STSJ País Vasco , 5 de Octubre de 2010
Ponente | JESUS PABLO SESMA DE LUIS |
ECLI | ES:TSJPV:2010:2762 |
Número de Recurso | 1990/2010 |
Procedimiento | RECURSO DE SUPLICACIóN |
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO Nº: 1.990/10
N.I.G. 48.04.4-10/000429
SENTENCIA Nº:
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
En la Villa de Bilbao, a 5 de Octubre de 2010.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. EMILIO PALOMO BALDA, Magistrados/as, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación interpuesto por SERVICIOS ESPECIALES S.A. (SERVISA) contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 10 de los de Vizcaya, de fecha 3 de Marzo de 2010 (autos 42/10), dictada en proceso sobre (CIC) -Conflicto Colectivo - s/Huelga-, y entablado por el recurrente frente al Sindicato E.L. A/S.T.V ., Maximino, Ruperto y Carlos Manuel .
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
"1º.-) La empresa SERVICIOS ESPECIALES S.A. tiene como delegados de personal a D. Maximino,
-
Ruperto y D. Carlos Manuel .
-
-) Entre la representación de los trabajadores y la empresa se está llevando a cabo negociaciones
para suscribir un nuevo Convenio Colectivo.
Ante las desavenencias por los incrementos interesados por los trabajadores, y no aceptadas por la empresa, con fecha 12 de noviembre 2.009 por mayoría de los delegados de personal se acordó la convocatoria de paros conforme lo siguiente:
PAROS PARCIALES 30 de noviembre:De 09:00 a 11:00 de la mañana
De 18:00 a 20:00 de la tarde
2 de diciembre: De 09:00 a 11:00 de la mañana
De 18:00 a 20:00 de la tarde
4 de diciembre: De 09:00 a 11:00 de la mañana
De 18:00 a 20:00 de la tarde
PAROS TOTALES
8 de diciembre: De 23:00 a 00:00 de la tarde
9 de diciembre: 24 horas.
10 de diciembre: De 00:00 a 23:00
13 de diciembre: De 23:00 a 00:00 Horas
14 de diciembre: 24 horas
15 de diciembre: De 00:00 a 23:00
HUELGA INDEFINIDA
A partir de las 00:00 del dia 21 de diciembre, en la empresa SERVICIOS ESPECIALES S.A., con centros de trabajos en:
- Poligono Asuaran Edificio Artxanda nº 10 (Erandio) con teléfono 944710161.
- C/ Estrada San Agustin nº 9 (Bilbao) con teléfono 944461906.
- Avenida Cervantes nº 51 Bajo Edificio Cervantes (Basauri) con telefono 944262591. Y que afecta a todos los trabajadores y trabajadoras de dichos centros de trabajo. Que se promueve la presente declaración de huelga por cuanto, hasta la fecha, no se ha llegado a acuerdo en la negociación del convenio empresa-trabajadores.
Que el comité de huelga estará compuesto por los trabajadores que a continuación se relacionan:
- Maximino con DNI NUM001
- Ruperto con DNI NUM000
- Carlos Manuel con DNI NUM002 .
Ello fue presentado ante el Departamento de Trabajo del Gobierno Vasco en fecha 16 de noviembre
2.009.
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-) Por los delegados de personal se presentó nuevo escrito ante el Departamento de Trabajo sobre modificación de la huelga convocando la misma conforme lo siguiente:
"Desde el día 21 de diciembre de 2.009 de 9,00 horas a 11,00 horas y de 18,00 horas a 20,00 horas indefinidamente.".
-
-) La empresa se dedica a servicios funerarios y con delegaciones en varias provincias de España. Respecto a Bizkaia presta servicios no solo en Bilbao sino también en toda la provincia, la actividad en Bilbao puede suponer el 50% de toda provincia. 6º.-) Durante el periodo de huelga, diciembre hasta el febrero se han llevado a cabo los servicios que constan en el documento nº 3 aportado a la prueba documental por los demandados.
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-) Los enterramientos se deben efectuar en un horario de 8,00 a 15,00 horas, si bien, la costumbre o interés del IMSFS que gestiona el cementerio de Derio Bilbao es dar horas a las empresas funerarias desde las nueve horas hasta las 12,30 horas. Si la familia del cadáver interesa hora concreta o fuera de las que han fijado se les cobra una tarifa especial. Es factible dejar el cadáver en la capilla del cementerio, desde la víspera, pues el cementerio cierra a las 18,00 horas, y efectuar el enterramiento al día siguiente. El enterramiento se lleva a cabo por el personal de IMSFS.
En otras localidades de Bizkaia el horario es mucho más amplio, en concreto y por ejemplo en Basauri es por la tarde.
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-) La empresa Servisa no tiene crematorio por lo que los cadáveres son llevados a tal a otras empresas.
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-) Los funerales en Bilbao es práctica habitual realizarlos a partir de las 18,00 horas. La práctica habitual de los funerales actuales lo es sin cuerpo presente. Por ello los empleados pueden acudir a las iglesias, previamente a la hora de la huelga, y colocar la mesa con la urna y hojas para las firmas, la esquela en los lugares correspondientes y la colocación de los recordatorios. Posteriormente pueden acudir a su recogida. De hecho cuando coinciden varios funerales es lo que hacen los trabajadores.
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-) Con fecha 13-1-10 se celebró el preceptivo acto de conciliación."
La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: "Que resolviendo el conflicto colectivo, acogiendo la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por ELA-STV y desestimando la demanda formulada por SERVICIOS ESPECIALES S.A. frente a. debo declarar y declaro que la huelga convocada por los delegados de personal de la empresa SERVICIOS ESPECIALES S.A. no es...
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