STSJ Galicia 1001/2010, 26 de Octubre de 2010

PonenteIGNACIO DE LOYOLA ARANGUREN PEREZ
ECLIES:TSJGAL:2010:9135
Número de Recurso12238/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1001/2010
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 01001/2010

PONENTE: IGNACIO ARANGUREN PEREZ

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 12238/2008

RECURRENTE: Cristobal, Enrique

ADMINISTRACION DEMANDADA:XURADO DE EXPROPIACION DE GALICIA

CODEMANDADA:

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

ILMO.SR PRESIDENTE:

IGNACIO ARANGUREN PEREZ

ILMOS.SRES.MAGISTRADOS:

IGNACIO ARANGUREN PEREZ

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

En A CORUÑA, a veintiséis de Octubre de dos mil diez.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0012238 /2008 interpuesto por el Procurador/Letrado PROCURADOR D/Dña. JOSE MANUEL LADO FERNANDEZ y dirigido por LETRADO MANUEL POCH SAMPEDRO en nombre y representación de Cristobal, Enrique contra Acuerdo de 10-7-08 resolutorio de justiprecio de finca num. NUM000 expropiada por el Concello de Boiro por P. Tasación Conjunta para Proyecto 437-2 fase del Plan Parcial del Parque Empresarial de Espiñeira. Tm. Boiro. A Coruña. Expte: NUM001 . Comparece como parte demandada XURADO DE EXPROPIACION DE GALICIA dirigida por LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.

Siendo PONENTE el Magistrado Ilmo. IGNACIO ARANGUREN PEREZ.

HECHOS
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinente, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 20 de Octubre de 2010, fecha en la que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo determinada en 8.291 euros

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El objeto del presente proceso se contrae a determinar la conformidad con el ordenamiento jurídico de la resolución dictada por el Xurado de Expropiación de Galicia de fecha 10 de julio de 2008, por la que éste fijó definitivamente en vía administrativa el justiprecio de la finca expropiada a que se refieren las presentes actuaciones, según referencia identificada en el plano parcelario del proyecto de expropiación con el numero NUM000, iniciado con motivo de la obra "2ª Fase do plan parcial do parque empresarial de espiñeira" término municipal de Boiro.

Los actores fundamentan la demanda en que con arreglo a lo dispuesto en el Art. 25 de la Ley 6/98 del Suelo y las Valoraciones la finca ha de valorarse como urbana ya que se trata de la ejecución de la Fase II del parque empresarial por lo que tenía aquél carácter con anterioridad a generarse el expediente de expropiación. Se opone la representación de la Administración demandada, que solicita la desestimación del recurso.

SEGUNDO

En el examen de las cuestiones analizadas, y ante la ausencia de elementos que requieran que nos separemos de lo resuelto en supuestos similares, la Sala ha estimado lo siguiente: Del contenido del expediente y de lo admitido por las...

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