SAP Girona 174/2011, 18 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución174/2011
Fecha18 Abril 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de apelación civil: nº 148/2011

Proviene: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 3 SANT FELIU DE GUÍXOLS

Procedimiento: nº 517/2010

Clase: Juicio verbal (desahucio por precario)

SENTENCIA 174/2011

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE

D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO

MAGISTRADOS

D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT

D. JAUME MASFARRE COLL

Girona, a 18 de abril de dos mil once.

En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante D. Jesús Manuel, representado por el Procurador

D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS y defendido por la Letrada Dña. AMPARO MARTIN.

Ha sido parte apelada PROMOCIONS PUIGTAVELL, S.L., representada por el Procurador D. PERE FERRER FERRER y defendida por el Letrado D. JORGE GONCE MELLGREN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de PROMOCIONS PUIGTAVELL, S.L. contra D. Jesús Manuel .

SEGUNDO

La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva:

"FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Pere Ferrer en nombre y representación de PROMOCIONS PUIGTAVELL S.L. contra Jesús Manuel :

Condeno a la parte demandada a desalojar y poner a disposición de la actora la parcela nº9 de la finca denominada Mas Artigues de la localidad de Calonge, bajo apercibimiento de procederse en caso contrario a su lanzamiento el día que venía señalado si la actora lo pidiese;

Se imponen al demandado las costas del procedimiento.".

TERCERO

En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.

CUARTO

En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 18 de abril de dos mil once.

QUINTO

Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Ilmo. Sr. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO, quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recaída sentencia en primera instancia plenamente estimatoria de la demanda de desahucio por precario, con condena al desalojo de la finca ocupada y al pago de las costas, se interpuso recurso de apelación por el demandado que fue declarado en rebeldía en primera instancia al no constar comparecido en legal forma conforme a los arts. 23 y 31 de la LEC .

En dicho recurso únicamente se propugna la revocación de la sentencia en el extremo relativo a la condena en costas porque a juicio de quien recurre el demandado se allanó mediante escrito personal a la demanda y pese a ello fue declarado en rebeldía al no haber comparecido en legal forma.

Bien se considere que el allanamiento es una actuación procesal que como tal precisará de Abogado y Procurador para poder llevarse a cabo si el procedimiento en el que se expresa así lo requiere, como entendió el órgano "a quo" en una interpretación literal de las exigencias de postulación procesal, coincidiendo en tal sentido con el criterio de la A.P. de Murcia, Sección 4ª, en sentencia de 23 de diciembre de 2009 ; bien se considere una renuncia al derecho de defensa mostrando la conformidad con lo pedido por la parte demandante que podría efectuar personalmente la parte demandada, ello resulta irrelevante en cuanto a la condena en costas cuya revocación se propugna, porque antes de la presentación de la demanda se llevaron a cabo actuaciones de la parte demandante dirigidas a conocer la relación del ocupante con la finca de su titularidad, como el acto de conciliación promovido sin que compareciera el demandado; solicitud de diligencias preliminares para obtener razón del supuesto arrendamiento de la finca alegado por el demandado por carta de 31 de julio de 2008, sin que compareciera a exhibir el contrato de alquiler y...

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