SAP Madrid 279/2011, 13 de Abril de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 279/2011 |
Fecha | 13 Abril 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00279/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN DUODÉCIMA
RECURSO DE APELACION Nº 639/09
JDO. 1ª INST. Nº 57 MADRID
AUTOS PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1932/08 DEMANDANTE/APELANTE: KOALA ALQUILERES SL
PROCURADOR: Mª CONCEPCION TEJADA MARCELINO DEMANDADA/APELADA: CIM ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA SL PROCURADOR: JOSE IGNACIO DE NORIEGA ARQUER
PONENTE: ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA SENTENCIA Nº 279
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE LUIS DIAZ ROLDAN
D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA
Dª ANA Mª OLALLA CAMARERO
En Madrid, a trece de abril de dos mil once.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1932 /2008, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 57 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo nº 639 /2009, en los que aparece como demandante-apelante
D. KOALA ALQUILERES S.L. representado por el procurador D. CONCEPCION TEJADA MARCELINO, y como apelado D. CIM ARRENDAMIENTOS DE MAQUINARIA S.L. representado por el procurador D. JOSE IGNACIO NORIEGA ARQUER, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 57 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha, cuya parte dispositiva dice: "Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Tejada Marcelino en nombre y representación de KOALA ALQUILERES SL contra CIM ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA SL, debo ABSOLVER Y ABSUELVO a dicha demandada de las pretensiones contra ella deducidas en la demanda, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandante".
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal de KOALA ALQUILERES S.L. se interpuso recurso de apelación, que fue admitido, dándose traslado a la otra parte que se opuso y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para deliberación, votación y fallo el pasado día 12 de abril de 2011, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Desestimada la demanda en la que la actora solicitaba la condena de la demandada al pago de la suma que representan los importes de las distintas facturas aportadas con la demanda, recurre en apelación la demandante en cuyo recurso, tras reiterar la práctica de la prueba testifical que no se realizó en la instancia, denuncia el error en la valoración de la prueba y considera improcedente la condena en costas.
El recurso fue impugnado por la demandada.
Una vez desestimada, por resolución firme de esta Sala, la petición de práctica de prueba testifical, no puede considerarse que la Juez de Primera Instancia haya errado al valorar la prueba.
En efecto, se trata en este caso de la reclamación del precio de un arrendamiento de maquinaria que se afirma por la demandante realizado a favor de la demandada. Para acreditar tal relación jurídica se aportan diversos documentos, la mayoría en fotocopias, que fueron impugnados en la audiencia previa negando tanto su autenticidad, en lo referente a las fotocopias, como en su contenido.
Ocurre que la demandante ni siquiera aportó los originales para que pudieran ser cotejados, y, en cuanto al contenido de los...
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