STSJ Castilla y León 304/2011, 2 de Febrero de 2011
Jurisdicción | España |
Fecha | 02 Febrero 2011 |
Número de resolución | 304/2011 |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 00304/2011
Sección Primera
65586
Número de Identificación Único: 47186 33 3 2007 0103128
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001943 /2007
Sobre ADMINISTRACION AUTONOMICA
De IÑESTA & PEREZ GESTION GLOBAL 2006 S.L.
Abogado: D.ª FATIMA IÑESTA RASTROLLO
Contra CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO (JUNTA DE CASTILLA Y LEON)
Representante: LETRADO COMUNIDAD
SENTENCIA N.º 304
ILMO. SR. PRESIDENTE:
DON ANTONIO J. FONSECA HERRERO RAIMUNDO
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
DON SANTOS H. DE CASTRO GARCÍA
DON FELIPE FRESNEDA PLAZA
En Valladolid, a dos de febrero de dos mil once.
VISTO por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, el recurso contencioso-administrativo número 1943/2007, interpuesto por la Procuradora Sra. Foronda Rodríguez, en representación de IÑESTA & PEREZ GESTIÓN GLOBAL 2006 S.L., siendo parte demandada la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos, impugnándose la resolución de la Viceconsejería de Empleo de 27 de septiembre de 2007 por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por la entidad actora frente a resolución del Director General de Economía Social de la Consejería de Economía y Empleo de 17 de noviembre de 2006 en la que se acordó declarar concluso el procedimiento de tramitación de subvención para el expediente CSLINC/06/PA/003, conforme a la Orden EYE/317/2006, de 2 de marzo, por la que se convocan ayudas para el fomento de empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales, y habiéndose seguido el procedimiento jurisdiccional ordinario previsto en la Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa de 13 de julio de 1998 .
La representación procesal de la parte actora interpuso recurso contencioso-administrativo contra resolución expresada en el encabezamiento.
Reclamado el expediente administrativo, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa de 13 de julio de 1998, y una vez que fue remitido este, se dio traslado a la parte recurrente para que formulara la demanda, lo que hizo en término legal, efectuando las alegaciones que se expresan en la fundamentación jurídica de esta resolución.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda, alegando la legalidad del acuerdo recurrido.
Las partes no solicitaron el recibimiento del juicio a prueba ni formulado escrito de conclusiones, habiéndose señalado el procedimiento para votación y fallo para el día 1 de febrero de 2011.
Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FELIPE FRESNEDA PLAZA.
Se plantea en el presente recurso jurisdiccional, la impugnación de la resolución de la Viceconsejería de Empleo de 27 de septiembre de 2007 por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por la entidad actora frente a resolución del Director General de Economía Social de la Consejería de Economía y Empleo de 17 de noviembre de 2006 en la que se concede a dicha entidad la cantidad de 7000 euros, conforme a la Orden EYE/317/2006, de 2 de marzo, por la que se convocan ayudas para el fomento de empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.
Como cuestión de fondo ha de decirse que no existe ninguna duda, pues así está admitido por las partes, que se cumplen todos los requisitos materiales necesarios, con la salvedad de la presentación de la resolución de la Administración Laboral sobre la percepción de prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único, que ulteriormente será analizada, para la obtención de la ayuda objeto de la convocatoria. Dicha...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba