SAP Badajoz 16/2011, 18 de Enero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 16/2011 |
Fecha | 18 Enero 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BADAJOZ
SENTENCIA: 00016/2011
MAGISTRADOS ILMOS. SRES.
DON ISIDORO SANCHEZ UGENA
DON CARLOS CARAPETO Y MARQUEZ DE PRADO
DON FERNANDO PAUMARD COLLADO
En Badajoz, a 18 de enero de 2011
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 002, de la Audiencia Provincial de BADAJOZ, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 39/2010, procedentes del JDO.DE 1A INSTANCIA N. 6 de BADAJOZ, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 606/2010, en los que aparece como parte apelante, Rodrigo, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. GUADALUPE LOPEZ SOSA, asistido por el Letrado D. BARTOLOME SALVADOR QUERO DE SEVILLA, y como parte apelada, Arcadio
, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. ASCENSION MATEOS CABALLERO, asistido por el Letrado D. PEDRO DEL PINO ROBLES, siendo Magistrado/a Ponente el/la Ilmo./Ilma. D.FERNANDO PAUMARD COLLADO.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. DE 1A INSTANCIA Nº 6 de Badajoz, por el mismo se dictó sentencia con fecha 26/10/2010, cuya parte dispositiva dice: "ESTIMO la demanda interpuesta por Arcadio con procurador Sra. Ascensión Mateos Caballero, con letrado Sr. Pedro del Pino Robles contra D. Rodrigo con procurador, Sra. Guadalupe López Sosa y letrado D. Bartolomé Salvador Quero de Sevilla. Se declara que el nuevo cerramiento ejecutado por el demando en el límite de su finca con la servidumbre de paso del camino o la senda en cuestión constituye una infracción del artículo 545 del C.C . Se condena al demandado a eliminar el nuevo cerramiento ejecutado o a retranquear el mismo hasta donde se encuentra el primer cerramiento de su finca, dejando libre y expedita la franja de terreno ocupado con aquél. Con imposición a la parte demanda de las costas causadas."
Notificada dicha resolución a las partes, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en y cumplidos los trámites correspondientes, remiten, a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Con carácter previo, visto que el apelado alega la existencia de causa de inadmisibilidad en el recurso, diremos que el escrito de preparación del recurso, de 3/11/2010 respeta escrupulosamente el artículo 457 ...
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