STSJ Galicia 1489/2010, 26 de Marzo de 2010

PonenteJUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2010:3759
Número de Recurso5244/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1489/2010
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0005244 /2009-ESF

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

JOSE MANUEL MARIÑO COTELO

JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

A CORUÑA, VEINTISEIS DE MARZO DE DOS MIL DIEZ.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0005244 /2009 interpuesto por Clara contra la sentencia del

JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de LUGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Clara en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000212 /2009 sentencia con fecha nueve de Octubre de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:" PRIMERO.- DÑA. Clara, con D.N.I. n° NUM000, nacida el 19 de abril de 1953, es actualmente pensionista en el Régimen General de la seguridad Social, con número de afiliación NUM001 .SEGUNDO.- Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL que, en Resolución de fecha 10 de diciembre de 2008, declaró que no había lugar a la revisión de grado solicitada por la actora; y se agotó con la formulación de Reclamación Previa, que por resolución de 23 de enero de 2009 fue desestimada. TERCERO.-La demandante fue declarada en situación de incapacidad permanente total en resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 27 de mayo de 1994, presentando en aquel momento un cuadro residual de "artritis reumatoide seropositiva en estadio funcional I-II sobre IV, encontrándose a tratamiento de la misma" (Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 20 de noviembre de 1997 ) CUARTO. - La base reguladora es la de 290'25 euros, y la fecha de efectos el 11 de diciembre de 2008. QUINTO.- DÑA. Clara presenta un cuadro clínico residual de artritis reumatoide grado II. Actualmente necrosis avascular de astrágalo con artrodesis tibio-calcaneo-cuboideo de pie izquierdo. Diverticulitis y tumoración sigmoidea con resección de sigma y colostomía proximal en tratamiento actual. SEXTO.- Previo a este procedimiento, la actora instó revisión de grado ante el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, dictándose por el demandado resolución denegatoria de la misma en fecha 23 de junio de 1998, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en sentencia de 30 de septiembre de 2000 ."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: " FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por DÑA. Clara contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a los demandados de las pretensiones contenidas en la misma."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda sobre revisión de invalidez, absolviendo a los demandados de las pretensiones contenidas en la misma, y contra dicha resolución interpone recurso de suplicación la parte demandante, en cuyo primer motivo, al amparo del apartado b) del artículo 191 de la

L.P.L ., solicita la revisión de los hechos declarados probados en la sentencia de instancia, en concreto la modificación del ordinal quinto para el que propone la siguiente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR