STSJ Asturias 1891/2010, 25 de Junio de 2010
Ponente | FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2010:2853 |
Número de Recurso | 1197/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1891/2010 |
Fecha de Resolución | 25 de Junio de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 01891/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
SALA DE LO SOCIAL (C/ SAN JUAN Nº 10)
N.I.G: 33044 34 4 2010 0101225, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001197 /2010
Materia: INCAPACIDAD PERMANENTE
Recurrente/s: Maximo
Recurrido/s: INSS
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de AVILES de DEMANDA 0000694 /2009
SENTENCIA Nº: 1891/10
ILTMOS. SRES.
D. EDUARDO SERRANO ALONSO
D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ
Dª MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ
En OVIEDO a veinticinco de Junio de dos mil diez, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en
el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0001197/2010, formalizado por la Letrada LAURA FERNANDEZ FERNANDEZ, en nombre y representación de Maximo, contra la sentencia de fecha doce de febrero de dos mil diez, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de AVILES en sus autos número DEMANDA 0000694/2009, seguidos a instancia de Maximo frente al INSS, parte demandada representada por el LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha doce de febrero de dos mil diez por la que se desestimaba la demanda.
En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:
-
) El actor, D. Maximo, con D.N.I. nº NUM000, nacido el 12/4/1949, está afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001 .
Fue declarado afecto de incapacidad permanente en el grado de total para la profesión habitual (conductor de carretillas), derivada de enfermedad común, por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 15/2/2008 .
El cuadro clínico declarado probado fue: "Lumbociatalgia izda. por HD L4-L5 I que comprime raíz. Pequeña HD L5-S1 sin compromiso. Rx: pinzamiento y discoartrosis L5-S1. Discoartrosis L4-L5 y D12-L1-L2, más moderados. Incipientes signos degenerativos en cadera derecha.
Se dan por reproducida, al obrar en autos.
-
) Iniciada la vía administrativa para revisar por agravación su I.P., la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó resolución de fecha 1/4/2009 por la que se declaró que el demandante continuaba en situación de incapacidad permanente total, ya reconocida.
Se da por reproducida la resolución, obrante en autos.
El estado físico psíquico reconocido por el EVI fue el siguiente: Discectomía L4-L5-S1 por H. discales en 12/07 con colocación prótesis discales a esos niveles. Lumboartrosis difusa moderada avanzada con hiperostosis asociada. Coxartrosis dcha. moderada. Leve coxartrosis izda. diabetes tipo II a tto. Dietético. Hipertensión ocular de reciente diag. bajo control de oftalmología. Radiculopatía crónica L5 izda.
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) Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución del INSS de 21/7/2009.
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) La base reguladora de la I.P.A. derivada de enfermedad común es la de 1.614,58 euros mensuales, y la fecha de efectos económicos el 2/4/2009.
-
) El actor presenta un cuadro clínico residual de discectomía L4-L5-S1 por H. discales en 12/07 con colocación prótesis discales a esos niveles. Lumboartrosis difusa moderada avanzada con hiperostosis asociada. Coxartrosis dcha. moderada. Leve coxartrosis izda. diabetes tipo II a tto. Dietético. Hipertensión ocular de reciente diag. bajo control de oftalmología. Radiculopatía crónica L5 izda.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte, no siendo impugnado de contrario.
Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente...
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ATS, 9 de Febrero de 2011
...de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Principado de Asturias de fecha 25 de junio de 2010, en el recurso de suplicación número 1197/10, interpuesto por D. Anibal, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Avilés de fecha 12 de febrero de 2010, en e......