STSJ Castilla-La Mancha , 27 de Marzo de 2001

PonenteMARIANO MONTERO MARTINEZ
ECLIES:TSJCLM:2001:1017
Número de Recurso798/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 798/1998 Albacete TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE Castilla-La Mancha.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Magistrados, Iltmos. Sres.:

D. José Borrego López, Presidente.

D. Mariano Montero Martínez.

D. Miguel Angel Pérez Yuste.

S E N T E N C I A Nº

En Albacete, a veintisiete de marzo de 2001.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 798 de 1.998 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de HIJOS DE JOSE LEGORBURO, S.A., representada por el Procurador Sr. Ponce Riaza y defendida por el Letrado Sr. García Bueno, contra el AYUNTAMIENTO DE ALBACETE, representada y dirigida por el Letrado Sr. Martínez Martínez, en materia de denegación de licencia de obras.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha siete de mayo de 1.998 recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, de fecha siete de abril de 1.998, por la que se denegó la licencia de obras solicitada por los recurrentes para la construcción de un edificio de nueva planta en Calle Zapateros, 33, de esta Capital.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia que declarara la nulidad radical de la resolución recurrida, así como que concediera la licencia de obras solicitada, con expresa reserva de acciones legales que se realiza tendentes al resarcimiento de los daños y perjuicios causados por el Ayuntamiento de Albacete por la denegación de la licencia.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el veintitres de marzo de 2001, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Impugna la actora la resolución de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, de fecha siete de abril de 1.998, por la que se denegó la licencia de obras solicitada por los recurrentes para la construcción de un edificio de nueva planta en Calle Zapateros, 33, de esta Capital.

Segundo

Como dejamos dicho en nuestra sentencia de 25.9.2000, es reiterada la Jurisprudencia de nuestro más Alto Tribunal (entre otras muchas, SSTS de 11.11.99, 11.12.98, 5.3.98, 10.2.98, 30.5.97, etc.)

en el sentido de que, en materia de otorgamiento de licencias, en los casos en que durante su tramitación se hubiera operado un cambio de planeamiento, es de aplicar el instrumento de planeamiento vigente en el momento de...

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