SAP A Coruña 345/2010, 7 de Septiembre de 2010

PonenteMARIA JOSE PEREZ PENA
ECLIES:APC:2010:2365
Número de Recurso164/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución345/2010
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00345/2010

ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN Nº 164/2010

SENTENCIA

NÚM..

En A CORUÑA, a siete de septiembre de dos mil diez.

VISTOS por el/la Ilmo/a. Sr./a. Magistrado/a D/Dña. María José Pérez Pena, como Tribunal Unipersonal de la Sección Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de La Coruña, el presente recurso de apelación registrado en esta Sección bajo el Nº 164/2010, interpuesto contra la sentencia dictada el 14 de Diciembre de 2009, en los autos de JUICIO VERBAL Nº 523/09 (Por razón de la cuantía), procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 de Carballo, en los que es parte como APELANTE: D. Rosendo, con D.N.I. Nº NUM000, con domicilio en el lugar de DIRECCION000 Nº NUM001 -Ponteceso, representado por el/a Procurador/a Sra. MARTA DÍAZ AMOR y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. ARMENTEROS CUETOS; y de otra como APELADO/A: SOCIEDAD DE CAZADORES DE PONDAL, (TECOR societario C-10.176) (NO PERSONADA), con domicilio en el lugar Vereda (Bar Maravillas s/n) Ponteceso; versando los autos sobre Reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la SENTENCIA DE FECHA 14 de Diciembre de 2009, dictada por el Ilmo. Sr. Juez/Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Carballo, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda presentada por D. Rosendo frente a Sociedad de Caza Condal, absolviendo a la demandada de los pedimentos efectuados en su contra, sin imposición de costas".

PRIMERO

Interpuesta la apelación por D. Rosendo, y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes. Compareciendo en tiempo y forma para sostener dicho recurso la Procuradora Sra. Díaz Amor.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por providencia de fecha 18 de Marzo de 2010, se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designándose Ponente la Ilma. Sra. María José Pérez Pena, que actuaría como tribunal unipersonal. Se tiene por parte como apelante a la Procuradora Sra. Díaz Amor,en nombre y representación de Don Rosendo, en calidad de apelante; y como apelada no personada la Sociedad de Cazadores de Condal. Por providencia de fecha 27 de Mayo de 2010 se pasan los autos a la Magistrada para resolver el recurso. TERCERO.- En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Para resolver la cuestión litigiosa aquí planteada ha de determinarse cual es la legislación aplicable al caso. La Ley de Caza de 4-abril-1970 en su artículo 33 establecía que "los titulares de los aprovechamientos cinegético, serán responsables de los daños ocasionados por las piezas de caza procedentes de terrenos acotados, subsidiariamente serán responsables los propietarios de dichos terrenos", dicho titular por tanto será responsable siempre que se demuestre la existencia del daño y que el animal causante del mismo procediese del terreno acotado; se trata de una...

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