STSJ Cataluña 5991/2011, 27 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución5991/2011
Fecha27 Septiembre 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0030874

mm

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

En Barcelona a 27 de septiembre de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 5991/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por Jose Pedro frente a la Sentencia del Juzgado Social 29 Barcelona de fecha 22 de marzo de 2010 dictada en el procedimiento Demandas nº 1215/2009 y siendo recurrido/a -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JACOBO QUINTANS GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 22 de marzo de 2010 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda interpuesta por Jose Pedro en reclamación de invalidez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a la Entidad demandada de los pedimentos deducidos en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO.- La parte actora, cuyas circunstancias personales constan en autos, nacida el 16.5.1957, se encuentra afiliada a la Seguridad Social, Régimen General, NUM000 .

SEGUNDO.- Su profesión habitual es la de ayudante no titulado en fábrica de producto metálicos.

TERCERO.- Por resolución de fecha 3.10.2006 se le reconoció la incapacidad permanente total, con base reguladora de 1742,35 euros, por las siguientes dolencias: sincopes (vasovagales cardiacos) mixtos, tr. de ansiedad y tr. somatoformo en tto., artropatía degenerativa raquis, tendinitis hombros. Solicitó revisión. El Instituto Nacional de Seguridad Social en 29.10.2009 dictó resolución en expediente de revisión declarando que sigue afecta del mismo grado. La Uvami emitió dictamen y la propuesta de la CEI contenía el siguiente cuadro residual: sincopes (vasovagales cardiacos) mixtos, tr. de ansiedad y tr. somatoformo en tto., agarofobia sin historia de trastorno de angustia, cervicoartrosis, lumboartrosis.

CUARTO.- La base reguladora de la pensión asciende a 1742,35 euros. La fecha de efectos es

30.10.2009.

QUINTO.- Se agotó la vía previa, que ha sido desestimada.

SEXTO.- La parte actora está afecta de las siguientes lesiones: sincopes vaso-vagales y cardiacos mixtos en control, tr. somatoformo en tto., de grado moderado, agarofobia sin historia de trastorno de angustia, síndrome ansioso depresivo leve- moderado; cervicoartrosis, lumboartrosis y tendinitis sin limitación funcional.

SEPTIMO.- Por sentencia del TSJ Cataluña, de fecha 19.5.2009 se desestimó el recurso del actor contra la sentencia de instancia, que no apreció el grado de incapacidad permanente absoluta.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia del juzgado de lo social desestimó la demanda en materia de Seguridad Social en la que se solicitaba la declaración de incapacidad permanente en grado de absoluta, por agravación del grado de total reconocido por el INSS por resolución de 3/10/2006.

Frente a dicho pronunciamiento se alza la parte demandante en recurso basado en el apartado c) del art....

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