STSJ Comunidad de Madrid 97/2012, 8 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución97/2012
Fecha08 Febrero 2012

RSU 0002985/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00097/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (Pº. del General Martínez Campos, 27 -Madrid 28010- (002)

N.I.G: 28079 34 4 2011 0047472, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002985 /2011-s

Materia: CONTRATOS DE TRABAJO

Recurrente/s: Alejandro, Carlos, Eutimio, Ildefonso, Matías, Sabino, Carlos Ramón, Adolfo, Calixto, Esteban, Hugo, Narciso, Teodosio, Jesús Carlos, Arturo

Recurrido/s: CONTENEMAR SA, ASMAR CORPORACION LOGISTICA SL, ISLEÑA MARITIMA DE CONTENEDORES SA ISCOMAR, Epifanio, Hipolito, PETROPESCA SL, Millán, ASTIL MIREL SL, Teodoro, MEYKEL SA, TASMAR LOGISTICA SA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 27 de MADRID de DEMANDA 0000244 /2010

Sentencia número:

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

MANUEL RUIZ PONTONES

FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En MADRID a ocho de Febrero de dos mil doce, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002985 /2011, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. RAFAEL GOIRIA GONZALEZ, en nombre y representación de Alejandro, Carlos, Eutimio, Ildefonso, Matías, Sabino, Carlos Ramón, Adolfo, Calixto, Esteban, Hugo, Narciso, Teodosio, Jesús Carlos, Arturo, contra la sentencia de fecha 23.12.10, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 027 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0000244 /2010, seguidos a instancia de Alejandro, Carlos, Eutimio, Ildefonso, Matías, Sabino, Carlos Ramón, Adolfo, Calixto, Esteban, Hugo, Narciso, Teodosio, Jesús Carlos, Arturo, CONTENEMAR SA, ASMAR CORPORACION LOGISTICA SL, ISLEÑA MARITIMA DE CONTENEDORES SA ISCOMAR, Epifanio, Hipolito, PETROPESCA SL, Millán, ASTIL MIREL SL, Teodoro, MEYKEL SA, TASMAR LOGISTICA SA frente a Alejandro, Carlos, Eutimio, Ildefonso, Matías, Sabino, Carlos Ramón, Adolfo, Calixto, Esteban, Hugo, Narciso, Teodosio, Jesús Carlos, Arturo, CONTENEMAR SA, ASMAR CORPORACION LOGISTICA SL, ISLEÑA MARITIMA DE CONTENEDORES SA ISCOMAR, Epifanio, Hipolito, PETROPESCA SL, Millán, ASTIL MIREL SL, Teodoro, MEYKEL SA, TASMAR LOGISTICA SA, en reclamación por, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MANUEL RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

Los demandantes, cuyas circunstancias personales constan en el escrito de demanda, prestaron servicios laborales por cuenta de la empresa demandada ISLEÑA MARÍTIMA DE CONTENEDORES, S.A. (ISCOMAR, S.A.), con las circunstancias de categoría profesional, antigüedad y salario bruto anual que se indica:

- Calixto Contramaestre-23/06/78-19.275 euros

- Hugo Contramaestre-12/07/81-21.877 euros

- Narciso Marinero-06/O1/76-23.271 euros

- Eutimio Radiotelegrafista-21/09/77-27.158 euros

- Ildefonso Marinero-14/O5/80-18.651 euros

- Adolfo Marinero-22/03/81-17.936 euros.

- Sabino Contramaestre-23/11/78-19.548 euros.

- Carlos Ramón Marinero-11/12/78-21.514 euros

- Teodosio Marinero-O1/02/78-18.973 euros

- Jesús Carlos Calderetero-22/09/79-18.963 euros

- Carlos Cocinero-08/05/78-19.261 euros

- Alejandro Mecánico 1`-08/08/72-25.480 euros

- Matías Of. Máquinas-11/11/78-27.130 euros

- Esteban Marinero-10/10/77-21.537 euros

- Arturo Camarero-30/05/77-19.316 euros.

SEGUNDO

Por Sentencia de fecha O1/07/2008 del Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso -Administrativo, notificada a la parte actora el 17/07/2008 se declaró no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra la Sentencia de 30/O5/2005 del Tribunal Superiór Justicia Baleares que a su vez estimo el recurso contencioso administratrivo declarando contrario al ordenamiento jurídico y anulando la Resolución de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del Gobierno Balear de 17/04/1997 que autorizó a la empresa ISCOMAR, S.A. la suspensión temporal de actividades de los trabajadores entre los que estaban los aquí, demandantes por un periodo de 12 meses.

La Sentencia de Tribunal Supremo señala como corolario para rechazar el Recurso de Casación: "Por ello, si la Sala de instancia para entender improcedente la autorización de la suspensión de empleo atiende a la acreditada existencia de un grupo de empresas, la no justificación de la problemática económica en todas ellas y la existencia de la maniobra empresarial declarada por un Juzgado de lo Social de Palma de Mallorca respecto a ambas empresas (ISCOMAR, S.A. y CONTENEMAR, S.A.), a ello debemos estar". -Doc. 1 y 2 actores-.

TERCERO

Los demandantes, en virtud de la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 17/04/1997, vieron suspendidos sus contratos de de trabajo desde el 18/04/1997 hasta el 5/5/1998 en que finalmente se extinguieron sus contratos de trabajo por otro ERE.

CUARTO

La mercantil ISCOMAR, S.A. ha sido declarada en concurso voluntario por Auto de 16/10/2009 dictado por el Juzgado Mercantil n° 1 de Madrid .

QUINTO

La mercantil CONTENEMAR, S.A. ha sido declarada en concurso voluntario por Auto del Juzgado Mercantil n° 12 de Madrid, procedimiento 20/09.

La mercantil ASMAR CORPORACIÓN LOGÍSTICA, S.L. ha sido declarada en concurso voluntario por Auto de 12/O1/2010 del Juzgado Mercantil n° 9 de Madrid. -No controvertido-.

SEXTO

Numerosas Sentencias, ya firmes, dictadas por los Juzgados de Social de Madrid han declarado la existencia de un Grupo Empresarial entre las empresas aquí demandadas ISCOMAR, S.A.; CONTENEMAR, S.A.; ASMAR CORPORACIÓN LOGÍSTICA, S.L.; MEYKEL, S.L. Y ASTIL MIREL, S.L., además de otras varias empresas que no han sido demandadas con la consiguiente condena solidaria a dichas empresas como grupo empresarial de las responsabilidades declaradas respecto de trabajadores de una o varias de ellas. -Doc. 3 actores-.

SÉPTIMO

Con fecha 02/07/2009 formularon los actores papeleta de conciliación.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Que desestimando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR