STSJ Galicia , 4 de Febrero de 2000
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2000:679 |
Número de Recurso | 1955/1998 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
DOÑA MARIA SOCORRO BAZARRA VARELA, SECRETARIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO Que en el recurso del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:
Recurso nº 1955/98 CAP ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO JOSÉ GARCÍA AMOR A Coruña, a cuatro de febrero de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 1955/98 interpuesto por Dª. Gloria contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Uno de Ferrol siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.
Que según consta en autos nº 534/97 se presentó demanda por Dª. Gloria en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 6 de Febrero de 1998 por el Juzgado de referencia que DESESTIMÓ la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1º.- La demandante Doña Gloria , nacida el día 16 de noviembre de 1933 figura afiliada al Régimen Especial
Agrario de la Seguridad Social con el nº NUM000 , siendo su profesión habitual la de labradora./2º.- El día 18 de junio de 1997 solicitó del Instituto Nacional de la Seguridad Social la prestación de invalidez permanente. Tramitado el expediente administrativo que obra en autos y se da aquí por reproducido en su integridad, la Entidad Gestora dictó resolución el día 30 de julio denegándole la prestación solicitada; contra esta resolución formuló la demandante escrito de reclamación previa, la cual resultó desestimada por otra fechada el día 8 de octubre siguiente./3º.- La demandante presenta: obesidad, gonartrosis en grado I tricompartimental derecha; incipiente gonartrosis derecha y discreta artrosis cervical./4º.- la base reguladora de la prestación asciende a la cantidad de 65.600 pesetas mensuales./5º.- La demandante acredita 4.322 días cotizados con anterioridad a la solicitud.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:
Desestimo la demanda sobre INCAPACIDAD PERMANENTE formulada por DOÑA Gloria contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y, por ello, absuelvo a la Entidad Gestora demandada de las pretensiones de la misma".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte...
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