SAP Murcia 179/2010, 26 de Mayo de 2010
Ponente | MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS |
ECLI | ES:APMU:2010:1267 |
Número de Recurso | 108/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 179/2010 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
CARTAGENA
SENTENCIA: 00179/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCION DE CARTAGENA
ROLLO DE APELACIÓN N º 108/10
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 326/07
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 3 DE SAN JAVIER.
SENTENCIA 179
Ilmos. Sres.
Don José Manuel Nicolás Manzanares.
Presidente
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Don José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a veintiséis de mayo de dos mil diez.
La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de juicio ordinario n. 326/07 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Javier, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante BULGARA DEL TRANSPORTE, S.L., habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador Sr. Lydia Lozano García Carreño y dirigidos por el Letrado D. Eusebio Torres Bernal y como apelada Luis Andrés y ALLIANZ SEGUROS, representado por el Procurador D. Gregorio Farinós Martí, asistidos del letrado Sr. Natalio Uribe.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Javier en los referidos autos, tramitados con el núm. 326/07, se dictó sentencia con fecha 22/12/08, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Eva María, en nombre y representación de la mercantil Búlgara de Transportes, S.L. contra don Luis Andrés y mercantil Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, representados por don Constancio y, en consecuencia les condeno solidariamente a pagar a la primera la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS Y TREINTA Y SIETE CENTIMOS (2.440'37#) más los intereses legales en los términos del Fundamento Tercero de la presente y sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas".
Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remitidos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designándose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo el día 18/05/10.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.
Contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que estimó en parte la demanda sobre reclamación de cantidad, derivada de accidente de circulación, se formula recurso de apelación por el demandante por considerar que existe error en la valoración de la prueba por parte del juzgado de instancia, en cuanto a la consideración de concurrencia de existencia de culpa, así como indebida aplicación del artículo 20,8 de la Ley de contrato de seguro.
Por la parte apelada, se formula escrito de oposición al recurso...
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