SAP Murcia 257/2010, 13 de Mayo de 2010

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2010:1186
Número de Recurso272/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución257/2010
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00257/2010

Rollo Apelación Civil nº: 272/10

Ilmos. Sres.

Don Carlos Moreno Millán.

Presidente

Don Juan Martínez Pérez

Don Francisco José Carrillo Vinader

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a trece de mayo de dos mil diez.

Esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio Ordinario que con el número 307/07 se han tramitado en el Juzgado Civil nº 12 de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelada D. Casiano representado por el Procurador Sr. Jiménez-Cervantes Hernández-Gil y dirigido por el Letrado Sr. Arques Perpiñán; y como demandado y ahora apelante, D. Elias, representado por el Procurador Sr. Hurtado López y dirigido por el Letrado Sr. Molina Pérez. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Civil citado dictó sentencia en estos autos con fecha 20 de Abril de 2009 cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador D. Pablo Jiménez- Cervantes y Hernández-Gil, en nombre y representación de D. Casiano, contra D. Elias, debo condenar al demandado a que abone al actor la cantidad de seis mil trescientos diez euros con sesenta y cuatro céntimos de euro más IVA (6.310'64 euros), así como al pago de los intereses de la expresada cantidad desde la fecha de la sentencia hasta que se haga total y efectivo el pago del principal, sin expresa imposición de costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada que basó en error en la valoración de la prueba. Se dio traslado a la otra parte que lo impugnó, oponiéndose al mismo.

TERCERO

Previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, en cuya Sección Cuarta se registraron con el número de Rollo 272/10, señalándose para votación y fallo el día 12 de Mayo de 2010.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima parcialmente la acción ejercitada por el actor D. Casiano contra el demandado Don Elias, al amparo del contrato de mediación o corretaje celebrado entre los litigantes, tendente a la reclamación de la cantidad convenida como comisión, como consecuencia del incumplimiento por el comitente del pacto de exclusividad acordado en dicho contrato.

La citada parte demandada muestra su disconformidad con dicha sentencia e interesa su revocación por entender que la Juzgadora de instancia ha incurrido en error en la valoración de la prueba con infracción de normas sustantivas, y de la doctrina y jurisprudencia aplicable al contrato de mediación.

SEGUNDO

Concretada en los indicados términos la cuestión impugnatoria suscitada en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de lo actuado en estos autos que no asiste razón a la parte recurrente en la pretensión que plantea, por lo que procede, como seguidamente se argumentará, la íntegra confirmación de la sentencia de instancia.

En este sentido y en aras a la solución de la controversia generada...

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