SAP A Coruña 21/2011, 24 de Enero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 21/2011 |
Fecha | 24 Enero 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
A CORUÑA
SENTENCIA: 00021/2011
ARZÚA 1
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 459/10
FECHA DE REPARTO: 6.9.10
S E N T E N C I A
Nº 21/11
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección 4ª Civil-Mercantil
Iltmos. Sres. Magistrados:
DON JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
DON CARLOS FUENTES CANDELAS
DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ
En La Coruña, a veinticuatro de enero de dos mil once.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 004, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000377/2009, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION
N.1 de ARZUA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000459 /2010, en los que aparece como parte demandante apelante, DOÑA María Rosa, representada en 1ª instancia por la Procuradora de los tribunales, Sra. GARCIA FERNÁNDEZ, asistida por el Letrado D. LUIS-JAVIER YEBRAPIMENTEL VILAR; y como partes demandadas apeladas, DON Segismundo, en situación procesal de rebeldía y la CAJA DE AHORROS DE GALICIA representada en 1ª instancia por el Procurador SR. GARCÍAPICCOLI ATANES y en esta alzada por el Sr. GONZÁLEZ GUERRA, asistida por el Letrado D. BLAS-MANUEL RIVAS ALEJANDRO; versando las actuaciones sobre ACCIÓN DECLARATIVA DE DOMINIO, NULIDAD Y RECTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL, siendo Magistrado/a Ponente el/la Ilmo./Ilma. D./Dª CARLOS FUENTES CANDELAS.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE ARZÚA de fecha 15.4.10
. Su parte dispositiva literalmente dice: "Que desestimando la demanda presentada por Dª. María Rosa, asistida por el Letrado Sr. Yebra-Pimentel Vilar y representada por la Procuradora Sra. García Fernández, sobre acción declarativa de dominio, nulidad y rectificación de inscripción registral, contra la entidad CAIXA GALICIA, asistida por el letrado Sr. Rivas Alejandro y representada por el Procurador Sr. García Piccoli Atanes; y contra D. Segismundo, debo absolver y absuelvo a los demandados. Todo ello con imposición de costas a la parte demandante." SEGUNDO.- Contra la referida resolución por DOÑA María Rosa, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada:
Frente a la sentencia de primera instancia desestimatoria de la demanda de la Sra. María Rosa, pretendiendo la declaración a su favor del 100 por ciento del dominio privativo de la vivienda inscrita como finca nº NUM000 del Registro de la Propiedad, así como la nulidad y cancelación registral de las menciones a su carácter ganancial y rectificación por el privativo, recurre en apelación la actora insistiendo en su demanda alegando, en síntesis, error en la valoración de la prueba sobre el tracto documental hasta la escritura de obra nueva y división horizontal de 2/8/2006, que demostraría la copropiedad privativa sobre la finca, habiéndolo confesado así su ex--marido codemandado, antes y después de la indicada escritura, debiendo tenerse por un error la inscripción de ganancialidad registral resultante de la misma, el cual se intentó...
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