STSJ Cantabria 560/2010, 7 de Julio de 2010

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2010:1318
Número de Recurso535/2010
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución560/2010
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL

SANTANDER

SENTENCIA: 00560/2010

Recurso núm. 535/10

Secretaria Sra. Colvée Benlloch

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por

los Ilmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En Santander, a siete de julio de dos mil diez.

En el recurso de suplicación interpuesto por Doña Mariana contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander, ha sido nombrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Doña Mariana, sobre Despido, siendo demandado el Ayuntamiento de Torrelavega y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 31 de Marzo de 2010, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La demandante, Dña. Mariana, ha venido prestando servicios para la demandada, Ayuntamiento de Torrelavega, con antigüedad desde el 11-12-06, ostentando la categoría profesional de profesora de educación infantil, y percibiendo un salario de 38,35 euros brutos mensuales con prorrata de pagas extras. 2º.- La relación laboral se suscribió mediante contrato de duración determinada por obra o servicio determinado, con duración hasta fin de servicio, en el que se señalaba como objeto del contrato el "curso de garantía social operario viveros y jardines.

  2. - Mariana suscribió, en fecha 11-12-2006, contrato laboral de duración determinada, modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial (26,66% de la jornada ordinaria), con fecha inicio 11-12-2OO6 y fecha finalización 31-05-2007, para prestación de servicios en la categoría profesional de Profesor Formación Básica en el marco del Proyecto de Garantía social denominado "Operario de viveros y Jardinería" concedido al Ayuntamiento de Torrelavega (Centro Especial de Empleo SERCA) por la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria en el marco de la Orden EDU/50/2206 de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria de 9 de agosto de 2006 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de Garantía Social en la modalidad de Iniciación Profesional, Formación-Empleo, Talleres Profesionales y para Alumnos con necesidades educativas especiales.

    Fue seleccionada previa convocatoria de Oferta Genérica de Empleo formulada por esta entidad local ante el Servicio Cántabro de Empleo, en proceso selectivo desarrollada tras entrevistas curricular a aspirantes preseleccionados por esta entidad autonómica en atención al perfil profesional requerido.

    En fecha 9-05-2007 se comunica a la Sra. Mariana el preaviso de finalización de su relación laboral, cesando su contratación en fecha 31-05-2007.

    Suscribió, en fecha 27-11-2007, contrato laboral de duración determinada, modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial (42% de la jornada ordinaria), con fecha inicio 27-11-2007 Y fecha finalización 9-05-2008, para prestación de servicios en la categoría profesional de Profesor Formación Básica en el marco del Proyecto de Garantía Social denominado "Operario de viveros y Jardinería" concedido al Ayuntamiento de Torrelavega (Centro Especial de Empleo SERCA) por la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria en el marco de la Orden EDU/36/2007 de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria de 7 de junio de 2007 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de Garantía Social en la modalidad de Formación-Empleo para Entidades Locales, con una subvención reconocida de 38.516,00 #

    La Sra. Mariana fue seleccionada previa convocatoria de Oferta Genérica de Empleo formulada en fecha 2-10-2007 por esta entidad local ante la Oficina número 3908710 del Servicio Cántabro de Empleo, en proceso selectivo con entrevista curricular a aspirantes preseleccionados por esa entidad autonómica en atención al perfil profesional requerido.

    Por escrito de la Alcaldía-Presidencia de fecha 11-04-2008 se comunica a la Sra. Mariana el preaviso de finalización de su relación laboral, cesando su contratación en fecha 9-05-2008, siendo prorrogado el contrato laboral para el periodo comprendido entre los días 12-05-2008 y comunicación de cese de fecha 21-05-2008.

    En fecha 19-11-2008, contrato laboral de duración determinada, modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial (46,66% de la jornada ordinaria), con fecha inicio 19-11-2008 y fecha finalización 30-06-2009, para prestación de servicios en la categoría profesional de Maestro/a en el marco del Programa de cualificación Profesional Inicial, para el perfil profesional de "Ayudante Técnico de Parques, Viveros y Jardines", concedido al Ayuntamiento de Torrelavega, Orden EDU/56/2008, con una subvención reconocida de 39.000 #.

    La Sra. Mariana fue seleccionada previa convocatoria de Oferta Genérica de Empelo formulada en fecha 11-11-2008 por esta entidad local ante la Oficina número 3908710 del Servicio Cántabro de empleo, en proceso selectivo con entrevista curricular a aspirantes preseleccionados por esa entidad autonómica en atención al perfil profesional requerido.

    Por escrito de la Alcaldía-Presidencia de fecha 23-06-2009 se comunica a la Sra. Mariana el preaviso de finalización de su relación laboral, cesando su contratación en fecha 30-06-2009.

    Por Resolución de la Ilma. Consejera de Educación del Gobierno de Cantabria de fecha 26-08-2009 y en aplicación de lo establecido en la Orden EDU/53/2009, de 18 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para entidades locales para el desarrollo de los módulos obligatorios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial, se concede al Ayuntamiento de Torrelavega una subvención por importe de 39.000 # para el perfil de "Ayudante técnico en parques, viveros y jardines", código 2009 PCPI020, estimándose un coste total del Programa en cuantía de 45.425,00 #.

    En orden a la contratación laboral de un trabajador para proveer, con carácter temporal (9 meses) y a tiempo parcial (48% de la jornada ordinaria), un puesto de Profesor Formación Básica, se tramita en fecha 22-09-2009 Oferta Genérica de Empleo, número 062009002170, ante la Oficina de Empleo 39087910 del Servicio Cántabro de Empleo al objeto de la preselección por citado organismo de diez candidatos demandantes de empleo que reúnan el perfil profesional requerido en citada Oferta.

    Entre los que figura como candidata la Sra. Dña. Mariana, se convoca a los mismos para la realización de entrevista de trabajo a celebrar el día 25-092009, se acuerda contratar a D. Pedro Jesús, formalizándose la contratación laboral den fecha 1-10-2009, en la modalidad de contrato de duración determinada, obra o servicio determinado, a tiempo parcial (48% de la jornada ordinaria), categoría profesional de Profesor Formación Básica, con fecha inicio 1-10-2009 y fecha finalización 30-062001.

  3. - La actora no ostenta ni ha ostentado en el año anterior al despido la condición de delegado de personal o miembro del comité de empresa o delegado sindical.

  4. - Se ha agotado la correspondiente vía administrativa.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Pese a la referencia al apartado "b" de la ley de Procedimiento Laboral, no se solicita modificación de los hechos probados. Aludida en cambio la infracción de lo dispuesto en el artículo 2.2 del Real Decreto 2720/1998, porque la resolución de instancia considera que el contrato suscrito con la trabajadora no se ajusta a las exigencias del contrato para obra o servicio determinado, ya que la actividad desarrollada no tenía la autonomía y sustantividad dentro de las del Ayuntamiento demandado sino que se trataba de un actividad continuada.

Son hechos no controvertidos que la actora suscribió, en fecha 11-12-2006, contrato laboral de duración determinada, modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial (26,66 % de la jornada ordinaria), con fecha inicio 11-12-2OO6 y fecha finalización 31-05-2007, para prestación de servicios en la categoría profesional de Profesor Formación Básica en el marco del Proyecto de Garantía social denominado "Operario de viveros y Jardinería" concedido al Ayuntamiento de Torrelavega (Centro Especial de Empleo SERCA) por la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria en el marco de la Orden EDU/50/2206 de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria de 9 de agosto de 2006 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de Garantía Social en la modalidad de Iniciación Profesional, Formación- Empleo, Talleres Profesionales y para Alumnos con necesidades educativas especiales.

Fue seleccionada previa convocatoria de Oferta Genérica de Empleo formulada por esta entidad local ante el Servicio Cántabro de Empleo, en proceso selectivo desarrollada tras entrevistas curricular a aspirantes preseleccionados por esta entidad autonómica en atención al perfil profesional requerido.

En fecha 9-05-2007 se comunica a la Sra. Mariana el preaviso de finalización de su relación laboral y cesa su contratación en fecha 31-05-2007.

Suscribió, en fecha 27-11-2007, contrato laboral de duración determinada, modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial (42% de la jornada ordinaria), con fecha inicio 27-11-2007 y fecha de...

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