésta se hubiera producido, a razón de 72,21 euros diarios.

Absolviendo a las codemandadas: SS VENTURE SL, GSS GLOGAL SALES SOLUTIONS LINE SL, y Hermanos Alonso Garran SL, de las peticiones deducidas en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

La parte actora comenzó a prestar sus servicios como ABOGADO para la Comunidad de Madrid de forma continuada desde el 15 de noviembre de 2006 en la Dirección General de la Vivienda y Rehabilitación, percibiendo un salario bruto mensual de 2.166,33 euros por todos los conceptos,(según convenio es la que corresponde al Grupo I Titulado superior categoría 9ª).

SEGUNDO

La parte demandante ha prestado servicios para la Comunidad de Madrid, de la siguiente manera:

-De 15/11/2006 a 31/12/2007: trabajo sin suscribir contrato escrito alguno.

-De 1/01/2008 a 31/12/2008 trabajó sin suscribir contrato escrito alguno con la Comunidad de Madrid. Desde mayo de 2008 a Noviembre de 2008 facturó a una empresa denominada HERMANOS ALONSO GARRAN, SL, con la cual suscribió un contrato mercantil. En septiembre de 2008 paso una factura a la Comunidad de Madrid.

-De 1.01.2009 a 30.06.2009: suscribió contrato administrativo con la Comunidad de Madrid en el que el objeto del contrato era "prestación de servicios de apoyo técnico jurídico a la Dirección General de la Vivienda y rehabilitación de la Consejería de medio Ambiente, Vivienda y ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación de los planes y programas en materia de concesión de préstamos cualificados y subvenciones de vivienda, así como las ayudas directas del estado destinadas al apoyo económico a los jóvenes para el pago del alquiler de la vivienda (Renta básica de Emancipación).

-De 1/7/2009 a 31/12/2009: trabajó sin contrato administrativo alguno, percibiendo la retribución mediante pagos de dinero en metálico y facturando a la Comunidad de Madrid.

-De 1.01.2010 a 30.06.2010: suscribió contrato administrativo con la Comunidad de Madrid en el que el objeto del contrato era "prestación de servicios de apoyo técnico jurídico a la oficina de la vivienda de la Consejería de Medio ambiente, vivienda y ordenación del territorio de la Comunidad de Madrid en materia de ayudas destinadas al apoyo económico para el pago del alquiler de la vivienda (Renta Básica de Emancipación). -durante la vigencia de los dos contratos administrativos suscritos con la Comunidad de Madrid se dio la circunstancia de que percibió en el mes de enero de 2009 el importe correspondiente a una factura que remitió a la empresa GSS VENTURE,SL y en el mes de enero de 2010 a la empresa GSS GLOBAL SERVICE en enero de 2010.

-Durante esos periodos ha estado de alta en la mutualidad de la Abogacía.

TERCERO

La relación del actor, pese al pago de facturas por otras empresas (GSS GLOBAL SERVICE, GSS VENTURE SL y HERMANOS ALONSO GARRAN, SL), siempre ha sido con la Comunidad de Madrid que era quien elaboraba las facturas, recibiendo el actor directamente las ordenes de la Jefe de servicio, del Subdirector de Adjudicaciones y Apoyo al Ciudadano y la Jefa de Área de adjudicaciones, dependiendo jerárquicamente de ellos, utilizando los materiales del organismo y estando, por tanto, sujeto al régimen organizativo-empresarial de la Comunidad de Madrid.

CUARTO

El trabajo que el demandante ha venido desarrollando desde el inicio de la relación laboral ha sido siempre el mismo, en concreto las funciones llevadas a cabo en la Dirección General de Patrimonio son las siguientes:

-Área de adjudicaciones:

-gestión tramitación y resolución de reclamaciones escritas (contestaciones a particulares) relacionadas con la aplicación del Decreto 19/2006 de 9 de febrero, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas patrimonio del Instituto de la Vivienda de Madrid.

-Gestión, tramitación y resolución de reclamaciones SYRE.

-Elaboración de respuestas dirigidas a defensor del Pueblo, con ocasión de las quejas planteadas por los ciudadanos.

-Elaboración de informes referentes a los recursos presentados por los ciudadanos, tras la desestimación o denegación de sus solicitudes.

-Elaboración de informes y estudios jurídicos referentes a la aplicación del Decreto 19/2006 de 9 de febrero.

-Asesoramiento Jurídico integral en la materia competencia del Área de adjudicaciones.

-Revisión de la documentación obrante en los expedientes de las convocatorias abiertas en los distintos municipios de Madrid, así como los provenientes del Cupo de Especial Necesidad.

-Verificación de los requisitos a cumplir para la adjudicación de viviendas, y resolución de los expedientes incoados.

-Realización de visitas presénciales a viviendas con el equipo de trabajadores sociales del Área para la valoración de las situaciones de necesidad de vivienda de los solicitantes.

-Apoyo jurídico en las entrevistas realizadas por los trabajadores sociales en las dependencias del Área de adjudicaciones.

-Realización de visitas a domicilios para colaboración en los informes de situación de necesidad de vivienda.

-Asistencia a reuniones, como personal propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Madrid, referidas a aplicaciones normativas, relaciones ínter administrativas y relaciones con otros organismos propios o ajenos a dicha administración.

-Organización de grupos de trabajo de revisión de personal propio del Área de Adjudicaciones.

-Tramitación de expedientes de adjudicación a través de la aplicación de la Comunidad de Madrid SDV.

.Oficina de vivienda:

-Seguimiento de la actividad desarrollada por la asistencia técnica en materia de ayudas económicas de vivienda.

-Impartir formación a la asistencia técnica y al personal propio de la Dirección general de vivienda y Rehabilitación.

-resolución de expedientes de solicitud de ayudas económicas de vivienda. -seguimiento y valoración de los objetivos fijados por la asistencia técnica.

-Interlocutor de la Subdirección General de Adjudicaciones y Apoyo al Ciudadano y dicha asistencia.

-Asistencia en nombre de esta Subdirección a las reuniones fijadas por el Área de ayudas de vivienda (Subdirección de subvenciones y Calificaciones).

-Interlocutor de la Subdirección de Adjudicaciones y Apoyo al Ciudadano y la Subdirección de subvenciones y calificaciones.

-Despacho de asuntos con el Subdirector de adjudicaciones y Apoyo al...

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