STSJ Andalucía 1254/2011, 10 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1254/2011
Fecha10 Mayo 2011

Recurso nº 2973/09 (S) Sentencia nº 1254/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO, PRESIDENTE

DOÑA MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

DON BENITO RECUERO SALDAÑA

En Sevilla, a diez de mayo de dos mil once.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1254/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por el MONTE CAJA DE AHORROS SAN FERNANDO DE HUELVA, JEREZ Y SEVILLA, contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm.7 de los de Sevilla, en sus autos núm. 626/08, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Casiano, contra Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla y Serviform S.A., sobre Contrato de Trabajo, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 24 de junio de 2.009 por el referido Juzgado, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

- I -El actor, Casiano, ha venido prestando sus servicios por cuenta de Servinfonn S.A., con antigüedad de 18 de septiembre de 1996 y con la categoría de oficial de segunda administrativo.

- II - El actor inició su relación laboral con la empresa Metrolico S.A. mediante contrato para obra o servicio determinado consistente en desempeñar sus servicios de técnico de mantenimiento en el control de la red en los locales de Caja San Fernando.

La empresa Cia de Medios y Servicios S.A. (CMS) se subrogó en dicha relación el 1 de diciembre de 1999 mediante contrato de igual carácter para el control de cajeros. Y la empresa Servinform S.A. se subrogó en dicha relación mediante contrato de trabajo indefinido de10 de noviembre de 2001.

- III - En virtud de contrato de 15 de octubre de 1998 suscrito entre Caja de Ahorros Provincial San Fernando de Sevilla y CMS, acordaron ambas que esta prestaría a aquella servicios informáticos y de atención telefónica para el centro de atención de usuarios.

- IV -El 7 de febrero de 2007 CMS y Servinform suscribieron contrato por el que esta prestaría a aquella servicios informáticos y de atención telefónica para el centro de atención de usuarios. En virtud de dicho contrato, Servinform presta a Caja San Fernando los expresados servicios.

- V -Desde el inicio de su relación laboral el actor presta sus servicios en las dependencias de Caja San Fernando (actualmente Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla y en adelante Cajasol), en el departamento de instalaciones y mantenimiento de Cajasol, realizando funciones consistentes en solventar incidencias en la red informática y en los cajeros automáticos de Cajasol, funciones estas que también son las que realizan los empleados de Cajasol integrados en su departamento de instalaciones y mantenimiento.

- VI -El actor recibe las instrucciones de trabajo de Antonio Márquez, responsable del departamento de instalaciones y mantenimiento de Cajasol, quien determina la clase de incidencias informáticas que debe atender el actor.

Cuando al actor le surge alguna duda en la ejecución del trabajo, se dirige a Cajasol para recibir instrucciones, bien personalmente o bien por teléfono a los empleados de Cajasol del departamento que se hallen en funciones de guardia si el problema surge fuera del horario ordinario, es decir por la tarde o en fin de semana ya que el servicio informático está atendido a todas horas durante todos los días.

- VII -El trabajo del actor, al ser de índole informática, requiere una constante formación, la cual recibe de Cajasol.

- VIII - Las aplicaciones informáticas y los equipos informáticos con los que trabaja el actor son de Cajasol

Tiene cuenta de correo electrónico de Cajasol.

- IX -Servinform cuenta con una trabajadora, Mariana, que supervisa el trabajo del actor, supervisión que consiste en gestionar sus nóminas y sus bajas laborales, proporcionando a Cajasol, en su caso, otro trabajador que lo sustituya.

- X -Se ha intentado la conciliación.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Monte, Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla, que fue impugnado por la parte contraria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de suplicación lo interpone el "Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Cajasol)" contra la sentencia de instancia que declaró la existencia de una cesión ilegal del trabajador D. Casiano al "Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Cajasol)", reconociéndole la condición de fijo en esta entidad y una antigüedad desde el 18 de septiembre de 1.996, fecha en la que prestaba servicios...

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