SAP Murcia 221/2010, 22 de Abril de 2010

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2010:805
Número de Recurso63/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución221/2010
Fecha de Resolución22 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00221/2010

Rollo Apelación Civil núm. 63/10

Ilmos. Señores

D. CARLOS MORENO MILLAN

Presidente

D. JUAN MARTINEZ PEREZ

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

Magistrados

En la Ciudad de Murcia, a veintidós de abril de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia, con el núm. 489/07, entre las partes: como actor en primera instancia y apelante en esta alzada, D. Hugo, en ambas instancias representado por la Procuradora Dña. Elvira Núñez Herrero, siendo defendido en ambas instancias por el Letrado D. Miguel Ángel Alcaraz Conesa; y como co-demandados en primera instancia: D. Plácido, que expresó su allanamiento a las pretensiones de la demanda; D. Carlos Ramón y Dña. Dolores, representados en la instancia por la Procuradora Dña. Carmen Rosagro Sánchez, apelados en esta alzada, no habiéndose personado en la Audiencia y siendo defendidos por el Letrado D. Carlos Valcárcel Siso y como parte apelada, la "Junta de Compensación del Plan Parcial Zarandona 3, Unidad de Actuación 7ª", representada en ambas instancias por el Procurador D. Francisco Fernández SánchezParra; y los también co-demandados, D. Cecilio y Dña. Remedios ; D. Hermenegildo y Dña. Begoña ; Dña. Juliana, todos ellos declarados en rebeldía.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTINEZ PEREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 24 de Junio de 2009, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Desestimando totalmente la demanda interpuesta por Don Hugo contra don Plácido, don Victoriano, doña Dolores, don Cecilio, doña Remedios, don Hermenegildo, doña Begoña, doña Juliana y contra la Junta de Compensación del Plan Parcial de Zarandona 3, ZM-Zn 3, Unidad de actuación VII, y absolviendo a todos los demandados de todas las pretensiones formuladas contra ellos; con imposición de todas las costas causadas a la actora vencida en juicio."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la Procuradora Dña. Elvira Núñez Herrero en representación de la parte actora, D. Hugo, siéndole admitido, presentando los Procuradores; Dña. Carmen Rosagro Sánchez y D. Francisco Fernández Sánchez-Parra, en representación respectivamente de las partes co-demandadas; D. Carlos Ramón y Dña. Dolores y la "Junta de Compensación del Plan Parcial Zarandona, 3, Unidad de Actuación 7ª", sendos escritos de oposición al recurso formulado de contrario, siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo nº 63/10, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose la parte actora ahora apelante y la parte co-demandada y apelada en esta alzada, la "Junta de Compensación del Plan Parcial Zarandona, 3, Unidad de Actuación 7ª" y señalándose Deliberación y Votación para el día 20 de Abril de 2010.

TERCERO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto en nombre de D. Hugo se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se estime la demanda, declarando el derecho de propiedad del recurrente. Se alega error en la valoración de la prueba, aludiéndose, en síntesis, al proceso de formación de la finca registral NUM000, a las segregaciones producidas en ésta y que tras las mismas el resto de la cabida inscrita a favor del padre del recurrente fue de una extensión de

4.756,18 m 2 ; se alude a la escritura de partición de la herencia, a la inscripción de la nueva finca registral NUM001 por segregación de la finca registral NUM000, quedando de ésta una cabida de 463,47 m 2 ; se alude a las descripciones de la finca en el momento en que se efectuaron las segregaciones, resultando acreditada la existencia e identificación de la finca objeto de la litis. Se alega infracción del artículo 38 de la Ley Hipotecaria en relación con el artículo 385 de la LEC, sobre la presunción de certeza de las inscripciones registrales. Con carácter subsidiario se pretende la no imposición de las costas de instancia, pues se considera que la pretensión del actor es legítima y que únicamente podría discreparse en cuanto a la determinación de alguno de los linderos, por lo que concurren argumentos de justicia material para la no imposición de las costas.

La sentencia de instancia desestima la...

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