AAP Barcelona 434/2009, 6 de Julio de 2009

PonenteSERGI CARDENAL MONTRAVETA
ECLIES:APB:2009:5660A
Número de Recurso325/2009
ProcedimientoOTROS RECURSOS
Número de Resolución434/2009
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección QUINTA

ROLLO DE APELACION nº 325/2009

DILIGENCIAS PREVIAS: 878/2002

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE MANRESA

AUTO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

Dª. Elena Guindulain Oliveras

Dª. Beatriz Grande Pesquero

D. Sergi Cardenal Montraveta

En Barcelona, a 6 de julio de 2009.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las Diligencias Previas 878/2002, del Juzgado de Instrucción nº 4 de Manresa, con fecha 15 de febrero de 2008 se dictó una Providencia declarando inncesaria la pericial solicita y un Auto acordando el sobreseimiento.

SEGUNDO

Notificada en legal forma aquellas resoluciones, contra las mismas se interpuso recurso de apelación por la representación de D. Sixto . Al mencionado recurso se opuso y formuló las alegaciones que consideró oportunas el Ministerio Fiscal.

Admitido a trámite el recurso de apelación, se sustanció conforme a Derecho, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial para su resolución.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sala se formó el presente Rollo, anotándose en los libros de registro correspondientes y designándose Magistrado ponente, quedando los autos pendientes de deliberación y resolución del recurso.

VISTO, siendo ponente en la sustanciación del presente recurso el Magistrado D. Sergi Cardenal Montraveta, que expresa el criterio unánime del Tribunal.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurrente combate el sobreseimiento acordado por la Juez instructora, por considerar que resulta necesaria la práctica de nuevas diligencias y, concretamente, la práctica de una nueva pericial, cuya realización fue denegada mediante la providencia de 15 de febrero de 2008. Partiendo, así, de la estrecha relación entre esta providencia y el Auto que acuerda el sobreseimiento, en el recurso se denuncia la "falta de motivación de la negativa a la práctica de la diligencia". Dice el recurrente que ello "dificulta enormemente la alegación del recurso de apelación" y vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva. Se añade que "tampoco constan en el Auto los motivos por los cuales se sobresee el procedimiento". A la indefensión derivada de la falta de motivación se sumaría la derivada del sobreseimiento del procedimiento sin haberse realizado de forma completa la prueba pericial caligráfica. Al respecto, se añade en el recurso: "Es patente y manifiesto que los Mossos d'Esquadra no han tenido en cuenta todos los cuerpos de escritura, no los han examinado con el debido rigor e imparcialidad y todo ello sólo puede aclararse con una nueva pericial como se solicita por esta representación". El recurso termina suplicando que se acuerde "dejar sin efecto la Providencia y Auto apelados, mandando practicar la diligencia pericial interesada en su día". No se solicita que se declare la nulidad de las resoluciones recurridas.

Como afirma el Ministerio Fiscal en su impugnación al recurso, si bien es cierto que no reproduce la argumentación en el Auto que acuerda el sobreseimiento, la Juez Instructora dictó el mismo día una Providencia en la que sí se argumenta la denegación de la prueba solicitada y se alude a que ello habrá de conducir a acordar el...

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