SAN, 15 de Junio de 2011

PonenteFERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2011:3173
Número de Recurso1113/2009

SENTENCIA

Madrid, a quince de junio de dos mil once.

Visto por la Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen el recurso contencioso-administrativo interpuesto

por DON Modesta , representada por EL Procurador D. Antonio Ángel Sánchez Jáuregui, contra la

resolución dictada por la Ministra de Defensa de fecha 1 de abril de 2009, por la que se desestima la reclamación sobre

indemnización a consecuencia de responsabilidad patrimonial de la Administración; habiendo sido parte, además, la

Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía., y la COMPAÑÍA DE SEGUROS ADESLAS,

S.A., representada por la Procuradora Dª. Consuelo Rodríguez Chacón.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON FERNANDO F. BENITO MORENO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Presentado el recurso previos trámites oportunos, se confirió traslado a la representación de la parte actora para que formalizara escrito de demanda, lo que hizo formulando las alegaciones de hecho y de derecho que estimó oportunas, concluyendo con la súplica de una sentencia estimatoria del recurso y reclamación de 41.662 €.

SEGUNDO

Dándose traslado de la demanda al Abogado del Estado y a las demás partes personadas para su contestación, lo hicieron, alegando en derecho lo que estimaron conveniente, solicitando la confirmación en todos los extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Habiéndose solicitado por la parte actora el recibimiento a prueba, por auto de 6 de octubre de 2009, se acordó no dar lugar a dicho recibimiento. Contra la anterior resolución se interpuso recurso súplica, que por auto de 10 de noviembre de 2009, estimó dicho recurso, dando lugar al recibimiento a prueba, la cual se practicó con el resultado que consta en las actuaciones.

CUARTO

En trámite de conclusiones se dio traslado a las partes para que presentaran el correspondiente escrito, lo que hicieron ratificándose cada una de ellas en sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Conclusas las actuaciones, se señaló para votación y fallo la audiencia del día 7 de junio de 2011, en que tuvo lugar, quedando el recurso visto para sentencia.

VISTOS los preceptos que se citan por las partes y los de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna mediante el presente recurso contencioso administrativo, la contra la resolución dictada por la Ministra de Defensa de fecha 1 de abril de 2009, por la que se desestima la reclamación sobre indemnización a consecuencia de responsabilidad patrimonial de la Administración, por los daños y perjuicios sufridos por Dª Modesta beneficiaria del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), y, a través del pertinente concierto, tras ser sometida a una histerectomía subtotal.

SEGUNDO

Sobre la imputación de responsabilidad a la Administración en hipótesis como la que ahora se trata, esta misma Sección, en la Sentencia de 2 de julio de 2008, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 395/2006 , ha tenido ocasión de estudiar el tema a la luz de elementos normativos recientes, que lo han clarificado.

En efecto, la Sección, en asuntos similares al de autos, vino declarando que, "el daño cuyo resarcimiento se persigue por la actora, no es imputable al funcionamiento de los servicios públicos, habida cuenta de que la actuación administrativa consiste en celebrar conciertos con Entidades o...

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