STSJ Comunidad Valenciana 2177/2010, 8 de Julio de 2010

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2010:5779
Número de Recurso3009/2009/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2177/2010
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2010
EmisorSala de lo Social

2177/2010

2

R. C.sent.nº 3.009/09

Recurso contra Sentencia núm. 3.009 de 2.009

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Ramón Gallo Llanos

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a ocho de julio de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2.177 de 2.010

En el Recurso de Suplicación núm. 3009/09, interpuesto contra la sentencia de fecha 6 de junio de 2.009, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 97/09, en los autos núm. 97/09, seguidos sobre DESEMPLEO, a instancia de Dª Josefina, representada por la letrada Dª Núria Berenguer, contra SERVICIO PUBLOICO DE EMPLEO ESTATAL e INSTITUTO NACIONAL SEGURIDA SOCIAL, y en los que es recurrente la demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 6 de junio de 2.009 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Desestimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D.ª Josefina frente al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL e INSS sobre SUBSIDIO POR DESEMPLEO PARA MAYORES DE 52 AÑOS, debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- D.ª Josefina, nacida el 21-10-56, con DNI nº NUM000 y núm. de S.S: NUM001, solicitó el 31-10-08, subsidio de desempleo para mayores de 52 años, siéndole denegado por Resolución de fecha 25-11-08, por "no reunir el requisito específico de cotización de 2 años para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación". SEGUNDO.- Que contra dicha Resolución interpuso reclamación previa, que obtuvo contestación expresa con fecha de salida 12-5-09 "por no estar en ninguna de las situaciones del art. 215.1.1. de la LGSS que suponen reunir los requisitos para percibir la prestación contributiva o alguno de los subsidios por desempleo allí establecidos." TERCERO.- El actor acredita 5.912 días de cotización a la Seguridad Social. El último período de alta es en Generalitat Valenciana Servasa de 1-7-00 al 31-8-00. Ha estado inscrito como demandante de empleo: de 15-5-86 a 10-8-98; de 1-9-98 a 9-7-99; de1-9-99 a 26-5-00; de 31-5-00 a 7-7-00; de 1-9-00 a 2-9-03; de 4-9-03 a 27-2- 09. Ha percibido la Renta Activa de Inserción desde el 30-1-04 al 29-11-04".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Recurre en suplicación la parte actora la sentencia de instancia que desestima la demanda en reclamación de subsidio por desempleo para mayores de 52 años.

En el único motivo del recurso, destinado al derecho sustantivo y la Jurisprudencia y correctamente amparado en el apartado c) del artículo 191 LPL, se denuncia infracción del artículo 215.1.1 y 3 de la Ley General de la Seguridad Social y sentencia del Tribunal Supremo de 13.04.2006. Argumenta, en esencia, que la recurrente cumple todos los requisitos exigidos legalmente para ser beneficiaria del subsidio solicitado.

Del relato histórico que contiene la sentencia recurrida y en lo que aquí interesa resulta que: a) la actora acredita 5.912 días de cotización a la Seguridad Social. b) El último período de alta es en la Generalidad Valenciana Servasa de 01.07.2000 al 31.08.2000. c) Ha estado inscrita como demandante de empleo: de 15.05.1986 a 10.08.1998; de 01.09.1998 a 09.07.1999; de 01.09.1999 a 26.05.2000; de 31.05.2000 a 07.07.2000; de 01.09.2000 a 02.09.2003; de 04.09.2003 a 27.02.2009. d) El 31.10.2008 solicitó subsidio por desempleo para mayores de 52 años, siéndole denegado por Resolución de fecha 25.11.2008, por "no reunir el requisito específico de cotización de 2 años para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación".

Por tanto, la cuestión jurídica que se debate en el único motivo del recurso es la decisión de la Entidad Gestora de denegar el derecho de la actora de percibir el subsidio por desempleo solicitado, por no reunir la peticionaria el requisito de que en situación de asimilada al alta, se exige el requisito del período específico de cotización de dos años, en los últimos quince, para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de Seguridad Social, es ajustado a derecho.

Según el art. 161.1 b) de la LGSS "en los supuestos en que se acceda a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada al alta, sin obligación de cotizar, el...

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