STSJ Asturias 2419/2010, 4 de Octubre de 2010

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2010:3680
Número de Recurso1476/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2419/2010
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02419/2010

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2010 0101503

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001476 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SOCIAL nº 1 DE GIJON DEM: 1074/2009

Recurrente/s: Fructuoso

Abogado/a: MARTA MARIA RODIL DIAZ

Recurrido/s: INSS, TGSS, SESPA, MUTUA FREMAP, TUINSA NORTE S.A.

Abogado/a: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA COMUNIDAD, LUIS BENITO SANCHEZ

Graduado Social: PALOMA PASTOR ALVAREZ

SENTENCIA Nº 2419/2010

En OVIEDO, a cuatro de Octubre de dos mil diez.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Iltmos. Sres. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ, D. LUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 1476/2010, formalizado por la Letrado Dª. MARTA MARIA RODIL DIAZ, en nombre y representación de D. Fructuoso, contra la sentencia número 166/2010 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 1074/2009, seguidos a instancia de D. Fructuoso frente al INSS, la TGSS, el SESPA, la MUTUA FREMAP y la empresa TUINSA NORTE S.A., siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Fructuoso presentó demanda contra el INSS, la TGSS, el SESPA, la MUTUA FREMAP y la empresa TUINSA NORTE S.A., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 166/2010, de fecha veinticuatro de Marzo de dos mil diez .

SEGUNDO En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El demandante, D. Fructuoso, con DNI NUM000, figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM001, dentro del Régimen General. El actor prestó servicios como tubero para la mercantil TUINSA NORTE, S. A., desde el 12 de diciembre de 2007 hasta el 31 de mayo de 2008. La empresa tiene cubiertas las contingencias profesionales por "FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, nº 61".

  2. - El actor inició un proceso de incapacidad temporal, derivado de accidente de trabajo el 17 de abril de 2007, que fue resuelto el 19 de mayo del mismo año, con el diagnóstico de "lumbago", mientras prestaba servicios para la mercantil AINTEC BAHIA, S. A.

  3. - El actor inició un proceso de incapacidad temporal, derivado de accidente de trabajo el 13 de mayo de 2008, que fue resuelto el 25 de noviembre del mismo año, con el diagnóstico de "hernia discal lumbar sin afectación medular".

  4. - Instado un expediente de incapacidad permanente, el Equipo de Evaluación de Incapacidades emitió dictamen propuesta el 7 de agosto de 2009, cuyo criterio fue acogido por la Dirección Provincial, que resolvió, el 11 de agosto de 2009 que el actor no estaba afecto de incapacidad permanente en grado alguno.

  5. - El demandante inició un proceso de incapacidad temporal el 17 de marzo de 2009, que fue declarado derivado de enfermedad común.

  6. - Iniciado un expediente de cambio de contingencia, por escrito presentado el 3 de julio de 2009, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, por resolución de 14 de agosto de 2009 determinó que la contingencia de la que derivaba la incapacidad temporal era la de enfermedad común.

  7. - El 24 de septiembre de 2009 el demandante presentó reclamación previa a la vía jurisdiccional, que ha sido desestimada por resolución de la entidad gestora de 23 de febrero de 2010.

  8. - Padece el actor:

- Espondilolisesis L5-S1 grado I

- Extrusión L2-L3

- Protrusión L5-S1 con compromiso foraminal.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por D. Fructuoso contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, contra "FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, nº 61" y TUINSA NORTE,...

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