STSJ Extremadura , 17 de Diciembre de 2002

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2002:2811
Número de Recurso805/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

LA SECCIÓN DE REFUERZO DE La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos.

Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM 2.128 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA /

En Cáceres a diecisiete de Diciembre de dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo número 805 de 2.000, promovido por la Procuradora de los Tribunales Doña María de los Ángeles Chamizo García, en nombre y representación de DON Aurelio , siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de fecha 4 de Abril de 2000, que acordaba imponer al actor la sanción de 200.000 pesetas, como consecuencia de la comisión de una infracción leve y obligaba al recurrente a proceder en el plazo máximo de un mes a la clausura del pozo abierto sin autorización. Cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora. Por medio de Otrosí se solicitó el recibimiento del recurso a prueba por la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron las declaradas pertinentes por la Sala, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Don DANIEL RUÍZ BALLESTEROS, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala, la legalidad de la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de fecha 4 de Abril de 2000, que acordaba imponer al actor la sanción de 200.000 pesetas, como consecuencia de la comisión de una infracción leve y obligaba al recurrente a proceder en el plazo máximo de un mes a la clausura del pozo abierto sin autorización. Los hechos que dieron lugar a la incoación del expediente sancionador E.S. 998/99/CR, consistían en la...

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