SAP Murcia 340/2010, 17 de Junio de 2010

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2010:1452
Número de Recurso351/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución340/2010
Fecha de Resolución17 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00340/2010

Rollo Apelación Civil nº: 351/10

Ilmos. Sres.

Don Carlos Moreno Millán.

Presidente

Don Francisco José Carrillo Vinader

Don Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a diecisiete de junio de dos mil diez.

Esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio Ordinario que con el número 2.145/08 se han tramitado en el Juzgado Civil nº 4 de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelante, la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000, representada por la Procuradora Sra. Guasp Llamas y dirigida por la Letrada Sra. Ruiz Cara; y como demandada y ahora apelada, la mercantil "Jomecavi" S.L., representada por la Procuradora Sra. Martínez-Corbalán Campillo y dirigida por el Letrado Sr. de la Peña Díaz-Ronda. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Civil citado dictó sentencia en estos autos con fecha 19 de Enero de 2010 cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: FALLO: "Que desestimando la demanda presentada por la Procuradora Dª Mª DEL CARMEN GUASP LLAMAS en nombre y representación de D Ovidio en su calidad de Presidenta de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS " EDIFICIO000 " contra LA ENTIDAD MERCANTIL JOMECAVI, S.L. representada por la Procuradora Dª LOURDE MARTÍNEZ-CORBALÁN CAMPILLO debo absolver a la parte demandada de las peticiones aducidas en su contra, todo ello con expresa condena en costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora que basó en error en la valoración de la prueba. Se dio traslado a la otra parte que lo impugnó oponiéndose al mismo.

TERCERO

Previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, en cuya Sección Cuarta se registraron con el número de Rollo 351/10, señalándose para votación y fallo el día 16 de Junio de 2010.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en la instancia desestima, por falta de legitimación pasiva "ad causam", la acción de culpa extracontractual ejercitada por la actora Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 de Murcia, al amparo del artículo 1902 del Código Civil, contra la mercantil demandada "Jomecavi" S.L. en reclamación de la cantidad de 12.510,48 # correspondiente a los daños causados en elementos comunes del inmueble por las obras realizadas en el local propiedad de dicha sociedad demandada.

La citada Comunidad de Propietarios muestra su disconformidad con dicha sentencia e interesa su revocación y la consiguiente acogida de la demanda, por entender que la Juzgadora de instancia ha incurrido en error en la valoración de la prueba.

SEGUNDO

Concretada en los indicados términos la cuestión impugnatoria suscitada en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de lo actuado en los presentes autos, que no asiste razón a la parte recurrente en la pretensión que plantea, por lo que procede, como seguidamente se argumentará, la íntegra confirmación de la sentencia apelada.

En este sentido y en aras a la solución de la controversia jurídica objeto de...

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