SAP Lugo 377/2007, 28 de Mayo de 2007

PonenteJOSE ANTONIO VARELA AGRELO
ECLIES:APLU:2007:603
Número de Recurso230/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución377/2007
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LUGO

SENTENCIA: 00377/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO

Sección 1.ª

SENTENCIA NÚMERO 377

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR

MAGISTRADOS:

D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

Lugo, a veintiocho de mayo de dos mil siete.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º

230/2007, dimanante del Juicio Verbal n.º 334/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº

Uno de Monforte de Lemos sobre reclamación daños y perjuicios; siendo apelante el demandante

Luis, representado por la procuradora Sra. García Méndez y asistido del

letrado Sr. Ballesteros Fernández y apelado el demandado TECOR SOBER, representado por la

procuradora Sra. Sexto Rivas y asistido de la letrada Sra. Doval Rodríguez; actuando como

ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha veintiocho de diciembre de dos mil seis, el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Monforte de Lemos, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que, desestimando la demanda formulada por D. Luis, representado por la Procuradora Sra. Crespo Vázquez, contra el Tecor Sober (LU-10.082), representado por el Procurador Sr. Rodríguez Cedrón, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al expresado demandado de los pedimentos contenidos en aquella demanda. Ello sin expresa imposición de costas. ".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por Luis, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan en lo sustancial los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Consiste la contienda en la reclamación de daños ocasionados en un accidente de circulación por irrupción de un jabalí en la calzada.

La sentencia desestima la pretensión actora y contra esta decisión judicial se alza en apelación la citada parte.

SEGUNDO

En materia de responsabilidad civil por daños causados por animales provenientes de cotos de caza se ha operado un trascendental cambio legal por la Ley 17/2005 (Disposición Adicional Novena ).

Dicho cambio legal ha provocado un cambio de criterio de...

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