STSJ Cantabria 523/2010, 30 de Junio de 2010

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2010:1275
Número de Recurso496/2010
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución523/2010
Fecha de Resolución30 de Junio de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL

SANTANDER

SENTENCIA: 00523/2010

Rec. Núm. 496/10

Sec. Sra. Colvée Benlloch

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria

compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En Santander, a treinta de Junio de dos mil diez.

En los recursos de suplicación interpuestos por Dª Isabel y por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Isabel siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro, sobre invalidez, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 20 de enero de 2.010 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La actora Dª. Isabel, nacida el 5 de abril de 1962 se encuentra afiliada a la Seguridad Social y encuadrada en el Régimen General. Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena, con el nº NUM000, reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de Enfermera. 2º.- A instancia de la Entidad Gestora se ha tramitado expediente administrativo de incapacidad permanente, y previo dictamen del EVI de 30 de marzo de 2009, se ha dictado en el expediente administrativo Resolución de la Dirección Provincial del INSS de 27 de abril de 2009 en la que se deniega a la actora el derecho a ser declarado en situación de invalidez permanente en cualquiera de sus grados.

  2. - La Base Reguladora de la incapacidad permanente absoluta o total es de 1.912,13 euros mensuales, con efectos desde el 8 de mayo de 2009.

  3. - La actora presenta el siguiente cuadro clínico:

    "Aparato locomotor:

    Exploración física actual: columna cervical: no contractura no muscular, movilidad normal, (refiere mareos). Hombros: Antepulsión y abducción 10 0°. Resto normal. Codos, muñecas y manos con movilidad normal. Balance muscular mano derecha a 4 +/5. Balance muscular mano izquierda a 4-/5. Columna Lumbar: Movilidad normal. Cadera derecha con movilidad normal. Cadera izquierda con dolor a la movilización. Flexión 90°, resto normal. Rodillas y tobillos movilidad normal. Marcha con claudicación leve izquierda.

    Según informe de medicina interna de Valdecilla de noviembre de 2008: "Paciente diagnosticada en el 2004 en este servicio de eritema nodoso, artrosis y escoliosis dorsolumbar. En el 2005 diagnosticada en reuma de fibromialgia, siendo valorada también en rehabilitación y psiquiatría, pautándole ejercicio aeróbico suave y amitriptilina si insomnio. Remitida nuevamente a esta consulta por su médico de cabecera para reevaluar sintomatología. La paciente refiere que duerme muy mal, levantándose ya cansada, con debilidad muscular progresiva a lo largo del día, dolores artromiálgicos, febrícula e hipotermia, hinchazón de manos y cuello, cefaleas, diarrea y estreñimiento alternante, cambios de carácter con estado de ánimo decaído, (en su historia antigua se conocen dos episodios de desorientación). La exploración es normal, salvo que a la palapación presenta múltiples puntos de dolor muscular y por todo el abdomen. Estudio inmunológico normal. Hormonas tiroideas normal. Marcadores tumorales (-). Bioquímica normal. Prc (-)

    Diagnóstico: De la reevaluación de toda la sintomatología y estudios practicados, nos parece que la paciente presenta más sintomatología de síndrome de fatiga muscular crónica que de fibromialgia.

    Deficiencias más significativas:

    Síndrome de fatiga muscular crónica, cefalea crónica.

  4. - Ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunciaron recurso de suplicación la parte demandante y demandada no siendo impugnado, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre tanto por la parte actora como por las Entidades gestoras, ya que la sentencia de instancia ha reconocido la incapacidad permanente total. Se justifica la existencia de un síndrome de fatiga muscular crónica a tenor de sus manifestaciones: debilidad muscular y progresiva, dolores artromiálgicos, febrícula e hipotermia, hinchazón de manos y cuello, cefaleas, diarreas y estreñimiento alternante, cambios de carácter con estado de ánimo decaído.

La resolución de instancia ha de ser confirmada, lo que da respuesta a ambos recursos, ya que la situación es justificadora de una incapacidad permanente total.

No procede el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta. Como expone SJS Extremadura, Badajoz de 8- 10-2003 (AS 2003, 3866), esta enfermedad ha sido objeto de definición, a grandes rasgos, por la concurrencia de una fatiga persistente durante seis meses o más, vivida como un agotamiento físico y mental grave, que difiere de la somnolencia y de la falta de motivación y que no es atribuible ni al ejercicio físico ni a ninguna otra enfermedad médica o psiquiátrica. El síndrome de fatiga crónica es una de esas enfermedades que sólo han sido identificadas recientemente en virtud del desarrollo de la ciencia médica. La definición de la enfermedad es meramente sintomática y es considerada como enfermedad incapacitante a partir de un momento en su desarrollo. Su propia definición como síndrome apunta precisamente a esa definición sintomática. Para diagnosticar el síndrome de fatiga crónica el grado de cansancio debe ser lo suficientemente fuerte como para disminuir en un 50% la capacidad de realizar las actividades diarias.

Muchos de los síntomas de la fibromialgia, que parece un estado postviral, tienen una gran similitud con referido síndrome de fatiga crónica (STSJ Castilla La Mancha de 22-9-2005 [JUR 2005, 236786]), lo que sucede en el caso actual.

El síndrome de fatiga crónica es de difícil diagnóstico, ya que éste se alcanza, con frecuencia, tras un peregrinaje del paciente por las consultas, que dura meses o años, pues exige descartar otras patologías y un examen concienzudo. Tanto la fibromialgia como la fatiga crónica son síndromes más que...

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