STSJ Castilla y León , 9 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Mayo 2011

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID

- C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 34120 44 4 2010 0000913

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000752 /2011 R.L.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000913 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de PALENCIA

Recurrente/s: ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS, Marcelino Y OTROS DOCE

Abogado/a: AGUSTIN CALDERON CALDERON, JAVIER MATEO CARDO

Procurador/a: MIGUEL ANGEL SANZ ROJO,

Graduado/a Social:,

Recurrido/s: ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS, Marcelino Y OTROS DOCE

Abogado/a: AGUSTIN CALDERON CALDERON, JAVIER MATEO CARDO Procurador/a: MIGUEL ANGEL SANZ ROJO,

Graduado/a Social:,

Rec. Núm: 752/2011

Ilmos. Sres.

D. Gabriel Coullaut Ariño Presidente Sala

D. Manuel Mª Benito López

D. Rafael A. López Parada /

En Valladolid a nueve de Mayo de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el Recurso de Suplicación núm. 752 de 2.011, interpuesto por EL ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS ADIF y por Marcelino, Juan Miguel, Conrado, Ildefonso, Rogelio, Juan Francisco, Claudio, Inocencio, Romualdo, Pedro Francisco, Damaso, Jaime

, Santos contra sentencia del Juzgado de lo Social Nº Uno de Palencia(Autos:439/2010) de fecha 30 de diciembre de 2010, en demanda promovida por los demandantes y recurrentes contra la empresa demandada y asimismo recurrente. Sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Rafael A. López Parada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de julio de 2010, se presentó en el Juzgado de lo Social de Palencia Número Uno, demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:" 1º.- El actor D. Marcelino, mayor de edad y con D.N.I. NUM000 presta servicios laborales como factor de circulación para la empresa demandada Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (en adelante DIF), en la Dependencia Jefatura de Operaciones de Santander, residencia Palencia, con una antigüedad reconocida de 15-7-1982, Nivel salarial 6.

1º.1.- Durante el período abril de 2009 a marzo de 2010, a D. Marcelino le fueron abonadas las siguientes retribuciones brutas por el concepto ·"Horas de toma y deje (clave 322)".

Mes/año Clave Importe/euros Nª Horas

Abril 2009 -- 137,09 16,00

Mayo 2009 -- 119,95 14,00

Junio 2009 -- 124,24 14,50

Julio 2009 -- 132,80 15,50

Agosto 2009 -- 59,98 7,00

Septiembre 2009 -- 128,52 15,00

Octubre 2009 -- 145,66 17,00

Noviembre 2009 -- 94,25 11,00

Diciembre 2009 -- 102,82 12,00

Enero 2010 -- 117,81 13,75

Febrero 2010 -- 137,09 16,00

Marzo 2010 -- 115,67 13,50

1º.2.- Las retribuciones brutas percibidas por D. Marcelino durante el período abril 2009 a marzo de 2010 son las que figuran en las nóminas obrantes a los folios 112 a 124 de los autos ambos inclusive dándose aquí por reproducidos los conceptos e importes que en las mismas se contienen.

2º.- El actor D. Juan Miguel, mayor de edad y con D.N.I. NUM001 presta servicios laborales como factor de circulación para la empresa demandada Administrador de Infraestructuras ferroviarias (en adelante DIF), en la dependencia Jefatura de Operaciones de Santander, Residencia Palencia, con una antigüedad reconocida de 18-7-1983, Nivel salarial. 6.

2º.º.- Durante el período abril de 2009 a marzo de 2010, a D. Juan Miguel le fueron abonadas las siguientes retribuciones brutas por el concepto "Horas de toma y deje (clave 322)".

Mes/año Clave Importe/euros Nª Horas

Abril 2009 -- 124,24 14,50

Mayo 2009 -- 47,12 5,50

Junio 2009 -- 158,51 18,50

Julio 2009 -- 51,41 6,00 Agosto 2009 -- 149,94 17,50

Septiembre 2009 -- 137,09 16,00

Octubre 2009 -- 132,80 15,50

Noviembre 2009 -- 132,80 15,50

Diciembre 2009 -- 102,82 12,00

Enero 2010 -- 107,81 12,50

Febrero 2010 -- 134,95 15,75

Marzo 2010 -- 107,10 12,50

2º.2. las retribuciones brutas percibidas por D. Juan Miguel durante el período abril 2009 a marzo de 2010 con las que figuran en las nóminas obrantes a los folios 126 a 138 de los autos ambos inclusive dándose aquí por reproducidos los conceptos e importes que en las mismas se contiene.

3º.- El actor D. Conrado, mayor de edad y con D.N.I NUM002 presta servicios laborales como factor de circulación para la empresa demandada Administrador de Infraestructuras ferroviarias (en adelante DIF), en la Dependencia Jefatura de Operaciones de Santander, Residencia Palencia, con una antigüedad reconocida de 2-7-1982, Nivel salarial 6.

3º.1. Durante el período abril de 2009 a marzo de 2010, a D. Conrado le fueron abonadas las siguientes retribuciones brutas por el concepto "Horas de toma y deje (clave 322)".

Mes/año Clave Importe/euros Nª Horas

Abril 2009 -- 59,98 7,00

Mayo 2009 -- 119,95 14,00

Junio 2009 -- 98,53 11,50

Julio 2009 -- 94,25 11,00

Agosto 2009 -- -- --Septiembre 2009 -- 128,52 15,00

Octubre 2009 -- 94,25 11,00

Noviembre 2009 -- 107,10 12,50

Diciembre 2009 -- 89,96 10,50

Enero 2010 -- 122,09 14,25

Febrero 2010 -- 72,83 8,50

Marzo 2010 -- 85,68 10,00

3º.2. las retribuciones brutas percibidas por D. Conrado durante el período abril 2009 a marzo de 2010 son las que figuran en las nóminas obrantes a los folios 140 a 152 de los autos ambos inclusive dándose aquí por reproducidos los conceptos e importes que en las mismas se contienen.

4º El actor D. Ildefonso, mayor de edad y con D.N.I. NUM003 presta servicios laborales como factor de circulación para la empresa demandada Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (en adelante ADIF), en la dependencia Jefatura de Operaciones de Santander, Residencia Palencia, con una antigüedad reconocida de 2-8-1982, Nivel salarial 6.

4º.1.- Durante el período abril de 2009 a marzo de 2010, a D. Ildefonso le fueron abonadas las siguientes retribuciones brutas por el concepto "Horas de toma y deje (clave 322)".

Mes/año Clave Importe/euros Nª Horas

Abril 2009 -- 17,14 2.00

Mayo 2009 -- 89,96 10,50

Junio 2009 -- 102,82 12,00 Julio 2009 -- 72,83 8,500

Agosto 2009 -- 111,38 13,00

Septiembre 2009 -- 64,26 7,50

Octubre 2009 -- 111,38 13,00

Noviembre 2009 -- 29,99 3,50

Diciembre 2009 -- 77,11 9,00

Enero 2010 -- 156,37 18,25

Febrero 2010 -- 47,12 5,50

Marzo 2010 -- 68,54 8,00

4º.2.- Las retribuciones brutas percibidas por D. Ildefonso durante el período abril 2009 a marzo de 2010 son las que figuran en las nóminas obrantes a los folios 154 a 166 de los autos ambos inclusive dándose aquí por reproducidos los conceptos e importes que en las mismas se contienen.

5º.- El actor D. Rogelio, mayor de edad y con D.N.I. NUM004 presta servicios laborales como factor de circulación para la empresa demandada Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (en adelante DIF), en la Dependencia Jefatura de Operaciones de Santander, residencia Palencia, con una antigüedad reconocida de 15-7-1076, Nivel salarial 6.

5º-1.- Durante el período abril de 2009 a marzo de 2010, a D. Rogelio le fueron abonadas las siguientes retribuciones brutas por el concepto "Horas de toma y deje (clave 322)". U "Horas a prorrata (Clave 20)":

Mes/año Clave Importe/euros Nª Horas

Abril 2009 322 55,69 6,50

Mayo 2009 322 141,37 16,50

Junio 2009 322 81,40 9,50

Julio 2009 322 98,53 11,50

Agosto 2009 322 89,96 10,50

Septiembre 2009 322 115,67 21,50

20 58,83

Octubre 2009 322 128,52 23,00

20 58,83

Noviembre 2009 322 72,83 24,50

20 117,65

Diciembre 2009 322 105,64 12,33

Enero 2010 322 9,08 5,30

20 31,18

Febrero 2010 322 63,57 7,42

Marzo 2010 322 49,95 14,31

20 62,35

5.2.- Las retribuciones brutas percibidas por D. Rogelio durante el período abril 2009 a marzo de 2010 son las que figuran en las nóminas obrantes a los folios 168 a 180 de los autos ambos inclusive dándose aquí por reproducidos los conceptos e importes que en las mismas se contienen.

6º.- El actor D. Juan Francisco, mayor de edad y con D.N.I. NUM005 presta servicios laborales como factor de circulación para la empresa demandada Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (en adelante DIF), en la Dependencia Jefatura de Operaciones de Santander, residencia Palencia, con una antigüedad reconocida de 1-10-1070, Nivel salarial 6. 6º-1.- Durante el período abril de 2009 a marzo de 2010, a D. Juan Francisco le fueron abonadas las siguientes retribuciones brutas por el concepto "Horas de toma y deje (clave 322)".

Mes/año Clave Importe/euros Nª Horas

Abril 2009 -- 145,31 16,96

Mayo 2009 -- ------ -----Junio 2009 -- 131,69 15,37

Julio 2009 -- 158,94 18,55

Agosto 2009 -- 168,02 19,61

Septiembre 2009 -- 136,23 15,90

Octubre 2009 -- 90,82 10,60

Noviembre 2009 -- 149,85 17,49

Diciembre 2009 -- 108,99 12,72

Enero 2010 -- 143,04 16,69

Febrero 2010 -- 131,69 15,37

Marzo 2010 -- 77,20 9,01

6.2.- Las retribuciones brutas percibidas por D. Juan Francisco durante el período abril 2009 a marzo de 2010 son las que figuran en las nóminas obrantes a los folios 182 a 194 de los autos ambos inclusive dándose aquí por reproducidos los conceptos e importes que en las mismas se contienen.

7º.- El actor D. Claudio mayor de edad y con D.N.I. NUM006 presta servicios laborales como factor de circulación para la empresa demandada Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (en adelante DIF), en la Dependencia Jefatura de Operaciones de Santander, residencia Palencia, con una antigüedad reconocida de 1-10-1070, Nivel salarial 6.

7º-1.- Durante el período abril de 2009 a marzo de 2010, a D. Claudio le fueron abonadas las siguientes retribuciones brutas por el concepto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Castilla y León , 21 de Marzo de 2013
    • España
    • 21 Marzo 2013
    ...está abordando, la cuestión litigiosa que suscita la parte recurrente ha sido ya examinada y resuelta por la Sala en su sentencia de 9 de mayo de 2011 (recurso 752/2011 ), resolución en la que se explayaba lo siguiente. "El artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores impone una garantía ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR