SAP Murcia 99/2010, 17 de Febrero de 2010
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2010:282 |
Número de Recurso | 444/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 99/2010 |
Fecha de Resolución | 17 de Febrero de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00099/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf : 968229183
Fax : 968229184
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2009 0102631
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000444 /2009
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de MOLINA DE SEGURA
Procedimiento de origen : MEDIDAS CAUTELARES 0000512 /2007
RECURRENTE : GRUPO LLACOSTA
Procurador/a : JOSE JULIO NAVARRO FUENTES
Letrado/a :
RECURRIDO/A : Esmeralda
Procurador/a :
Letrado/a :
S E N T E N C I A nº 99/2010
Ilmos Sres. D. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
D. Fernando López del Amo González
Don Cayetano Blasco Ramón
Magistrados
En Murcia, a diecisiete de febrero de dos mil diez.
Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 512/2007, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Molina de Segura nº Tres, entre las partes: como actora Esmeralda, representada por el Procurador Sr/a. Fernández Moya y defendida por el Letrado Sr/a. Puigcerver Martínez, y como demandada Grupo Llacosta, S.L., representada por el Procurador Sr/a. Conesa Aguilar y defendida por el Letrado Sr/a. Morera Pastor.
En esta alzada actúa como apelante Grupo Llacosta, S.L., personándose por el Procurador Sr/a Navarro Fuentes, y como apelada y a su vez impugnante Esmeralda, no personada en esta alzada. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 30 de septiembre de 2008 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Fernández Moya en nombre y representación de Dª. Esmeralda frente a la mercantil Grupo LLacosta S.L. representada por el Procurador Sr. Conesa Aguilar, debo condenar y condeno a ésta última a otorgar escritura pública de compraventa respecto de la Finca Registral nº 11.859 del Registro de la Propiedad de Molina de Segura estableciendo como previo de la compraventa la cantidad de 104.221,31 euros (si bien deberá eximirse al comprador del pago de la parte que ya haya abonado al vendedor), desestimando el resto de peticiones, y todo ello sin hacer expresa imposición de costas".
Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Grupo Llacosta, S.L. basándolo en síntesis en que se rechazara la demanda.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo y a su vez impugnaba la sentencia para que se estimara totalmente; dado traslado a la demandada, ésta se opuso a dicha impugnación.
Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 444/2009 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 16 de febrero de 2.010.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Esmeralda formuló demanda contra Grupo Llacosta, S.L. solicitando que se obligara a ésta a elevar a público el contrato privado de compraventa respecto de la finca registral 11.859 del Registro de la Propiedad de Molina de Segura con reducción del precio a 104.221'31 euros ante la...
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